Judicial

Tutela con la que Carlos Mattos buscaba rectificación de un periodista no debió ser aceptada: duro mensaje de un salvamento de voto

El empresario tuteló su derecho al buen nombre y buscaba que al periodista Gonzalo Guillén se le limitara el uso de Twitter. El salvamento de voto fue del magistrado Luigui José Reyes Núñez.

24 de febrero de 2023
 La venta de miles de taxis Hyundai, conocidos como “zapaticos” en el mercado, catapultó el millonario negocio automotor de Carlos Mattos.
La venta de miles de taxis Hyundai, conocidos como “zapaticos” en el mercado, catapultó el millonario negocio automotor de Carlos Mattos. | Foto: carlos julio martinez

No cesa la polémica en el proceso contra el poderoso empresario Carlos Mattos Barrero. En un salvamento de voto, conocido en exclusiva por SEMANA, el magistrado Luigui José Reyes Núñez, de la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, se alejó de la decisión de sus compañeros que firmaron el fallo en el que le ordenan al periodista Gonzalo Guillén retractarse de los señalamientos hechos en contra del expresidente de Hyundai Colombia.

En el documento de ocho páginas, el magistrado Reyes Núñez advierte que la acción de tutela radicada por Mattos, y en la cual pidió la protección de sus derechos fundamentales al buen nombre y honra, debía declararse improcedente, puesto que no se habían agotado todos los recursos judiciales que establece la ley.

Carlos Mattos y Gonzalo Guillén
Carlos Mattos y Gonzalo Guillén. | Foto: Archivo particular

Sin embargo, para el magistrado Reyes Núñez, no se evidenció que Mattos utilizara todos los recursos que tenía a la mano para lograr la rectificación de las publicaciones que consideraba ofensivas e injuriosas. “No existe evidencia que la parte actora haya solicitado al director del diario La Nueva Prensa Colombia ni al señor periodista Gonzalo Guillén Jiménez, la rectificación previa de los mensajes que fueron difundidos”.

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Igualmente, se advierte que la tutela estaba dirigida contra un periodista y un medio de comunicación, además de una fiscalía local de Barranquilla por lo que no se establece bien a la parte demandada. “En virtud de la naturaleza jurídica de los accionados, el conocimiento de la presente acción de tutela corresponde en primera instancia a los jueces del circuito, a quienes debió repartirse esta demanda”.

En otro de los apartes del salvamento de voto, se señala que el caso debía ser resuelto por los jueces del circuito de Barraquilla y no por el Tribunal. “Durante el trámite de amparo no pueden desconocerse de manera caprichosa e infundada las normas de reparto so pena de incurrir en una grosera manipulación de las mismas”.

El empresario Carlos Mattos desde la cárcel de máxima seguridad de Cómbita en Boyacá.
El empresario Carlos Mattos desde la cárcel de máxima seguridad de Cómbita en Boyacá. | Foto: Captura de video

“(...) el suscrito magistrado estima que no debió ser admitida la presente acción de tutela en primera instancia, por existir una falta de competencia funcional y, por ende, dentro del análisis de admisibilidad de dicha acción, la única decisión posible era la remisión de la acción de tutela a la Oficina Judicial”, recalca el salvamente de voto frente a la necesidad de definir la mencionada controversia constitucional.

Mattos se encuentra actualmente con detención domiciliaria luego que presentara graves problemas de salud en la cárcel El Bosque, de Barranquilla, donde se encontraba pagando sus dos condenas (nueve años y cinco meses; cinco años y diez meses de prisión) por el denominado caso Hyundai.

El empresario reconoció haber pagado millonarios sobornos a funcionarios y empleados de la Rama Judicial para que modificaran el sistema de repartos en el centro de servicios judiciales en los juzgados civiles municipales de Bogotá, frente a la demanda que presentó en medio de un litigio con la casa matriz de Hyundai para seguir comercializando vehículos de la marca coreana en Colombia.

Ordenan traslado de Carlos Mattos a la cárcel de Combita en Boyacá
Ordenan traslado de Carlos Mattos a la cárcel de Cómbita en Boyacá. | Foto: Inpec

Junto a sus abogados de confianza, planeó la forma de alterar el sistema de repartos en los juzgados civiles de Bogotá, direccionando así la demanda a un juez con el que ya había acordado en una reunión que sostuvo en su lujoso apartamento en el norte de la capital de la República.

Para esto, acordó el pago de 700 millones de pesos al juez Reynaldo Huertas, titular del Juzgado Sexto Civil Municipal de Bogotá, para que definiera en tiempo récord las medidas cautelares, favoreciéndolo así en sus negocios.

Mattos fue sentenciado por su participación en los delitos de cohecho por dar u ofrecer (entrega de sobornos) y daño informático agravado (en calidad de determinador). Para el juzgado, el mismo empresario reconoció haber participado en estos actos de corrupción que permearon a la Rama Judicial y afectaron gravemente su imagen.

Por su formación académica sabía que este tipo de alteraciones eran ilegales, pero siguió insistiendo para que la tutela que habían presentado se enviara al juez y así lograr sus pretensiones.

Mattos llegó a tal punto de ingresar, junto a otro abogado, para modificar el fallo que le brindó medidas cautelares, puesto que existía una falla de redacción. Todas estas irregularidades fueron ocultadas por los funcionarios y empleados de la Rama Judicial. Los dos fallos judiciales se encuentran en estudio de apelación en el Tribunal Superior de Bogotá.