Nación

¡Pilas, ciudadanos! El 6 de octubre vence plazo para pagar la tercera cuota del impuesto predial

Quien no haga el pago tendrán que asumir sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.

Redacción Semana
5 de octubre de 2023
El Ministerios calificó el video como falso y precisó que está generando desinformación.
Quien no haga el pago tendrán que asumir sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios | Foto: Getty Images/iStockphoto

La Secretaría de Hacienda recordó a los contribuyentes que se acogieron a la modalidad de pago por cuotas del impuesto predial, vigencia 2022, que el próximo viernes 6 de octubre de 2023 es la fecha límite para declarar y pagar la tercera cuota de este impuesto.

Los contribuyentes tienen tres opciones para obtener el recibo de pago.
El pago por cuotas del impuesto predial 2022, no residencial, se otorgó a los sectores afectados en su economía por la pandemia de COVID-19. | Foto: Alcaldía Bucaramanga

Descargue su cupón y pague por la Oficina Virtual

Ingrese a la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda, allí podrá de manera rápida y segura revisar el valor de la tercera cuota del impuesto predial residencial y no residencial.

A través de las redes sociales, la Secretaría Distrital de Hacienda, hizo un llamado para recordar a los ciudadanos que este viernes se vence el plazo para pagar la tercera cuota.

Aquellos ciudadanos que estén registrados en el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) y no realicen el pago hasta esta fecha deberán pagar intereses de mora para satisfacer sus obligaciones tributarias.

¿A qué corresponde el impuesto predial?

Es el pago que todo propietario, poseedor o quien disfrute del bien debe realizar sobre los bienes inmuebles o predios ubicados en el Distrito Capital.

Creativo Getty
Es el pago que todo propietario, poseedor o quien disfrute del bien debe realizar sobre los bienes inmuebles o predios ubicados en el Distrito Capital. | Foto: Getty Images

¿Cómo se calcula el impuesto predial?

Para liquidar el impuesto Predial, debe tener en cuenta los siguientes elementos:

Avalúo del predio para la vigencia:

La base gravable del impuesto Predial Unificado para cada año será el valor que mediante autoavalúo establezca el contribuyente. Este valor en ningún caso puede ser inferior al avalúo catastral fijado por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital. Para conocer el avalúo catastral del predio, se debe solicitar una certificación catastral o se debe consultar vía web en el portal de la Unidad Administrativa Especial de Catastro desde la sección Catastro en línea.

El pasado 4 de octubre de 2022 la Secretaría Distrital de Hacienda emitió la Resolución SDH-000362 por la cual se ajustan para el año gravable 2023 los rangos del avalúo catastral determinantes de la tarifa del impuesto Predial Unificado.

¿Dónde puede descargar el recibo?

Usted puede ingresar por la Oficina Virtual, con el usuario y contraseña, luego, por “Contribuyente” accede a “Consultas” y “Obligaciones pendientes”. Allí puede consultar el estado de las obligaciones, descargar el recibo oficial de pago y pagar en línea a través de las entidades o corresponsales autorizados.

Impuestos - Billetes colombianos
De acuerdo a la Secretaría de Hacienda, usted puede ingresar a través de la Oficina Virtual, con el usuario y contraseña, por “Contribuyente” en la pestaña “Consultas”, luego, “Certificaciones de pago”, está la opción para que el contribuyente descargue los certificados de los pagos realizados. | Foto: Getty Images/iStockphoto

¿Cómo obtener una certificación de los pagos realizados?

De acuerdo a la Secretaría de Hacienda, usted puede ingresar a través de la Oficina Virtual, con el usuario y contraseña, por “Contribuyente” en la pestaña “Consultas”, luego, “Certificaciones de pago”, está la opción para que el contribuyente descargue los certificados de los pagos realizados.

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