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Tik Tak | El aborto, decisión tomada entre cuatro paredes
María Isabel Rueda opina que el aborto debe ser fruto de una amplia deliberación de una sociedad, pero en este caso la tomó un conjuez en el espacio de cuatro paredes.
A las 7:08 a. m. suena el primer Tik Tak de hoy martes 22 de febrero en SEMANA y no puede sonar sino por los lados del aborto, histórica decisión que ayer la Corte Constitucional aprobó de manera libre hasta los seis meses de gestación, o sea, 24 semanas de embarazo.
Pocas discusiones en una sociedad en las que distintas posiciones, muchas veces radicales a favor y en contra, se enfrentan y ponen a prueba la tolerancia frente a las creencias de cada cual.
Pero desde luego una decisión como estas, la más vanguardista de América Latina que despenaliza el aborto hasta los seis meses de gestación, va a influir hasta en las próximas elecciones presidenciales. Ya comienzan claramente a alinearse los candidatos desde Alejandro Gaviria y Sergio Fajardo, que de inmediato salieron apoyar el fallo, hasta Fico Gutiérrez y David Barguil que abiertamente se oponen.
La de la Corte es una decisión tomada, pero ya se escuchan propuestas que incluyen la de un referendo que sin duda se convertirá en bandera de alguno de los candidatos de derecha o de un sector de la derecha, como lo fue el plebiscito por la paz, en el que ganó el no.
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De la polarización que se viene es aperitivo que el fallo de la Corte fuera de una mayoría cinco a cuatro, ese quinto voto emitido por un conjuez bastante desconocido, por cierto, no por ello poco preparado -faltaba más-, pero bastante desconocido que tuvo que ser llamado para dirimir un empate 4-4 que parecía varado en la corte.
El conjuez, que prácticamente fue el definitivo para despenalizar el aborto en Colombia, es el abogado Andrés Sosa, que votó en lugar del titular Alejandro Linares, recusado por haber hecho declaraciones públicas previas sobre el tema del aborto. Pero si hubiera sido Linares y no Sosa el voto del desempate, el resultado habría sido exactamente el mismo.
La consecuencia inmediata del fallo es que una mujer que se veía obligada a abortar clandestinamente, sometida a los peligros de esas prácticas ilegales, hoy no será penalizada y podrá buscar el procedimiento para que se le practique en centros profesionales abiertos.
Que hay que advertirlo, aunque sean establecimientos frutos de organizaciones católicas o de otros credos antiabortos, no tendrán posibilidades en su calidad institucional de alegar objeción de conciencia. Esta seguirá siendo un derecho individual de los profesionales de la medicina.
Aunque no penalizar el aborto es una causa en la que yo creo, por ejemplo, tratar el aborto libre hasta los seis meses de gestación como un derecho es otra; el derecho a abortar, porque ahí es cuando se tropieza con otro derecho, el derecho a la vida, que un ser humano de seis meses de gestación tiene evidentemente para muchos.
Los efectos más positivos que pueden esperarse de este fallo es que desarrolle más y mejores políticas de salud, que las mujeres más vulnerables no corran riesgo de muerte por practicarse abortos ilegales y que el Estado asuma su correlacionada responsabilidad en promover la educación sexual y el acceso a métodos anticonceptivos.
Pero desde ya se puede concluir que esta despenalización del aborto no debió ser una decisión producto del voto de un conjuez entre cuatro paredes de la Corte Constitucional, sino fruto de la discusión pública de una sociedad deliberante, o por lo menos de un Congreso que jamás cumplió con sus responsabilidades de legislar.