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Comunidades wayuu bloquean vía que comunica a Santa Marta con Riohacha
El bloqueo estaría afectando a varios turistas, toda vez que dificulta el acceso a uno de los balnearios más visitados de la región.
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Desde tempranas horas de la mañana permanece bloqueada la Troncal del Caribe, una importante vía que comunica a Santa Marta con Riohacha.
Al parecer, quienes están obstruyendo el paso por el corredor vial pertenecen a comunidades wayuu que decidieron impedir el tránsito de vehículos a manera de protesta porque, supuestamente, están en desacuerdo con el proceso que se surte para seleccionar al administrador del Programa de Alimentación Escolar (PAE) y transporte escolar en el municipio de Manaure, La Guajira.
En ese sentido, líderes wayuu se declararon en asamblea permanente e instalaron sillas y vehículos para impedir el tránsito por el kilómetro 5, jurisdicción de Manaure.
De acuerdo con algunos medios locales, el bloqueo está afectando a varios turistas, toda vez que dificulta el acceso a uno de los balnearios más visitados de la región: la playa de Mayapo.
Algunos manifestantes también están solicitando la cancelación de los dineros correspondientes a los contratos de educación, celebrados con la secretaría departamental, pero, supuestamente, no han obtenido respuesta.
Tumban decreto para La Guajira
Otro golpe recibió, por parte de la Corte Constitucional, el decreto emitido el pasado 2 de julio por el presidente Gustavo Petro, por medio del cual se fijó el estado de emergencia económica, social y ecológica en el departamento de La Guajira.
La Sala Plena del alto tribunal tumbó el decreto que creaba una transferencia para atender a las familias con niños y niñas de la primera infancia, así como a madres gestantes que se encontraban en estado de desnutrición o en grave riesgo inminente de estarlo.
En el análisis jurídico, la Sala Plena verificó la absoluta ausencia de conexidad externa entre el decreto matriz de la emergencia económica, social y ecológica y el decreto examinado, “en cuanto a la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua, que, de haberse comprobado, habría dado lugar al diferimiento de sus efectos siempre y cuando cumpliera con todos los demás requisitos materiales y formales que condicionaban su validez”.
Mediante la Sentencia C-383 de 2023, la Corte Constitucional resolvió declarar la inexequibilidad de este aparte del Decreto Legislativo 1272 de 2023, con efectos diferidos “respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua”.
En la compleja decisión se indica que tras tumbar el decreto se fijaron efectos retroactivos generales, salvo en cuanto a las transferencias no condicionadas que hubieren sido efectivamente entregadas a la fecha de la sentencia, que salvaguardó por razones de seguridad jurídica y por el derecho a la confianza legítima en cabeza de sus receptores.
En esta decisión salvaron su voto los magistrados Natalia Ángel Cabo y Juan Carlos Cortés González; igualmente, aclararon su voto los magistrados Diana Fajardo Rivera y Alejandro Linares Cantillo.
Esta decisión se suma al fallo que tumbó el artículo tercero del denominado “decreto madre”, que fijaba una sobretasa de mil pesos en las facturas de servicio público de energía eléctrica para los estratos 4, 5 y 6, y que iba a ser cobrada por seis meses.
El mencionado “Aporte Departamento de La Guajira” también fijaba un aporte de cinco mil pesos por factura para los estratos comerciales e industriales. En este sentido, se estimó que el mencionado impuesto “no está relacionado con la prestación del servicio de agua o el saneamiento básico, y su existencia en el ordenamiento jurídico, aunque haya sido temporal, compromete intensamente el principio democrático y el principio de legalidad de los tributos”.