Judicial
Un caso increíble, condena por violencia intrafamiliar se cayó porque el juez no prendió la cámara
Se cuestionó el hecho que se quisiera emitir justicia desde las penumbras, pues el condenado nunca conoció el rostro del juez.
Vuelve y juega. Un nuevo proceso por violencia intrafamiliar se cayó por un hecho que resulta irrelevante, la justificación fue que el juez de control de conocimiento que recibió el caso no prendió la cámara durante todo el juicio oral. Así lo determinó la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá que consideró que se presentó la vulneración al debido proceso.
Pese a que los hechos se presentaron en julio de 2018, el Tribunal determinó en este 2023 que todo el proceso penal se debía anular. “En un Estado constitucional de derecho no se trata de juzgar a un acusado de cualquier manera, sino con total respeto de las garantías contenidas en el derecho fundamental a un derecho juicio”.
En el fallo, que fue avalado por la mayoría de la Sala, se determinó que en el juicio el procesado nunca vio al juez que, en últimas, lo terminó sentenciado por el delito de violencia intrafamiliar agravado. “No se muestra jurídicamente correcto ni moralmente justo asumir que un acusado tiene el deber de soportar que lo juzque una voz que sale de una pantalla oscura, en la que no aparece su interlocutor y que está legitimado para mantenerse en la sombra”.
Los derechos del acusado, quien se encontraba privado de su libertad en centro carcelario, fueron vulnerados con este actuar del juez. “Para quien razona desde la comodidad de su despacho, o de su domicilio, puede ser fácil considerar que ese deber existe y que tal acto es legítimo; pero para el acusado las cosas son muy diferentes”.
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Esto debido a que “si el Estado se irroga el poder de juzgarlo, sentenciarlo y enviarlo a prisión, a lo menos a que tal acusado tiene derecho es que as sus jueces, en lugar de arroparse en la comodidad que se les brinda el actuar desde las prenumbras, literalmente, pongan la cara para ejercer ese poder”.
En la decisión judicial, que ya levantó ampolla en varios abogados en las redes sociales, se señala que el juicio justo es un principio fundamental y todos los protagonistas de la Rama Judicial deben velar para que se proteja y respete.
El fallo fue más allá y se indicó que en el cine y en la literatura el que actúa desde las sombras siempre tiene intereses perversos que afectan al o los protagonistas de la historia en conseguir sus objetivos.
“(…) ha explorado hasta el cansancio esta manifestación autoritaria y deshumanizante del poder político. Y, en lo que a esta sala mayoritaria respecta, se seguirá esforzando para que tal manifestación autoritaria y deshumanizante se siga manteniendo allá, en ese mundo de ficción, y para que no invada, o mejor, para que no siga invadiendo la administración de justicia penal colombiana”, precisa la decisión de 20 páginas.
Frente a las víctimas, -entre las que se encuentran la esposa y la hija del acusado- el fallo es muy claro al señalar que pese a que se deben proteger sus derechos lo cierto es que no se puede desconocer la violación flagrante y continúa de los derechos del procesado.
“En este caso concreto, tiene en cuenta el nivel de afectación de este derecho en prejuicio de aquél: valora la relevancia de los bienes jurídicos en juego y tienen presente la posibilidad cierta de que el proceso se rehaga en un plazo razonable”, resalta la decisión al señalar la necesidad de emitir, lo más pronto posible, una decisión.
Los hechos se presentaron el 13 de julio de 2018 cuando, siendo las 8 de la noche, una pareja comenzó una discusión dentro de su vivienda, ubicada en el sur de Bogotá. En medio del cruce de palabras, el hombre empujó a su compañera sentimental contra una motocicleta, acto seguido la llevó a la habitación de uno de sus hijos para tirarla a la cámara, intentándola ahorcar con una bufanda que tenía y la golpeó en la boca.
En medio de esto, la hija menor de edad apareció y golpeó a su padre con un zapato en un intento desenfrenado para ponerle fin a la goliza. El hombre, tomó un cuchillo de cocina y le pidió que “lo matara, que estaba aburrido”. Por estos hechos, fue condenado a 72 meses de prisión.