ATLÁNTICO

“La decisión de Superintendencia no está en firme”: Tránsito Barranquilla asegura que fotomultas siguen funcionando

La Secretaría de Tránsito respondió a la sanción de Supertransporte sobre el funcionamiento de las cámaras de fotodetección.

12 de mayo de 2022
Las ayudas tecnológicas siguen en funcionamiento en Barranquilla.
Las ayudas tecnológicas siguen en funcionamiento en Barranquilla. | Foto: TránsitoBaq

Ante la decisión emitida por la Superintendencia de Transporte, en la que se ordena a la Secretaría de Tránsito de Barranquilla suspender el funcionamiento de las cámaras de fotodetección o SAST que se encuentran ubicadas en algunos puntos de su jurisdicción, hasta que estas cumplan con las disposiciones técnicas establecidas por la normatividad vigente, la dependencia distrital señaló que las fotomultas seguirán operando en la ciudad.

“Aclaramos que la sanción de primera instancia hace referencia única y exclusivamente a “un cargo único que suspende las ayudas tecnológicas usadas en las inmediaciones de la calle 82- 42 F hasta tanto se cumplan con los criterios técnicos definidos”, lugar en el que no existe y nunca ha existido un SAST en funcionamiento, situación que fue aclarada en el escrito de los recursos interpuestos”, informó la Secretaría.

Según lo estipulado por la Supertransporte, entre los meses de agosto y octubre de 2020 se reportaron denuncias ciudadanas en las que se informaban que la Secretaría de Tránsito Distrital de Barranquilla impuso órdenes de comparendo por infracciones de tránsito detectadas a través de SAST instalados y/u operados sin la autorización emitida por parte de la autoridad competente.

A pesar del fallo adoptado por la entidad de orden nacional, la cartera de tránsito del Distrito afirma que “esta obedece a la investigación administrativa que se inició contra la entidad mediante Resolución No. 2098 del 18 de marzo del 2021, la cual fue fallada en primera instancia mediante Resolución No. 971 de 01 de abril de 2022 y dentro del término legal presentamos Recurso de Reposición y en Subsidio Apelación, por lo que la decisión no está en firme”; en ese sentido, la suspensión del funcionamiento de las cámaras fotodetectoras no se realizará, al menos, por el momento.

Sancionan a autoridades de tránsito de Magdalena y Barranquilla por fallas en fotomultas

La Superintendencia de Transporte anunció este miércoles 11 de mayo dos nuevas sanciones, a diferentes autoridades de tránsito en el país, por irregularidades en la operación de varias cámaras de fotodetección y ordenó la suspensión inmediata de las mismas, hasta que no se subsanen los errores encontrados.

Las entidades requeridas en esta ocasión fueron la Secretaría de Tránsito de Barranquilla y la Oficina de Tránsito y Transporte del departamento del Magdalena, por incumplir los requerimientos técnicos para el funcionamiento de estos sistemas de detección de violaciones al Código Nacional de Tránsito.

Según la SuperTransporte, la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla, así como la Oficina de Tránsito y Transporte de Magdalena, solo se podrán poner en funcionamiento las cámaras de fotodetección ubicadas en algunos puntos de sus jurisdicciones hasta que cumplan las disposiciones técnicas establecidas por la normatividad vigente.

El superintendente, Wilmer Salazar, explicó que esta suspensión se dio tras atender varias denuncias de la comunidad que derivaron en investigaciones de ese ente de control. Tras las pesquisas, se evidenciaron serios incumplimientos a los requisitos técnicos y las disposiciones legales para la instalación y operación de los sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones.

“La Superintendencia de Transporte recibió, entre agosto y octubre de 2020, denuncias de diferentes ciudadanos, quienes afirmaban que la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla impuso órdenes de comparendo por infracciones de tránsito detectadas a través de SAST instalados y/u operados sin la autorización emitida por parte de la autoridad competente”, dijo el funcionario para el caso de la capital del Atlántico.

Así mismo, en lo que respecta al departamento de Magdalena, la SuperTransporte explicó que las denuncias fueron de junio de 2019 y en ellas se avisaba de cámaras que operaban sin la respectiva señalización.

“Una vez hecho el análisis de tres puntos de la Troncal Caribe en Pueblo Viejo y Sitionuevo, en el Magdalena, la SuperTransporte pudo constatar que no cumplen con los requerimientos mínimos, toda vez que las señales no están ubicadas con una antelación de 500 metros de distancia de los dispositivos de detección electrónica, sino que fueron instaladas a una distancia mayor”, agregó esta entidad.

Como resultado, la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla fue sancionada con la suspensión de las ayudas tecnológicas usadas en las inmediaciones de la calle 82 - 42F, hasta tanto se cumplan los criterios técnicos, particularmente contar con autorización de la autoridad competente, como son el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Entre tanto, la Dirección de Investigaciones de Tránsito de Transporte Terrestre le ordenó a la Oficina de Tránsito y Transporte de Magdalena suspender las ayudas tecnológicas mencionadas hasta tanto se cumplan los criterios técnicos definidos para una correcta señalización.

La Supertransporte también formuló cargos en contra de los Organismos de Tránsito de Envigado, Arjona, Cartago y Aguachica, presuntamente, por instalar y operar estos sistemas de fotodetección en sus jurisdicciones sin autorización de la autoridad competente o sin la ubicación de la señalización por cuenta de la cual se advierte de su ubicación. No obstante, estos procesos fueron archivados por no hallarse ninguna irregularidad.

Esta autoridad advirtió que, bajo ninguna circunstancia, los entes territoriales pueden operar cámaras de fotomultas en sus jurisdicciones sin su autorización. Mucho menos, sin el cumplimiento de requerimientos básicos como la debida señalización que indique la existencia de los mismos, advirtiendo que estos son sistemas con una finalidad disuasiva, más allá de su carácter sancionatorio.

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