Judicial
Tribunal abre incidente de desacato contra Juan Camilo Restrepo por seguir como alcalde encargado de Medellín
Esto pese a que existe un fallo judicial que suspendió su designación por incumplir los requisitos que exige la ley. La decisión también involucra al presidente de la República, Iván Duque.
El Tribunal Administrativo de Antioquia abrió incidente de desacato contra Juan Camilo Restrepo Gómez por no cumplir el fallo que suspendió su designación como alcalde encargado de Medellín.
Después de revisar el caso, se determinó que pese a la decisión judicial emitida el pasado 27 de mayo y la cual le fue notificada, Restrepo Gómez “ha seguido fungiendo como alcalde de Medellín”. La decisión de desacato también cobija al presidente Iván Duque y al ministro del Interior, Daniel Palacios, quienes tampoco han cumplido con lo que ordenó el fallo, en el sentido de nombrar una persona de la terna que envío el movimiento político Independientes.
Teniendo en cuenta esta situación, el Tribunal determinó que existen los méritos para abrirle un incidente de desacato a Juan Camilo Restrepo Gómez, como lo señalan los artículos 241, 209 y 210 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Igualmente, le pidió a las secretarias general y privada de la Alcaldía de Medellín que informen “si desde el 27 de mayo de 2022 el señor Juan Camilo Restrepo ha ejercido como alcalde y, de ser así, remitan copias de los actos administrativos que haya expedido o en cuya expedición haya participado, después de ser notificado de la suspensión”.
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En la decisión emitida el pasado viernes 27 de mayo, el Tribunal Administrativo de Antioquia suspendió la designación de Juan Camilo Restrepo Gómez como alcalde encargado de Medellín, por considerar que no es parte activa del movimiento político Independientes que apoyó la candidatura de Daniel Quintero Calle y, por el contrario, había sido nombrado por el presidente Iván Duque.
En la decisión de once páginas se admitió para su estudio la acción de nulidad electoral presentada por un ciudadano en contra de la designación –hecha por el mandatario– de Juan Camilo Restrepo Gómez, comisionado para la Paz del Gobierno, como alcalde encargado del Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín por una falta temporal que pesa sobre el alcalde Daniel Quintero Calle.
La decisión corta de tajo la polémica “palomita” que tuvo Restrepo como mandatario designado de los medellinenses, en donde fue recibido con desplantes por el gabinete de secretarios de Gobierno de Daniel Quintero, quienes le recriminaban y le advertían que reconocían el nombramiento, pero que “él no era su alcalde”.
Para el accionante, el alcalde encargado tenía que ser parte del mismo movimiento del suspendido alcalde, puesto que así lo ordena la ley. Debido a esto, pidió que se anulara todo el acto administrativo por medio del cual Restrepo había sido designado como alcalde encargado.
“Es procedente entonces la suspensión provisional del acto administrativo demandado y se encuentra más que justificada la toma de dicha medida tratándose de una falta temporal del alcalde suspendido de sus funciones. Esto porque el sentido teleológico de la norma es la protección del principio democrático y el voto programático”, señala la decisión.
En el fallo se agrega que “debe darse continuidad al programa de gobierno por el cual fue elegido el alcalde suspendido y de no decretarse la medida del proceso de nulidad electoral resultará inane, pues para cuando se profiera sentencia, probablemente el objeto de este habrá desaparecido”.
La designación de Juan Camilo Restrepo, quien fungía como Alto Comisionado para la Paz, se realizó después de que la Procuraduría General ordenara suspender, por tres meses, a Daniel Quintero Calle como alcalde de Medellín, en medio de la investigación preliminar que se le adelanta por presunta participación en política.
Los hechos están relacionados con un video de seis segundos que publicó en sus redes sociales Daniel Quintero Calle. En la grabación, el alcalde aparecía en un vehículo diciendo “el cambio es en primera”. Para el Ministerio Público, esta frase hacía referencia directa a una de las campañas presidenciales.
La procuradora general, Margarita Cabello Blanco, manifestó que el organismo disciplinario tiene la competencia constitucional y legal para “investigar, suspender provisionalmente y sancionar hasta con destitución e inhabilidad a todos los funcionarios públicos del país, incluyendo a los de elección popular”.
La jefa del Ministerio Público aseguró que hasta que no haya ley estatutaria, “ningún servidor público desde el menor rango hasta el más alto nivel puede utilizar el cargo para participar en las actividades de los partidos ni movimientos, ni en las controversias políticas”.