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Urgente: Corte Constitucional dio fuerte golpe a Gustavo Petro; le tumbó cinco de los 11 decretos de la emergencia económica de La Guajira
Según el alto tribunal, estos asuntos debían tramitarse en el Congreso de la República. Igualmente, se hizo un fuerte cuestionamiento a los alcances de la figura del “estado de emergencia” que utilizó el Gobierno.
La Sala Plena de la Corte Constitucional le dio este jueves un duro golpe al presidente Gustavo Petro: tumbó cinco de los 11 decretos que había expedido en el marco de la declaratoria de emergencia económica, social y ambiental para esa región, que no fue avalada por el alto tribunal.
Los decretos que se caen por haber sido considerados inconstitucionales son: la reforma estructural a la salud en La Guajira; el decreto para recuperar las salinas marítimas de Manaure, uno más que buscaba adoptar medidas para el uso del espectro radioeléctrico, la iniciativa para proteger la riqueza cultural del pueblo Wayúu y el decreto que habilitaba la creación de una institución de educación superior indígena propia del pueblo Wayúu.
Según el alto tribunal, estos asuntos debían tramitarse en el Congreso de la República. Igualmente, se hizo un fuerte cuestionamiento a los alcances de la figura del “estado de emergencia” que utilizó el Gobierno.
La Corte se encuentra estudiando uno a uno los decretos que fueron expedidos en el marco de la declaratoria de emergencia y determinó que solo quedarían vigentes aquellos relacionados con agua potable y saneamiento básico.
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La declaratoria de emergencia económica en La Guajira no va
El pasado 2 de octubre, la Sala Plena declaró inexequible el decreto emitido el pasado 2 de julio por el presidente Gustavo Petro, por medio del cual fijó el estado de emergencia económica, social y ecológica en el departamento de La Guajira.
A juicio de a Corte, ni la declaratoria de emergencia ni los decretos que le siguieron eran necesarios, pues el Gobierno tenía otros mecanismos y facultades para enfrentar la situación en La Guajira. Entre estas se encontraba la posibilidad de incluir acciones en el Plan Nacional de Desarrollo o enviar el caso al Congreso con una alerta de urgencia para que se acelerara el trámite.
Pese a que se reconoce la crisis histórica que ha vivido el departamento de La Guajira y la falta de soluciones, la Corte considera que la emisión del decreto no era justificable. “La gravedad de la crisis climática y la necesidad de actuar de manera decidida para afrontarla, no puede allanar el camino al estado de excepción, que debe seguir siendo el último recurso al cual acudir, cuando no existan mecanismos ordinarios o los existentes sean idóneos o insuficientes para conjurar la crisis e impedir la expansión de sus efectos”.
Sin embargo, el alto tribunal -en su extensa y compleja decisión- emitió un efecto diferido frente al punto crucial del acceso al agua potable para la población. Esto quiere decir que este punto no se cae, sino que sigue vigente hasta el 2 de julio de 2024.
El debate al interior de la Corte estuvo marcado por el uso de la figura de “estado de emergencia”, la preocupación por la concentración de poderes en la Rama Ejecutiva y el hecho de que hace seis años ya se había emitido una sentencia para solucionar la grave crisis en el departamento.
Pese a que se reconoce la crisis histórica que ha vivido el departamento de La Guajira y la falta de soluciones, la Corte considera que la emisión del decreto no era justificable. “La gravedad de la crisis climática y la necesidad de actuar de manera decidida para afrontarla, no puede allanar el camino al estado de excepción, que debe seguir siendo el último recurso al cual acudir, cuando no existan mecanismos ordinarios o los existentes sean idóneos o insuficientes para conjurar la crisis e impedir la expansión de sus efectos”.