Nación
TransMilenio se salvó parcialmente de pagar millonaria deuda a antiguo operador: Consejo de Estado sentó jurisprudencia
El laudo arbitral se dio por una modificación que hizo TransMilenio en el contrato que mantenía con el concesionario Sistema Integrado de Transporte.
El Consejo de Estado decidió declarar la nulidad parcial del laudo arbitral que condenó a TransMilenio a pagarle al antiguo operador del sistema más de 12 mil millones de pesos. La corporación estableció que la justicia arbitral no tiene la facultad de decidir esas medidas para el reajuste del restablecimiento económico de los contratos estatales.
Esto, teniendo en cuenta que el caso se basó en una modificación que le hizo TransMilenio a un contrato que mantenía con el concesionario Sistema Integrado de Transporte, lo que habría producido una ruptura del equilibrio económico que terminó en una millonaria condena que se le impuso al contratante.
Con esa decisión, la empresa presentó un recurso de anulación alegando una “falta de competencia” del tribunal que emitió la decisión. Específicamente la Cámara de Comercio de Bogotá, que venía adelantando el laudo arbitral desde el pasado 11 de julio de 2022.
“Las medidas de reconocimiento y pago de las compensaciones e indemnizaciones y la aplicación de mecanismos de ajuste de las condiciones y términos contractuales, con el fin de mantener la ecuación o equilibrio inicial, son inescindibles al ejercicio de las potestades previstas en el artículo 14 de la Ley 80 de 1993. Los litigios que versen sobre tales medidas y mecanismos comprometen un juicio de validez y legalidad sobre el ejercicio de la función administrativa y no solamente sobre sus efectos económicos; por tanto, los árbitros carecen de jurisdicción para pronunciarse sobre esas disposiciones y cualquier controversia en torno a ellas deberá surtirse a través de la correspondiente impugnación judicial ante esta jurisdicción especializada”, explicó en su fallo el Consejo de Estado.
Para la alta corte, cuando los árbitros calcularon el efecto económico que tuvo el reajuste del contrato, en realidad afectaron variables que impuso TransMilenio para definir la fórmula de participación a favor del concesionario. Ante esa falta de jurisdicción, la Corporación “declaró la nulidad parcial del laudo, incluyendo la condena por más de 12.000 millones de pesos”.
Para el Tribunal Arbitral sí existió una competencia porque la pretensión del reclamante era eminentemente provisional, con fundamentos de la Corte Constitucional y lineamientos que ha seguido la jurisprudencia del Consejo de Estado. Pero, además, que las pretensiones se enfocaron en el equilibrio económico del contrato, mas no en la legalidad del mismo.
“Asociado a la aspiración de restablecimiento del equilibrio económico del contrato que se estima alterado como consecuencia del ejercicio de la potestad excepcional de modificación unilateral invocada por TransMilenio, sin formulación de pretensiones contra la legalidad misma de las resoluciones contentivas de tal ejercicio, el Tribunal es competente para conocer del asunto y pronunciarse de fondo sobre las pretensiones de la demanda principal reformada”, citaba el laudo en ese entonces.