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Voces a favor y en contra de la libertad concedida al excongresista Arturo Char por vencimiento de términos

La decisión la tomó en el Juzgado Sexto Penal Municipal con función de control de Garantías de Santa Marta, que estudió un habeas corpus presentado por la defensa de Char.

Redacción Nación
8 de enero de 2024
Arturo Char. Fotos Cortesía Senado.
Arturo Char. Fotos Cortesía Senado. | Foto: Cortesía Senado de la República de Colombia

La decisión del Juzgado Sexto Penal Municipal con función de control de garantías de Santa Marta, de ordenar la libertad inmediata del excongresista Arturo Char, causó revuelo en Colombia, donde desde diferentes sectores se pronunciaron sobre el tema.

La orden del juez del caso, Carlos Humberto Coy Domínguez, se dio tras el estudio de una acción constitucional de Habeas Corpus, que presentó la defensa del exsenador, quien es investigado por los presuntos delitos de concierto para delinquir agravado y corrupción al sufragante.

El abogado Iván Cancino fue el encargado de presentar este domingo, 7 de enero, el nuevo recurso legal con el que buscaba la libertad del exsenador, quien es investigado por la Corte Suprema de Justicia por la comisión de los dos delitos.

El jurista utilizó la solicitud de habeas corpus, pues estaba seguro de que había un vencimiento de términos. Este señaló que ya han pasado más de 120 días sin que se mueva el proceso. Es decir, sin que este haya sido acusado. Por esa razón pidió una preclusión del caso, que que hoy lo deja en libertad.

El abogado Miguel Ángel del Río fue uno de los primeros en pronunciarse en contra de recurso legal y le pidió, en un principio, al Juez Sexto de Santa Marta que decretara la improcedencia de la solicitud de Char, ya que no existe una prolongación ilícita de la privación de la libertad. Además, aseguró que el competente para decir es la Corte. “Podría el Juez estar prevaricando”.

   Arturo Char. Tiene indagación preliminar por el escándalo de la ‘Casa Blanca’.
Arturo Char. Tiene indagación preliminar por el escándalo de la ‘Casa Blanca’. | Foto: Archivo Particular.

Agregó, antes de que se conociera la decisión: “Penoso todo lo que está pasando en esta solicitud de Habeas Corpus del señor Arturo Char: una Magistrada con un evidente impedimento y una Procuraduría amiga. Todos saben que no hay prolongación ilícita de la privación de la libertad ni el juez es el competente para definirlo”.

Tras conocer la decisión solo apunto a decir, de manera sarcástica: “Arturo Char en libertad. Finjamos asombro!”.

Sin embargo, el columnista David Ghitis se manifestó a favor de la decisión del Juzgado y señaló que “la justicia no se debe dejar permear por la política”. Además, agregó: “El juez le concede a Arturo Char la libertad de acuerdo a lo que dice la ley y la constitución. El Hábeas Corpus es un derecho fundamental”.

Ghitis, en otra publicación en sus redes sociales destacó que “la ley 1095 de 2006 reglamenta el Hábeas Corpus y lo define de la siguiente manera”: “El Hábeas Corpus es un derecho fundamental y, a la vez, una acción constitucional que tutela la libertad personal cuando alguien es privado de la libertad con violación de las garantías constitucionales o legales, o esta se prolongue ilegalmente. Esta acción únicamente podrá invocarse o incoarse por una sola vez y para su decisión se aplicará el principio pro homine. El Hábeas Corpus no se suspenderá, aun en los Estados de Excepción”.

A las reacciones también se sumó el exsenador del Partido Verde Antonio Sanguino, quien aseguró: “Hay de qué sorprenderse si Magistrada Cristina Lombana y un oscuro juez de Santa Marta ordenan libertad de Arturo Char ?? Así opera la justicia en las monarquías tropicales”.

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