NACIÓN

Triunfo para la comunidad afro, Corte Constitucional reconoció que en el censo del año 2018 vulneraron sus derechos

El DANE deberá diseñar un nuevo Plan Integral de Preparación para el Censo, direccionado a la identificación de los pueblos negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros.

24 de agosto de 2022
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La Corte Constitucional reconoció las graves vulneraciones a los derechos fundamentales de la población afrodescendiente. | Foto: Getty Images/iStockphoto

En el censo realizado por el DANE en el año 2018, se evidenció una baja abismal en el número de personas afrocolombianas censadas, pasando de tener 4′311.757 a 2′982.224 en relación con el censo de 2005, es decir, una reducción de cerca de 1.400.000 personas, lo que quiere decir una disminución del 30,8 %, con respecto al censo anterior, realizado 13 años atrás.

Líderes de la comunidad afro en el país, adelantaron una acción de tutela para dar una solución a esta situación, ya que sus derechos fundamentales estaban siendo vulnerados, al invisibilizar las verdaderas estadísticas.

Cuando el error en las cifras se había hecho público, el DANE admitió múltiples dificultades que enfrentó el Censo 2018 como problemas de seguridad en los territorios, desconfianza de la gente al ser censada, falta de capacitación en el personal censista y falencias en la ejecución misma del proceso censal, por lo que propuso establecer una Mesa Técnica para poner en marcha acciones que permitieran solucionar el problema.

El caso fue llevado hasta la Sala Primera de Revisión, con ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera, quien explicó que las razones dadas por el DANE dieron lugar a las falencias que posteriormente disminuyeron el número de personas negras identificadas en el país, por ende “constituyen un incumplimiento al rol que le corresponde al Estado en la garantía del derecho a la igualdad material.”, declaró.

En la tarde de este martes 23 de agosto, la Corte Constitucional reconoció las graves vulneraciones a los derechos fundamentales de la población afrodescendiente acaecidas por la invisibilización estadística en el censo, por medio de la sentencia T-276 de 2022.

“Una diversidad de factores y falencias dio lugar a la disminución significativa en el autorreconocimiento étnico de la población afrocolombiana en el Censo de 2018. Preocupaciones que desde la consulta previa habían sido manifestadas y que daban cuenta de la necesidad de una estrategia integral de sensibilización y acceso efectivo a los territorios que respondiera a los desafíos del autorreconocimiento en un país marcado aún por la estigmatización y marginalización de lo negro”, indicó la sentencia.

Para que la sentencia hoy fuera una realidad, diferentes organizaciones se unieron en la lucha de los derechos de la comunidad, entre ellas: Ilex Acción Jurídica; Asociación Colombiana De Economistas Negras “Mano Cambiada”; Corporación Agencia Afrocolombiana; Hileros-Pcn; Asociación De Consejos Comunitarios Del Norte Del Cauca (Aconc); Asociación Nacional De Afrocolombianos Desplazados (Afrodes) y la Conferencia Nacional De Organizaciones Afrocolombianas (Cnoa).

“En efecto, las omisiones del censo afectan el reconocimiento oficial de las diversidades en la población colombiana y obstruyen el diseño de políticas públicas idóneas que permitan superar las enormes brechas que golpean de forma desproporcionada a las poblaciones afrocolombianas”, así lo indicó la Corte Constitucional.

La sentencia indica que el DANE tiene un plazo máximo de 10 meses para que realice un estudio que “evalúe de manera sistemática y comprensiva” las causas que dieron lugar a la disminución en la identificación de la población afrodescendiente en los tres últimos censos.

Igualmente, la corte ordena que la entidad diseñe un nuevo Plan Integral de Preparación para el Censo, direccionado a la identificación de los pueblos negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros, para poder evaluar y discutir con esta población, en el marco del Espacio Nacional de Consulta Previa, “la viabilidad, riesgos y conveniencia de incluir en la próxima Encuesta de Calidad de Vida un piloto de criterio de heterorreconocimiento en su operaciones estadísticas”.

“Las organizaciones accionantes celebramos esta decisión en favor de la garantía de los derechos fundamentales de las personas afrodescendientes y reiteramos que la ausencia de información estadística confiable y de calidad sobre esta población es un elemento clave de la situación discriminación estructural que experimenta la población afrodescendiente que, en muchos casos, vive el racismo no a través de actos directos de exclusión, sino por medio de situaciones estructurales de invisibilización.”, así lo manifestó la comunidad por medio de un comunicado.