Nación
UNGRD pierde nueva batalla judicial y tiene plazo límite para presentar plan de acción por fenómenos de El Niño y La Niña
El Tribunal de Cundinamarca falló en contra de la entidad y le ordenó la elaboración del plan en un tiempo límite.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) la elaboración de planes de acción específicos para la rehabilitación y reconstrucción de áreas afectadas por los fenómenos de El Niño y La Niña, después de una acción judicial adelantada por la Fundación para el Estado de Derecho.
A través de un comunicado, la organización recordó que el artículo 61 de la Ley 1523 indica que después de una situación de desastre natural, la mencionada entidad debe elaborar este tipo de planes en las áreas afectadas y estos deben ser de obligatorio cumplimiento.
De igual manera, el Decreto 2113, emitido el 1 de noviembre de 2022, declaró un desastre nacional por cuenta del fenómeno de La Niña y le ordenó a la UNGRD, según explicó la fundación, elaborar planes de acción específicos para la recuperación de las áreas afectadas, incluyendo un plan especial para Cauca, Nariño y Putumayo.
Sin embargo, la entidad, que se encuentra inmersa en el escándalo de corrupción de los carrotanques de La Guajira, no había cumplido a cabalidad esto, por lo que la Fundación inició la acción legal para que la situación pasara del papel a la realidad.
La organización explicó que a lo largo del proceso judicial, la UNGRD no acreditó que había cumplido con su deber legal y reglamentario. Por ello, el Tribunal le ordenó que, dentro del término de 20 días, tendría que dar aplicación a las normas incumplidas y elaborar, publicar y divulgar los referidos planes.
“No se ha proporcionado evidencia que respalde la creación del Plan de Acción Específico requerido por el marco legal mencionado (...). Aunque se han presentado diferentes documentos como memorias y conclusiones, estos no cumplen con la obligación de desarrollar un plan”, concluyó en su decisión.
El Tribunal resaltó que es imperativo que se tomen lo más rápido posible medidas para elaborar y adoptar estos planes conforme a la normativa vigente.
Por su parte, la Fundación señaló que esta acción en contra de la entidad dirigida por Carlos Carrillo sólo tiene como objetivo la protección de los principios de buen gobierno, publicidad y transparencia, ya que considera que las personas tienen el derecho de conocer cómo se orienta la actividad de la administración pública en el manejo de desastres.
“La demanda demostró que la falta de planes de acción puede obstaculizar la coordinación entre las diferentes entidades y niveles de gobierno, afectando a las comunidades que necesitan asistencia”, agregó.
Andrés Caro, director de la organización, celebró la decisión adoptada por el Tribunal y remarcó que con la no creación de estos planes se están vulnerando los derechos de los ciudadanos. “Cumplimos casi dos años bajo la declaratoria del fenómeno de La Niña sin plan de acción específico, y más de seis meses desde la declaratoria del fenómeno de El Niño sin que tampoco se cuente con su plan de acción específico”, dijo.
“Lo anterior vulnera los principios de transparencia y publicidad en la gestión de recursos públicos, así como la debida gestión administrativa encaminada a la atención, rehabilitación y reconstrucción de desastres”, agregó.