Nación
Secretaría de Salud toma las primeras medidas acerca del viche en Bogotá; estos son los acuerdos
Luego de una mesa de trabajo con los productores de esta bebida, se llegaron a tres conclusiones concretas.
Este viernes, 1 de septiembre, durante la mesa de trabajo sobre el viche en Bogotá, llevada a cabo en la sede de la Secretaría Distrital de Salud, se llegaron a tres conclusiones acerca de la producción y venta de esta bebida ancestral, debido a la polémica una semana atrás por los decomisos de este producto en la capital.
La principal conclusión es que no se continuarán haciendo operativos contra los vendedores de viche, aunque un compromiso de los productores será el de elaborar un índice de las empresas donde se comercializará, para que exista un control sobre ellas. Entretanto, el Distrito y el Gobierno trabajarán en la regulación para el expendio en establecimientos comerciales.
Las conclusiones puntuales fueron:
- El objetivo principal es la protección de las costumbres y tradiciones de la comunidad afrocolombiana y del viche como bebida ancestral, desde la lógica 075 de la producción artesanal (no industrial) que está reconocida en la Ley 2158 de 2021 por la cual se reconoce, impulsa y protege el viche y sus derivados.
- Se realizarán dos mesas de trabajo adicionales lideradas por el Ministerio de Cultura, para implementar la Ley 2158 (‘Ley del Viche’) en conjunto con las comunidades afro del litoral Pacífico, Asobares, Acodres, otros actores y entidades, para asegurar el consumo responsable y sostenible de esta bebida en Bogotá.
- Por parte de la Secretaría Distrital de Salud, se mantendrá la suspensión de operativos en los que se decomise o se imponga medidas sancionatorias relacionadas con el viche, mientras se avanza en el proceso de reglamentación del expendio de esta bebida ancestral en establecimientos comerciales.
“Teniendo en cuenta estas conclusiones, Acodres, Asobares, agremiaciones de bares y restaurantes, retomarán la venta y expendio de viche en sus establecimientos, conforme con los acuerdos establecidos en la mesa de trabajo”, explicó la Secretaría de Salud.
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En la mesa participaron representantes de marcas asociadas con la producción y transformación del viche, representantes de organizaciones sociales y comunidad afro, de la Asociación Colombiana de la Industria Gastronómica (Acodres), la Asociación de Bares de Colombia (Asobares), restaurantes, chefs y cocineros; así como de los Ministerios de Cultura, de Salud y Protección Social, del Invima y de las Secretarías Distritales de Cultura, Desarrollo Económico y Salud, entre otros actores.
La polémica por los operativos contra la venta del viche
En los últimos días, dueños de restaurantes denunciaron, a través de las redes sociales, que funcionarios de la Secretaría de Salud estaban botando el afamado viche (bebida alcohólica ancestral típica del Pacífico) en varios comercios de la capital.
Según la secretaría, “un ciudadano interpuso una denuncia ante la Secretaría, en la cual se informó que ‘en establecimientos de diferentes localidades de la ciudad de Bogotá D. C., se encuentran comercializando bebidas alcohólicas fraudulentas’”.
Ante la situación denunciada, la autoridad en salud “en ejercicio de sus funciones, se hizo el correspondiente seguimiento a través de visitas de inspección, vigilancia y control a los establecimientos, donde se encontraron bebidas alcohólicas comercializadas sin registros sanitarios y con la identificación del lote diligenciado a mano”.
Con este hallazgo, se verificó que están “incumpliendo las especificaciones” que están estipuladas en el Decreto 1686 de 2012: “Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano”; y del Decreto 162 de 2021: “Por medio del cual se modifica el Decreto 1686 de 2012″.
Dicho esto, la entidad “procedió a aplicar una medida sanitaria de seguridad de destrucción, conforme con lo establecido en el artículo 576 de la Ley 9 de 1979, para impedir la posible ocurrencia de un evento en salud pública”.