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Luz Adriana Camargo Garzón, Ángela María Buitrago Ruiz y Amelia Pérez Parra.
Luz Adriana Camargo Garzón, Ángela María Buitrago Ruiz y Amelia Pérez Parra. | Foto: Revista Semana

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Vía libre a la terna para fiscal del presidente Petro, Corte Suprema la validó pese al cambio de una de las candidatas

La sala plena del Alto Tribunal determinó que el presidente puede modificar la terna antes de que se inicie el estudio de las hojas de vida de las postuladas.

Redacción Semana
12 de octubre de 2023

La Corte Suprema de Justicia le dio el visto bueno al cambio que fue realizado a la terna que presentó el presidente Gustavo Petro para elegir a la próxima fiscal general de la Nación.

En sala plena el alto tribunal determinó que el presidente de la República tiene la potestad de modificar la terna si lo considere necesario, siempre y cuando no se haya iniciado el proceso de selección al interior de la Corte, que arranca con la revisión de las hojas de vida de las aspirantes al cargo.

Los cambios en la terna

Sorpresivamente, el presidente Petro modificó hace un par de semanas la terna que había enviado a la Corte y que había defendido a capa y espada. Petro sacó a la exfiscal Amparo Cerón y añadió a la exmagistrada Luz Adriana Camargo, quien ha trabajado durante dos décadas de la mano con Iván Velásquez, el actual ministro de Defensa.

En la carta en la que el presidente notifica a la Corte del cambio señala que las ternadas “cumplen a cabalidad los requisitos constitucionales exigidos por el artículo 240 de la Constitución Política para ocupar dicho cargo”.

Con ese argumento, la nueva terna quedó conformada por las juristas Luz Adriana Camargo Garzón, Ángela María Buitrago Ruiz y Amelia Pérez Parra, y salió de esta la exfiscal del caso Odebredcht, Amparo Cerón, quien incluso presentó una carta ante el Alto Tribunal en la que advertía que nunca había renunciado a su postulación por lo que consideraba que debía seguir como candidata.

De inmediato, se planteó la pregunta de si el presidente podía hacer este cambio de un momento a otro. La incógnita aumentó cuando la exfiscal Cerón le envió una carta a la Corte Suprema asegurando que ella, en ningún momento y bajo ninguna consulta, había renunciado a ser parte de la terna.

El concepto clave

Para dirimir esta discusión existía el precedente de cuando el entonces presidente Álvaro Uribe Vélez presentó a sus tres postulados ante la Corte Suprema de Justicia y el Alto Tribunal se negó a nombrar el que sería el reemplazo de Mario Iguarán.

La Corte aplazó la elección del nuevo fiscal en repetidas ocasiones, por lo que la Fiscalía estuvo durante año y medio en cabeza de Guillermo Mendoza Diago, quien era el vicefiscal. Al llegar el expresidente Juan Manuel Santos, se mantenía la duda de si el nuevo mandatario podía presentar sus propios candidatos, y fue la sala de consulta del Consejo de Estado la que resolvió el asunto.

Para el Consejo de Estado es claro que las ternas pueden modificarse pues su conformación es un “mero trámite” y, por lo tanto, no existen derechos adquiridos por parte de quienes apenas tienen una expectativa de ser elegidos para el cargo.

“Todos los actos precedentes al acto de elección, en general, han sido calificados por la doctrina y la jurisprudencia como previos o de mero trámite, porque su función no es la de constituir o declarar situaciones jurídicas individuales, sino la de impulsar la actuación hacia una meta que implica conclusión de todas las decisiones y trámites que le sirven de antecedente”, conceptuó el consejero ponente Enrique José Arboleda el 28 de octubre de 2010.

“En su condición de candidatos, apenas tienen una expectativa de ser elegidos para el cargo de Fiscal y, por consiguiente, no tienen derecho adquirido al cargo ni a permanecer en su condición de candidato, puesto que este último extremo pertenece al ámbito de las competencias constitucionales del presidente de la República para proponer candidatos a la Fiscalía. La mera expectativa, por no consistir en un derecho consolidado, impide afirmar la existencia de un derecho adquirido y la nominación es, por consiguiente, revocable”, agrega el concepto.

La nueva discusión

Resuelto el asunto de la modificación de la terna, ahora la nueva discusión gira en torno al hecho de que la misma esté conformada únicamente por mujeres. En manos del Consejo de Estado está la decisión de fondo sobre una tutela presentada por el magistrado de la Corte Suprema Gerardo Botero, quien pide devolver la terna por violar el principio de igualdad y equidad de género.

A juicio del magistrado, “se incurrió, por parte del señor presidente de la República, en una flagrante y ostensible violación, no solo de nuestro ordenamiento jurídico (la Constitución y la ley), sino, además, de normativas internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad que protegen y salvaguardan la equidad e igualdad de género. De ahí que le solicite a la plenaria de la Corte que se accediera a la referida petición y, en consecuencia, se dispusiera la devolución de la terna al señor presidente de la República”.

Gustavo Petro / Magistrado Gerardo Botero
Gustavo Petro / Magistrado Gerardo Botero | Foto: Juan Carlos Sierra / Corte Suprema de Justicia

El magistrado también argumenta en la tutela que, como elector del o la próxima fiscal general, se está violando su derecho al voto, “en tanto no se me estaba permitiendo escoger entre los distintos géneros existentes, pues una lista integrada por solo mujeres limitaba mi posibilidad de escoger entre la diversidad de géneros, para finalmente direccionar la elección en forma obligatoria e inexorable en una persona del sexo femenino”.

En su acción de tutela, el magistrado pide que suspenda el proceso que se adelanta en la Corte Suprema de Justicia para la elección del fiscal hasta tanto no se resuelva su solicitud.

Aunque el Consejo de Estado rechazó este jueves la tutela por considerar que no se explicaron las razones por las cuales el magistrado considera que la decisión de la Corte Suprema de validar la terna viola derechos fundamentales, le dio tres días para presentar nuevamente sus argumentos, por lo que aún no hay una decisión definitiva.