Nación
Urgente: Corte Suprema confirma condena de 41 años de cárcel contra el criminal Iván Márquez por la toma guerrillera de Roncesvalles, Tolima
La Sala de Casación Penal tomó la decisión contra el ahora disidente del acuerdo de paz firmado entre las extintas Farc y el gobierno de Santos.
En una decisión sin precedentes, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejo en firme la condena de 41 años de cárcel contra Luciano Marín Arango, alias ‘Iván Márquez’, por los delitos de homicidio y terrorismo agravado, a causa de la toma guerrillera en Roncesvalles, Tolima.
Al inadmitir recurso de casación, @CorteSupremaJ deja en firme condena de 41 años contra alias ‘Iván Márquez’ como determinador de homicidio y terrorismo agravados, por la toma de las extintas Farc a Roncesvalles, en el 2000, la cual dejó 14 muertos. Ver: https://t.co/vmn5a5qAxC
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) March 22, 2024
Los hechos que se dieron en esta nueva condena contra el ahora cabecilla de las disidencias de la Segunda Marquetalia se remontan al 14 y 15 de julio del 2000, cuando la extinta guerrilla se tomó el municipio de Roncesvalles, Tolima. El cruento caso dejó un civil y varios policías muertos.
La Justicia logró determinar que el secretariado de las extintas Farc, del que ‘Márquez’ era integrante, ordenó a un grupo de 250 guerrilleros que sembraran el terror en ese municipio tolimense, mediante el ataque a la estación de Policía y al Banco Agrario.
“Al efecto, las pruebas enseñan que la masacre de Roncesvalles (Tolima) fue ordenada por el Secretariado de las extintas FARC-EP, integrada, entre otros, por Luciano Marín Arango, alias “Iván Márquez”, al punto que, para ese preciso fin dispusieron que la columna móvil Jacobo Prías Alape se dirigiera hasta esa municipalidad, con el objeto de reforzar la embestida armada que perpetraría el Frente 21, a mediados de julio de 2000, al Comando de la Policía Nacional ubicado en ese territorio, dado que aquella escuadra insurgente era especializada en ese tipo de actividades y solo intervenía bajo los estrictos mandatos de la cúpula del mencionado grupo al margen de la ley, para lo cual ese alto mando tuvo que reunirse previamente con los ejecutores materiales de la misma”, destaca la providencia.
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Sobre este caso ya se había interpuesto un recurso de casación que el alto tribunal inadmitió, porque no cumplió con los requisitos para hacer un estudio de fondo.
Según la Sala, la Fiscalía fue clara en la acusación al referirse a la participación de ‘Márquez’ en esta masacre, pues “queda claro que, aunque los miembros del secretariado no estuvieron físicamente en la toma, sí ordenaron la incursión armada. Así, la corporación concluyó que a ‘Iván Márquez’ no se le está imponiendo una forma de responsabilidad objetiva por haber integrado la cúpula de las Farc en ese momento, sino que se demostró que fue determinador de estos hechos, pues dio la orden directa a quienes ejecutaron la toma, para que materializaran la intervención armada.”.