Nación
“Una constituyente no se construye de un día para otro”: magistrado Jorge Enrique Ibáñez, vicepresidente de Corte Constitucional
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez se refirió a los 33 años de la Constitución de 1991 y explicó el largo y complejo proceso para sacarla adelante.
Cerrando el evento en el que se conmemoraron los 33 años de la Constitución de 1991, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, vicepresidente de la Corte Constitucional, se sumó a los cuestionamientos de una asamblea constituyente por parte del gobierno de Gustavo Petro.
En medio del evento que se desarrolló en la biblioteca Luis Ángel Arango, en el centro de Bogotá, el magistrado Ibáñez aseguró: “Un proceso constituyente no puede construirse de un día para otro, de una mañana para otra. Este proceso constituyente (de 1991) empezó justamente a partir de 1968, cuando se plantearon distintas alternativas como la creación de la Corte Constitucional”.
“La Constitución Política de 1991 marcó el más importante hito constitucional en la historia de nuestro país, la cual, como hemos podido ver en esta magnífica jornada respecto de algunos temas, fue el resultado de un complejo proceso constituyente que inició en 1976 y culminó con su proclamación el 4 de julio de 1991 y su posterior promulgación el 7 de julio siguiente”, resaltó el magistrado Ibáñez.
“El gobierno del presidente Belisario Betancur no le apuntó a un proceso de reforma constitucional que permitiera cambios estructurales del Estado, sino que impulsó un proceso de paz que buscara una estabilidad institucional. Por esto, más allá de una reforma que logró al final de su administración con la que se permitió la elección popular de alcaldes, durante su administración no se realizaron cambios estructurales a las normas constitucionales”, explicó el vicepresidente de la Corte Constitucional en su recorrido histórico del nacimiento de la Carta Política de 1991.
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También se refirió a los antecedentes de hechos violentos que se dieron previos a la Constituyente y a la redacción de la nueva Constitución que fue concretada hace ya 33 años.
“Recordemos, por ejemplo, la toma del Palacio de Justicia en 1985, así como el asesinato de líderes políticos, de periodistas, de jueces y de funcionarios de la Fuerza Pública. Por ejemplo, el asesinato del Ministro de Justicia, Rodrigo Lara Bonilla; de Don Guillermo Cano, director de El Espectador; del Procurador General de la Nación, Carlos Mauro Hoyos; del Gobernador de Antioquia, Antonio Roldán Betancur; de Jaime Pardo Leal, de Bernardo Jaramillo Ossa, de Luis Carlos Galán Sarmiento y de Carlos Pizarro, entre tantos otros”, recordó el magistrado Ibáñez.
A estos hechos, le agregó la movilización social que empezó a nacer y que reclamaban una nueva Carta, “este difícil escenario social, de violencia y de bloqueo institucional que derivó en estas frustraciones, impulsaron en una parte importante de la población el movimiento que se denominó “Todavía podemos salvar a Colombia”, el cual estaba integrado por docentes, estudiantes y otras personas que querían promover un cambio en nuestro país. Particularmente, este movimiento surgió después del asesinato de Luis Carlos Galán, cuando se realizó la Marcha del Silencio el 25 de agosto de 1989. Hay un antecedente muy interesante que pasa desapercibido, porque este movimiento, que si bien era estudiantil, también fue liderado por profesores de distintas universidades”.
En seguida contó cómo fue la papeleta puesta en elecciones la que finalmente le dio el impulso a esta constituyente “aunque el movimiento solicitó al Gobierno que ordenara al registrador que contabilizara las papeletas y no se hizo, el Gobierno en su lugar, expidió el Decreto Legislativo 927 del 3 de mayo de 1990 con el que reguló un proceso para que, en las elecciones presidenciales del 27 de mayo de 1990, se consultara al pueblo si estaba de acuerdo en convocar una asamblea constitucional. Con ello se depositaría por los ciudadanos un segundo tarjetón en esa jornada electoral y ahora de consulta. Este decreto fue declarado exequible por la Corte Suprema de Justicia mediante sentencia proferida el 24 de mayo de 1990. De ahí que tres días después, se convocó a la ciudadanía para que se expresara en una consulta popular sobre si se debía convocar o no una asamblea constitucional y por ello votaron más de cinco millones ochocientos mil de ciudadanos, 5.278.000 a favor de una Asamblea”.
El magistrado Ibáñez contó en detalle cómo se compuso esa Asamblea Constituyente: “el 9 de diciembre de 1990 se eligió popularmente a 70 delegatarios de la Asamblea Nacional Constituyente (25 liberales, de distintas listas, incluido 1 por el movimiento estudiantil (31.2%); 19 de la Alianza Democrática M-19, en una sola lista (27.1%); 11 del Movimiento de Salvación Nacional (15.7%); 5 del Partido Social Conservador y 4 conservadores independientes, de distintas listas (12.8%); 2 de la Unión Patriótica (2.9%); 2 por el movimiento Unión Cristiana (2.9%); y 2 de los movimientos indígenas de Colombia ONIC y AICO (2.9%). También participaron 2 del EPL (por asignación de curules derivadas del proceso de paz en curso); 1 por el PRT y 1 por el Quintín Lame, estos últimos dos solo con voz”.
