Judicial
Tribunal admitió demanda de nulidad electoral contra el concejal de Bogotá Juan Daniel Oviedo, por violar régimen de inhabilidades
En la demanda se manifiesta que Oviedo tuvo un contrato con el Fondo Nacional de Garantías por 106 millones de pesos.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió para su estudio una demanda de nulidad electoral presentada contra el actual concejal de Bogotá, Juan Daniel Oviedo Arango. En la acción judicial, se advierte que tras salir de la Dian, Oviedo firmó un contrato con el Fondo Nacional de Garantías.
Oviedo, quien obtuvo la curul de concejal para el período 2024-2027 después de quedar segundo en las elecciones para la Alcaldía de Bogotá, ya fue notificado de la decisión y tiene unos días para presentar sus respectivos alegatos y aportar las pruebas.
El demandante advierte que en junio de 2023, Oviedo “suscribió el contrato de arrendamiento” de un bien inmueble “en la modalidad de contratación directa con el Fondo Nacional de Garantías (FNG), “sociedad anónima de carácter mercantil y de economía mixta del orden nacional, vinculada al Ministerio de Hacienda”.
En la misma se advierte que el contrato tuvo un “plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2023, y su valor ascendió a la suma de 106 millones de pesos”. Pese a esto, Oviedo se inscribió a las elecciones para alcalde mayor de Bogotá por el grupo significativo de personas ‘Con Toda por Bogotá”.
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“Se consta que el demandado se encontraba inhabilitado para ser inscrito como candidato a la Alcaldía de Bogotá D. C., inhabilidad prevista en el numeral 3 del artículo 95 de la Ley 136 de 1994, comoquiera que dentro de los doce meses anteriores a las elecciones suscribió, en interés propio, un contrato con una entidad pública del orden nacional, cuyo lugar de ejecución corresponde a Bogotá D. C.”, señala la demanda.
El despacho del magistrado Óscar Armando Dimaté Cárdenas le notificó de la existencia de este proceso al registrador nacional del Estado Civil, al presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE) y al presidente del Concejo distrital de Bogotá, a sus delegados o quienes hagan sus veces, así como a la Procuraduría General para que emitan sus conceptos en los próximos 15 días.
La Veeduría de Transparencia Electoral, que firma la demanda, anexó el contrato de arrendamiento del bien inmueble ubicado en la capital de la República, señalando que los tiempos indican que Oviedo incurrió en una violación del régimen de inhabilidades. “Teniendo en cuenta que la fecha de la suscripción del contrato fue el 20 de junio de 2023, es decir, dentro del año anterior a la elección, razón por la cual se entiende acreditado este elemento”.
Ahora bien, de la copia del Contrato N.° 2023400034 del 20 de junio de 2023, celebrado entre el Fondo Nacional de Garantías S.A. y el demandado, se observa que el titular del derecho de usufructo del bien inmueble arrendado es el señor Juan Daniel Oviedo Arango, por lo cual se puede establecer que el contrato de arrendamiento fue suscrito en interés propio del demandado, quedando así acreditado el elemento subjetivo.
En enero pasado, cuando se conoció la existencia de la demanda, el concejal aseguró que no incurrió en ninguna irregularidad y demostró elementos materiales contables para indicar que no estaba inhabilitado ni para presentar su candidatura a la Alcaldía ni para ocupar el cargo de concejal de Bogotá.