Bogotá
Ahora se puede realizar de manera virtual el trámite para sacar el vehículo de los patios en Bogotá. Este es el paso a paso
Actualmente hay 11.103 vehículos inmovilizados en los patios de la capital del país.
La Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) anunció que ahora las personas pueden realizar de manera virtual el trámite de salida de un vehículo inmovilizado y que se encuentra en los patios de Bogotá, ahorrando tiempo al ya no tener que acudir de manera presencial.
El trámite lo pueden realizar las personas que tengan su vehículo particular inmovilizado por las siguientes infracciones:
- B01: Conducir sin licencia de conducción.
- C14: transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente (pico y placa).
- D02: conducir sin portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, ordenado por la Ley.
- H02: conductor que no porte la licencia de tránsito.
- D03: Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
- D04: No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.
- D05: Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
- D06: Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel.
- D07: Conducir realizando maniobras altamente peligrosas.
“Queremos extenderle una invitación a los ciudadanos, que por alguna situación cometieron una infracción de tránsito y deban hacer la salida de patios de su vehículo, que pueden hacerlo a través de la página web de la Ventanilla Única de Servicios: www.ventanillamovilidad.com.co, allí podrán revisar todas las posibilidades y todas las infracciones que pueden adelantar este trámite de manera virtual”, aseguró Adriana Iza, subsecretaría de Servicios a la Ciudadanía.
¿Quién debe realizar el trámite y qué documentos deben tener en cuenta?
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Este trámite solo lo puede realizar la persona autorizada para retirar el vehículo del patio y deber aportar la siguiente documentación:
- Cédula de ciudadanía, Tarjeta de identidad, Cédula de extranjería, Pasaporte (No importa fecha de vigencia), certificado de existencia y representación legal (en caso de persona jurídica máx. 3 meses de expedido), contraseña certificada por la Registraduría.
- Licencia de tránsito.
- Licencia de conducción del ciudadano que retirará el vehícu de patios.
- SOAT vigente incorporado en el RUNT.
Top 5 de las infracciones con inmovilización en Bogotá
- C02. Estacionar en sitios prohibidos.
- C35. No realizar la revisión técnico-mecánica en el plazo legal establecido o cuando el vehículo no se encuentre en adecuadas condiciones técnico-mecánicas o de emisiones contaminantes, aun cuando porte los certificados correspondientes, además el vehículo será inmovilizado.
- C14. Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente.
- D02. Conducir sin portar los seguros obligatorios de accidente de tránsito, ordenado por la ley.
- D12. Conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito.
Subasta de vehículos abandonados
En la subasta sólo pudieron participar las empresas dedicadas a actividades relacionadas con la fundición, la metalurgia, la siderurgia o comercializadores internacionales que exporten para fundidoras, habilitadas por el Ministerio de Transporte.
Facultada por la Ley 1730 de 2014, la Secretaría Distrital de Movilidad abre subastas desde 2018, con el propósito de descongestionar los patios de Bogotá y procurar un mejor ambiente para la ciudadanía.
Para declarar un vehículo en abandono y poderlo subastar, la Secretaría Distrital de Movilidad publica en un periódico de amplia circulación el listado correspondiente a los vehículos inmovilizados, con permanencia mínima de un año y que no han sido reclamados por los propietarios o poseedores.
Así se da la oportunidad, tal como lo establece la Ley 1730, para que el propietario y/o poseedor del vehículo se presente a subsanar la causa que dio lugar a la inmovilización y, a su vez, cancele lo adeudado por concepto de servicios de parqueadero y grúa, a fin de lograr la autorización de entrega del vehículo.