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez, también se refirió a la labor del alto tribunal, como guardián de la Constitución, continuando con ese legado que significó la Carta Política de 1991.
“Ha sido en el marco del análisis de casos en los que se plantean omisiones legislativas relativas que la Corte ha avalado medidas dirigidas a hacer efectivo el principio de igualdad y de no discriminación, para el caso de disposiciones cuya interpretación puede excluir a las mujeres o a grupos históricamente discriminados como lo son las poblaciones indígenas, las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras o a las personas de la comunidad LGTBIQ+, entre otros”, expuso el magistrado Ibáñez.
Agregó que “es preciso recordar que, en materia de control concreto de constitucionalidad, la Corte Constitucional ha proferido decisiones de la mayor importancia como lo son aquellas en las que se ha avanzado en la protección de los derechos de la población, en la materialización del principio de igualdad, y la determinación de acciones de discriminación positiva en favor de los grupos especialmente vulnerables”.
La observación del magistrado se dio en el mismo evento en el que el presidente de la Corte Constitucional, José Fernando Reyes, lanzó duras críticas a la iniciativa que ha venido promoviendo el gobierno Petro sobre reformar la constitución de 1991.
El magistrado Reyes Cuartas cuestionó: “¿cómo seguir hablando de nuevos proyectos constitucionales si es que no hemos sido capaces de desarrollar y hacer cumplir el pacto que nos forjamos en 1991? La Constitución no puede ser una masa deforme, gelatinosa y banal, cambiable a placer, sino al revés, un texto rígido con muy relativas flexibilidades que precisa de muy meticulosos y exigentes requisitos de variación y cambio”.
A lo que le salió el paso la senadora Aída Avella, del Partido Unión Patriótica, quien se mostró en desacuerdo con el presidente de la alta corte, al considerar que la Constitución del 91 se quedó para los estudios de los expertos, pero no llegó a todos los colombianos como a quienes viven el hambre o el desempleo.
Sin embargo, para el vicepresidente de la Corte Constitucional “la Constitución (del 91) está tan vigente como nunca y la voluntad de quienes le redactaron fue, precisamente, que los órganos encargados de velar por su supremacía y protección la mantuvieran al día frente de los retos que toda sociedad enfrenta”.
El magistrado Ibáñez también aseguró que “la Constitución también consagró instituciones y mecanismos para su propia protección, los cuales están dirigidos a velar por el respeto de la institucionalidad y, especialmente, por la garantía y eficacia de los derechos fundamentales”.
Las diferentes voces que se dieron durante la conmemoración de los 33 años de la Constitución del 91, salieron después de que el recién llegado ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, se subiera al bus de la constituyente a través de un acuerdo nacional.
Según Cristo, “la búsqueda de un acuerdo nacional de verdad que permita explorar hacia el futuro la posibilidad de convocar una asamblea nacional constituyente bajo los parámetros de la Constitución del 91, es decir, una asamblea nacional constituyente que sea fruto de un acuerdo nacional y no de la imposición de alguien contra alguien”.
Para el vicepresidente de la Corte Constitucional, la Constitución del 91 “precisó, nuevamente, que los diversos mecanismos de control han permitido garantizar los derechos fundamentales, prevenir el ejercicio desmedido del poder, y asegurar la supremacía e integridad de la Constitución”.
Pero con su postura, varios sectores le recordaron al nuevo ministro del interior que hace menos de un mes en su cuenta de X puso un trino en el que dijo: “repitan conmigo; la constituyente es inviable, la reelección es inviable”.
Con ese nuevo panorama, salieron voces como la del exregistrador Nacional, Carlos Ariel Sánchez, quien advirtió que si el gobierno Petro logra promover la constituyente, el Congreso se podría cerrar temporalmente como ocurrió en 1991.
Según Sánchez, “existen unos calendarios y, de pronto, dentro de esos calendarios, no va a sesionar la constituyente. Es muy complicado que haya constituyente y Congreso al tiempo. Fíjese que con la Constitución del 91 disolvieron temporalmente el Congreso, eso no se tenía previsto cuando se convocó a la constituyente, pero terminaron cerrando el Legislativo durante ocho meses”.
Finalizado el evento de la conmemoración de la Constitución, el magistrado Ibáñez resaltó que “los paneles, el debate, las temáticas y el intercambio de ideas que se dio en este evento confirman la importancia, la validez, la vigencia y la legitimidad de la Constitución de 1991, sus reformas y sus desarrollos normativos y jurisprudenciales”.