NACIÓN
Tutela que presentó el alcalde Daniel Quintero contra el expresidente Álvaro Uribe fue negada
El Juzgado 24 municipal de oralidad de Medellín resolvió el recurso presentado por el alcalde de Medellín contra el exmandatario.
El Juzgado 24 municipal de oralidad de Medellín negó la tutela que presentó el alcalde de Medellín, Daniel Quintero, contra el expresidente Álvaro Uribe. “Se afirmó en la tutela que el accionado a través de su cuenta @AlvaroUribeVel en la red social Twitter emitió 3 declaraciones el pasado 16 de septiembre de 2021 a las 5:59 p.m., 7:34 p.m. y 3:56 p.m., refiriéndose a la Alcaldía de Medellín como corrupta, apoyada por los “combos violentos” y deshonesta. Igualmente, se puso de presente que ese mismo día en el programa Ventana Abierta del medio de comunicación IFM Noticias, el accionado expresó que el accionante era un ladrón, para lo cual anota que en la cuenta de @ifmnoticias se indicó “Álvaro Uribe exige respeto al alcalde de Medellín Daniel Quintero. <<va tener que respetar mi honorabilidad porque usted es un ladrón>>”, se lee en el documento.
“Expuso además que, en Tweet del 17 de septiembre de 2021 a las 7:11 a.m. el accionado declaró que el despacho del actor recibe sobornos y roba; luego en Tweet de ese mismo día a las 5:18 p.m. se dijo que en su calidad de alcalde el accionante ha vendido, a través de la contratación pública, las secretarías y toda la estructura de la administración municipal. En igual fecha, el diario El Colombiano informó que el señor Uribe Vélez había sostenido que la Alcaldía a cargo de Daniel Quintero es corrupta y pone a su cónyuge en “búsqueda de dineros”. Que, al día siguiente, esto es, el 18 de septiembre de 2021, el portal web de RCN Radio informó que el accionado “arremetió nuevamente contra el alcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle y lo calificó de “corrupto, mentiroso y malabarista”, agrega el documento dando cuenta de los argumentos expuestos por el alcalde de Medellín.
De acuerdo con los argumentos del alcalde de Medellín, las aseveraciones del expresidente Álvaro Uribe encontraron un eco importante y “por lo anterior, procedió el día 19 de septiembre de 2021 a solicitar rectificación de la información al accionado, quien a la fecha de presentación de la tutela no había dado respuesta a la misma”.
En un documento de 20 páginas, el alcalde Daniel Quintero solicitó el derecho a su buen nombre y honra y por ello solicitó la rectificación, vía tutela, de los señalamientos que le hizo el expresidente Uribe. Sin embargo, esta corporación señaló que “la libertad de expresión es una de las manifestaciones modernas de las libertades que el Estado Social de Derecho debe respetar sobre todo ciudadano. Sin embargo, como muchos de los derechos consagrados en la Constitución Política, este no goza de ser absoluto por cuanto encuentra límite en los derechos de los demás asociados y algunas circunstancias especiales”.
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“Por su parte, el accionado Álvaro Uribe Vélez se opuso a la procedencia de la acción de tutela, exponiendo en resumen que no se advertía un estado de indefensión que permitiera el ejercicio de este mecanismo contra un particular, no se superaba el requisito de subsidiariedad toda vez que no se habían agotado las instancias ordinarias ante la red social y en todo caso se trataba de un discurso protegido por la libertad de expresión y en el marco de un debate sobre asuntos políticos, en el cual existía un contexto previo donde el accionante ha atacado sistemáticamente al accionado”.
“En efecto se han cruzado diferentes declaraciones entre las partes involucradas en esta Litis a través de la red social twitter, que dichas manifestaciones, o por lo menos las que aquí se trajeron a colación, hacen referencia a la gestión de cada uno de ellos a nivel social, político y público, lo cual ha sido repelido por ambos a través de los diferentes medios de comunicación y deja entrever entonces que se trata de un discurso político en el ejercicio de la libertad constitucional de expresión que se advierte no puede ser limitada por esta juez en sede de tutela, pues precisamente ambos gozan de dichas prerrogativas y su debate hace parte de un entorno político que a juicio de este Despacho no raya con los límites que ha fijado la jurisprudencia de la Corte Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos con relación al buen nombre y la honra del Alcalde de Medellín, bajo el entendido que estos últimos derechos se ven flexibilizados en discursos como los que se han tenido de parte de sendos personajes políticos y que en todo caso su capacidad en virtud de sus posiciones sociales de poder les permite desempeñar su libertad de expresión en estricto sentido y compeler la de terceros con un alcance mediático tal que deja a merced de la autocomposición la resolución de cualquier diferencia que pudiere presentarse”, agrega.
Este es el documento completo negando la acción de tutela del alcade Daniel Quintero: