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¿Pasarse el semáforo en amarillo da multa? Esta y otras dudas sobre las sanciones que tal vez no conocía

El Código Nacional de Tránsito establece una serie de reglas y sanciones para quienes infrinjan estas normas

10 de julio de 2023
Con el nuevo sistemas de semáforos de Bogotá los tiempos de viaje en los principales corredores podrán disminuir hasta 30 por ciento.
Con el nuevo sistemas de semáforos de Bogotá los tiempos de viaje en los principales corredores podrán disminuir hasta 30 por ciento. | Foto: Especiales Regionales

En Colombia, el cumplimiento de las normas de tránsito es fundamental para garantizar la seguridad vial y prevenir accidentes en las vías. El Código Nacional de Tránsito establece una serie de reglas y sanciones para quienes infrinjan estas normas, y es importante estar informado sobre ellas para evitar consecuencias desagradables.

Una de las multas más comunes en el país se relaciona con el incumplimiento de los semáforos. No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo puede resultar en una multa considerable. Esta infracción está contemplada en la categoría D04 del Código Nacional de Tránsito y tiene una multa establecida de $1.045.500 para el año 2023. Es importante destacar que, en el caso de las motocicletas, la inmovilización del vehículo puede ser una medida adicional hasta que se pague el valor de la multa.

Si el pago de la multa se realiza entre el sexto y el vigésimo día hábil, el descuento es del 25%. | Foto: Archivo / El País

Es crucial comprender el significado de la luz amarilla en los semáforos. La luz amarilla indica que el cambio a luz roja o verde está próximo. Durante este breve intervalo, es importante tomar decisiones adecuadas para evitar infracciones y situaciones peligrosas. No se debe iniciar la marcha al encontrarse con una luz amarilla, ya que esto puede resultar en colisiones si otros vehículos están cruzando la intersección. Además, no se debe aumentar la velocidad al cambiar a luz amarilla. Se recomienda mantener una velocidad constante o disminuirla para detenerse de manera segura en la luz roja. En las intersecciones, la luz amarilla debe tratarse como una luz roja, a menos que el vehículo ya se encuentre muy cerca de cruzar.

Hora pico en Bogotá, una de las ciudades más congestionadas de América
Hora pico en Bogotá, una de las ciudades más congestionadas de América | Foto: Jeffrey Greenberg/Universal Imag

Además de las infracciones relacionadas con los semáforos, existen otras que pueden desconocerse, pero que también conllevan sanciones. Por ejemplo, conducir un vehículo con calcomanías grandes en los vidrios traseros que obstaculicen la visibilidad puede resultar en una multa por propaganda o publicidad no autorizada. Impartir enseñanza práctica de conducción en vías públicas sin la autorización correspondiente también puede acarrear sanciones económicas. Asimismo, lavar vehículos en vía pública, ríos, canales o quebradas está prohibido y puede resultar en multas. No respetar las normas establecidas para el tránsito de cortejos fúnebres también puede acarrear sanciones.

fumar el país
fumar el país | Foto: dpa/picture alliance via Getty I

El acto de fumar mientras se conduce, ya sea en vehículos de servicio público o privados, también es una infracción según el Código Nacional de Tránsito. La resolución 3027 de 2010 del Ministerio de Transporte establece que los conductores que sean sorprendidos fumando en el interior del vehículo pueden recibir una multa equivalente a 10 salarios mínimos diarios legales vigentes. En caso de provocar un accidente mientras se fuma, la sanción puede aumentar a 100 salarios mínimos diarios legales vigentes, y además se suspende la licencia de conducción. Para los conductores de vehículos de transporte público, se exige la realización de un curso de seguridad vial.

Es importante tener en cuenta que, en Bogotá, existen plazos establecidos para pagar las multas de tránsito con descuento. En el caso de los comparendos impuestos en vía, se otorga un descuento del 50% si se realiza el pago dentro de los 5 días hábiles siguientes a la imposición del comparendo. Si el pago se efectúa entre el sexto y el vigésimo día hábil, el descuento es del 25%. En el caso de los comparendos impuestos por medios electrónicos, se otorga un descuento del 50% si el pago se hace dentro de los 11 días hábiles siguientes a la notificación del comparendo. Si el pago se efectúa entre el duodécimo y el vigésimo sexto día hábil, el descuento es del 25%.