El Alto Tribunal deberá definir qué jurisdicción le aplica al proceso del expresidente.
El Alto Tribunal deberá definir qué jurisdicción le aplica al proceso del expresidente. | Foto: Montaje Semana

Justicia

Atención: Uribe gana batalla judicial, su caso seguirá en Ley 906. ¿Su libertad es inminente?

Como SEMANA había revelado, los magistrados resolvieron que el caso debe desarrollarse en el sistema acusatorio, tal como lo pidió la defensa del exsenador. La votación fue 19-2. Ahora hay luz verde para la audiencia de solicitud de libertad.

5 de octubre de 2020

La Corte Suprema de Justicia ratificó competencia de la jueza 30 de garantías de Bogotá para resolver solicitud de libertad de defensa del exsenador Álvaro Uribe. El proceso debe continuar por Ley 906 de 2004. Este planteamiento fue el que postuló la jueza, quien sin embargo, para mayores garantías, remitió el asunto a la Sala Plena de la Corte Suprema luego de que fuera impugnada su competencia por parte del adversario de Uribe, el senador Iván Cepeda.

El caso entonces regresará a la jueza de garantías. En el fallo, la Sala Plena señala que no hace ningún pronunciamiento “sobre la etapa en que debe seguir el proceso”. Los magistrados señalan que le corresponde a la jueza hacer la adecuación procesal, esto es, revisar los avances y decisiones tomadas en el caso cuando este se tramitó por la Ley 600 ante la Corte, y señalar el momento procesal en que este debe continuar ahora en el marco de la Ley 906.

La ponencia del magistrado Chaverra decía que todos los avances y decisiones del caso quedaban “a salvo”, pero la Sala Plena eliminó eso y será la jueza de garantías la que adecué el proceso

Asuntos como el de la petición de libertad que plantea la defensa de Uribe “le corresponden resolverlos al juez competente”, dice el fallo de la Sala Plena. Así mismo, será asunto de la jueza de garantías determinar qué elementos, evidencias y testimonios practicados por la Sala de Instrucción mantiene vigencia y cuáles no.

La decisión implica un triunfo relativo para Uribe. Efectivamente, el expresidente a través de sus abogados solicitó que el caso se continuara desarrollando en el marco del sistema penal acusatorio (Ley 906), tal como ahora lo ratifica la Corte.

Sin embargo, la defensa de Uribe esperaba que tal decisión también implicara de facto que la medida de aseguramiento se cayera en virtud de que el sistema acusatorio señala que para que alguien sea objeto de detención, se requiere imputación previa, y ese paso no se agotó con Uribe. El expresidente fue castigado con casa por cárcel –hace dos meses– cuando la Sala de Instrucción le definió situación jurídica. Ante eso Uribe renunció al Senado y el expediente en consecuencia pasó a la Fiscalía.

Lo que sigue ahora es que la Sala Plena retorne el expediente a la jueza 30 con la providencia que acaban de proferir los miembros de la Corte Suprema. Los magistrados votaron una ponencia presentada por el magistrado Gerson Chaverra Castro. La ponencia de este togado, en su resuelve décimo señalaba que todos los avances y decisiones tomadas originalmente por la Sala de Instrucción cuando estaba a cargo del caso quedaban “a salvo”, es decir que nada podrá ser revaluado. Sin embargo, este lunes los magistrados de la Sala Plena resolvieron eliminar ese punto y en cambio le señalan a la jueza que le corresponde a ella, atendiendo a la ley y la jurisprudencia, hacer la adecuación del proceso. Eso significa que la jueza tienen la potestad para tomar las decisiones clave del caso de Uribe.

Ahora será la jueza de garantías la que deberá escuchar los argumentos en favor y en contra de que se revise la medida de detención y tome una decisión final. Lo mismo ocurrirá con cada uno de los elementos que obran en el expediente. Será la jueza la que establezca qué evidencias seguirán teniendo validez en el proceso y cuáles no.

Dos togados integrantes de la Sala Plena se apartaron la postura mayoritaria: Jaime Moreno y Gerardo Botero. Sin embargo, no se conoce aún cuál fue la postura exacta de estos dos juristas.

Una vez el expediente retorne a la jueza de garantías, esta podrá, al fin, dar inicio a la audiencia de solicitud de libertad requerida por los abogados de Uribe. Esa diligencia ha estado en el limbo pues cuando se instaló apareció la impugnación a la competencia de la jueza y el caso se fue a la Corte. Los abogados de Uribe en los próximos días podrán argumentar por qué creen que la orden de detención debe ser revaluada. Será la jueza de garantías la que tome la decisión final luego de escuchar a todas las partes.