Nación
El gobernador de Sucre, Héctor Olimpo Espinosa, seguirá confrontando al partido Cambio Radical: apelará la decisión de un juez que ordenó designar alcalde en Sincelejo
Espinosa dio a conocer que respetará la decisión final del juez, pero apelará la decisión por dos razones.
Continúa la disputa jurídica entre el partido Cambio Radical y el gobernador de Sucre, tras la destitución del alcalde de Sincelejo, Andrés Gómez, por doble militancia.
Aunque un juez le dio plazo de 48 horas al mandatario departamental para que eligiera a un nuevo alcalde, de una terna que le envió desde hace varias semanas Cambio Radical, Olimpo Espinosa dio a conocer que apelará la decisión.
Resulta que Gómez fue apoyado por los partidos Cambio Radical, Partido de la U, Conservador y Centro Democrático, quienes se unieron en 2019 para impulsar su candidatura a la Alcaldía de Sincelejo.
No obstante, el Tribunal Administrativo de Sucre explicó que, en aquel entonces, Andrés Gómez apoyó a Yahir Acuña Cardales, quien se lanzó a la administración departamental por un partido diferente a los antes mencionados, en vez de comprometerse con la candidatura de Eduardo Pérez, quien fue apoyado por la misma colectividad que respaldó a Gómez. Por esa razón, el Tribunal ratificó que el mandatario saliente incurrió en doble militancia.
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Pues bien, tras su destitución, la instancia jurídica notificó que el nuevo alcalde deberá ser escogido a partir de una terna propuesta por los partidos Cambio Radical, Centro Democrático y el partido Conservador.
El lío jurídico de ahora se fundamenta en que, según Cambio Radical, hace rato envió la terna y el gobernador, Héctor Olimpo Espinosa, se ha demorado en designar al alcalde. La colectividad instauró una tutela en contra del mandatario y el juez segundo civil de Sincelejo le dio 48 horas para escoger al nuevo alcalde.
Sin embargo, Espinosa dio a conocer que apelará la decisión del juez por las siguientes dos razones:
1. “El acuerdo de Coalición que existió en su momento entre los partidos reza que El Partido Cambio Radical deberá consultar a los Partidos de la U, Consevador y Centro Democrático para conformar la terna. Hasta el momento no se evidencia que Cambio Radical haya acatado este mandato”.
2. “Estamos convencidos jurídicamente que los ternados deben ser domiciliados en la ciudad de Sincelejo por ser este un requisito legal para ser Alcalde de la ciudad y no se evidencia en los ternados por Cambio Radical que cumplan este requisito. Es decir, insistimos en que quien sea nombrado alcalde debe ser de Sincelejo”.
“Esperamos que la segunda instancia valore nuestros argumentos y nos de la razón”, indicó el gobernador.
Desde agosto que se conoció la decisión del tribunal, el gobernador Espinosa no ha procedido a designar al nuevo alcalde que termine el periodo.
El juez, en su sentencia, recordó:
“Cuando se presente falta absoluta a más de dieciocho (18) meses de la terminación del periodo, se elegirá al Alcalde para el periodo que reste, en el caso de que faltare menos de dieciocho (18) meses, el Gobernador designará un Alcalde para lo que reste del periodo, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el Alcalde elegido; que conforme a la disposición constitucional, ante las faltas absolutas del alcalde se debe observar si la misma es por un tiempo superior o inferior a los dieciocho (18) meses” (sic).
Y añade: “Infiere la Judicatura que el término o plazo con que contaba el Gobernador del Departamento de Sucre para pronunciarse positiva o negativamente en lo relativo a la designación de uno de los ternados como Alcalde Municipal de Sincelejo, ha fenecido. Teniendo en cuenta que el Partido Cambio Radical remitió la terna al Gobernador del Departamento de Sucre, se resalta el día 17/08/2023, los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la solicitud requiriendo la terna por el Gobernador culminaron el día 29/08/2023″.