Transporte
Transportadores de carga, hasta esta fecha tienen plazo para normalizar o aclarar matrícula de vehículos con omisión
Según la cartera de transporte, en los últimos cinco años se detectaron 17.527 vehículos de carga marcados por la omisión en la matrícula
A los vehículos de carga en el país, se les exige no estar identificados con omisión en el Registro Único Nacional de Tránsito, Runt. En caso de que si estén se les pide el proceso de normalización.
“Siguiendo el lineamiento de buscar la Justicia Económica del Gobierno Nacional, y en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1079 del 2015, el Ministerio de Transporte viene atendiendo los procesos de normalización del registro inicial de los vehículos de carga con omisión, adelantados por los propietarios, poseedores y tenedores de los automotores, a través del sistema RUNT2″, explicaron desde el Ministerio de Transporte.
Además, recordaron la normativa y las fechas límite. “Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1009 del 26 de agosto de 2021, el Ministerio recuerda a los transportadores de carga que tienen hasta el 26 de febrero del próximo año para normalizar o aclarar la matrícula de los vehículos identificados con omisión en el registro inicial”, señalaron a través del comunicado oficial.
Al respecto, el viceministro de Transporte, Eduardo Enríquez Caicedo, insistió en el mensaje a los transportadores.
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“Hacemos un llamado a los propietarios, poseedores y tenedores de los vehículos de carga para que realicen la normalización del registro inicial de los vehículos con omisión, y de esta manera acompañen al Gobierno de la Vida en su compromiso con la legalidad y la equidad. Además, para garantizar igualdad de condiciones en la prestación del servicio de transporte de carga, en la medida que todos los vehículos que lo presten hayan cumplido con los requisitos exigidos en el momento de su matrícula”, dijo.
Así avanza el proceso en datos
Según lo dicho por la cartera de transporte, en los últimos cinco años se detectaron 17.527 vehículos de carga marcados por la omisión en la matrícula. De esta cantidad, con corte al 30 de noviembre, más de la mitad (53%) o 9.450 vehículos, tenían pendiente adelantar el proceso.
“Es de resaltar que de esos 17.527 vehículos matriculados entre el 5 de mayo de 2005 y el 27 de agosto de 2019 que han sido identificados con omisión en el registro inicial, para el 30 de noviembre de 2022 se ha normalizado la matrícula de 5.776 y se ha retirado del Runt y del Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC) la anotación como vehículos con omisión a otros 2.331 automotores”, detalló la oficina de comunicación del Mintransporte.
Concluyeron que todos ellos presentaron los documentos necesarios para aclarar y acreditar el cumplimiento de la normatividad vigente en el momento de la matrícula.
Preguntas frecuentes para los conductores
Desde la entidad señalaron las respuestas a las dudas más comunes en este proceso.
¿Cuáles son los mecanismos que establece la normatividad para subsanar las omisiones presentadas en el registro inicial de un vehículo de transporte público y particular de carga?
Para subsanar o normalizar el registro inicial de los vehículos con omisión, los propietarios de los vehículos pueden utilizar uno de los siguientes mecanismos:
- Desintegrar otro vehículo de carga que cumpla con las equivalencias establecidas en el artículo 2.2.1.7.7.3 del Decreto 1079 de 2015.
- Cancelar el valor de la caución que se debió constituir en el momento de la matrícula del vehículo, debidamente actualizada a la fecha de la normalización.
- Utilizar Certificados de Cumplimiento de Requisitos - CCR que no haya sido utilizado con anterioridad para la reposición de un vehículo de carga.
¿Dónde puedo encontrar el instructivo para adelantar el proceso?
Toda la información e instructivos para adelantar el proceso de normalización del registro inicial de los vehículos de carga se puede consultar a través del siguiente link: https://www.runt.com.co/ciudadano/normalizacion-de-vehiculos-decarga
¿Qué pasa si no se realiza el proceso de normalización dentro del plazo establecido, es decir, como máximo el 26 de febrero de 2023?
De acuerdo a lo señalado en el Decreto 1079 de 2015, modificado entre otros por el Decreto 632 de 2019, en los casos en los cuales no se efectúe la normalización del registro de los vehículos de servicio particular y público de transporte de carga, dentro del plazo previsto en la normatividad, es decir como máximo el 26 de febrero de 2023, los Organismos de Tránsito deberán iniciar las acciones legales tendientes a obtener la nulidad de los actos administrativos, a través de los cuales se efectuó el registro inicial del vehículo de transporte de carga que presenta omisiones en dicho registro.