NACIÓN
Este es el descuento en el impuesto vehicular en Atlántico si paga hasta el 30 de abril
El impuesto vehicular tiene un 70 % de descuento en intereses y sanciones hasta el 30 de abril, para las vigencias 2022 y anteriores.
Las autoridades departamentales en Atlántico anunciaron una serie de descuentos para el pago del impuesto vehicular de la vigencia del 2022 y años anteriores para los ciudadanos que aún no hayan cumplido con su obligación.
Se trata de descuentos del 50 % y hasta del 70 % para quienes decidan ponerse al día con el pago del impuesto hasta ciertas fechas.
“La Gobernación del Atlántico invita a los contribuyentes del departamento a que se pongan al día con el impuesto vehicular y el derecho de tránsito y se acojan a los descuentos que actualmente están vigentes”, dijeron desde la gobernación.
El secretario de Hacienda del departamento, Juan Camilo Jácome, explicó que existe un descuento del 70 % en intereses y sanciones para las vigencias 2022 y anteriores, pagando hasta el 30 de abril.
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Asimismo, añadió que para los contribuyentes que no alcancen a pagar en el mes de abril los descuentos irán disminuyendo; es decir, quienes paguen en mayo tendrán un descuento en intereses y sanciones del 60 %, mientras que para quienes paguen en junio será del 50 %.
“Es importante que la ciudadanía tenga presente que gracias a su contribución la administración departamental ha financiado obras y ha destinado recursos para la transformación que hoy en día viven los municipios del departamento en materia de educación, salud, recreación, deporte y servicios públicos”, manifestó el funcionario.
Los interesados en ponerse al día con los pagos del impuesto vehicular lo podrán realizar por PSE, a través de la página web www.atlantico.gov.co, en cualquier oficina del Banco de Occidente, en los corresponsales bancarios: cajeros del Grupo Éxito, Puntos Red, SuRed, Efecty o a través de los 200 cajeros automáticos de la Red Aval en el departamento.
Descuento en intereses de mora en Derechos de Tránsito
De igual forma, Tránsito del Atlántico invita a sus usuarios a aprovechar el descuento del 50 % en los intereses de mora en la tasa vehicular o derechos de tránsito, pagando las vigencias anteriores a 2023.
La directora de la institución, Susana Cadavid, informó que están habilitadas las plataformas digitales para hacer uso del beneficio.
“Las ventanillas de pago en nuestras sedes están disponibles, pero también tenemos para nuestros usuarios la opción de pago en línea, a través del botón PSE en nuestra página www.transitodelatlantico.gov.co, desde además podrán descargar el volante de pago con el descuento aplicado, para cancelar en su sucursal Davivienda de preferencia”, explicó la directora, quien añadió que el descuento en los intereses de mora aplica para pagos antes del 30 de junio.
La funcionaria agregó que este descuento aplica también para acuerdos de pago que se suscriban antes del 15 de mayo del presente año, para las vigencias anteriores a 2023.
Calendario de la Dian
El lunes 10 de abril arrancó el plazo para que los grandes contribuyentes paguen la segunda cuota del impuesto de renta. Para hacerlo, tendrán que revisar el último número del NIT y así conocerán el día que les corresponde hacer el pago, el cual será entre el 10 y 21 de abril.
Así mismo, el 10 de abril comienza el plazo para que las personas jurídicas presenten el impuesto de renta y el complementario el cual se puede cancelar en dos cuotas.
Para la primera cuota se tendrán en cuenta los dos últimos números del NIT, mientras que para el pago de la segunda contribución, los días para cumplir con la obligación se asignarán únicamente con el último dígito del Número de Identificación Tributaria del contribuyente.
De igual forma, este 10 de abril arrancó el plazo para presentar las declaraciones anuales de activos en el exterior, compromiso que no se debe dejar pasar y que al igual que los otros impuestos o declaraciones, si no se deja al día, puede implicar jugosas multas.
Los vencimientos para el pago de la segunda cuota serán entre el 7 y el 20 de septiembre de 2023, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.
En cuanto a las personas naturales y jurídicas que pertenezcan al Régimen Simple de Tributación (Simple) que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 607 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 63 de la Ley 2277 de 2022, deberán presentar la declaración de activos en el exterior correspondiente al año gravable 2023 entre el 10 y el 21 de abril de 2023, de acuerdo con el último dígito del NIT.
En cambio, los contribuyentes responsables del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso tendrán la obligación de presentar la declaración y realizar el pago con una periodicidad anual, de acuerdo con el último dígito del NIT.