NACIÓN
Firmante del acuerdo de Paz fue asesinado en la vía Caloto-El Palo, en el Cauca
En lo corrido del año han sido asesinados 38 excombatientes en el país.
El Instituto de estudios para el desarrollo y la paz (Indepaz), denunció que un hombre que estaba en proceso de reincorporación fue asesinado en la vía que conduce del municipio de Caloto al corregimiento El Palo, en el Cauca, por desconocidos en circunstancias que aún se desconocen.
La víctima fue identificada como José Reinel Cano Medina, quien pertenecía a la Cooperativa Multiactiva de Caloto. El crimen se registró este jueves, 1 de diciembre.
Por su parte, la Defensoría del Pueblo emitió la alerta temprana AT 007/21 para los municipios de Caloto y Corinto, en la cual señala que la necesidad de control territorial para los grupos armados ilegales está enfocada en intereses económicos.
“Implica el control sobre la población, afectando el tejido social organizativo, en el norte del Cauca, entre ello, de excombatientes que se encuentran en procesos de reincorporación”, indicó Indepaz.
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Firmante de Acuerdo Asesinado
— INDEPAZ (@Indepaz) December 1, 2022
👥 José Reinel Cano Medina
📆 1/12/22
📍 Caloto, Cauca
➡️ José Reinel Cano Medina era firmante del acuerdo de paz, quien se encontraba actualmente en proceso de reincorporación. Hacía parte de la Cooperativa Multiactiva de Caloto. pic.twitter.com/f7GQvWtcC6
Sostuvo además que en lo corrido de este 2022, han sido asesinados 38 firmantes del acuerdo de paz, mientras que desde el acuerdo, se han reportado 343 homicidios.
Exguerrillera de las Farc no tendrá ni amnistía ni indulto
Yolanda Martínez Motta, más conocida como Yolis, no tendrá ni amnistía ni indulto por su responsabilidad en los hechos que rodearon el atentado terrorista que se presentó en la madrugada del 12 de agosto de 2010, en cercanías al edificio de Caracol Radio, en el nororiente de la capital de la República. Así lo determinó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que rechazó la petición presentada por la exguerrillera del Frente 33 de las Farc.
En el fallo de segunda instancia se rechazaron los argumentos y postulaciones hechas por la defensa de Yolis, quien argumentaba que se habían presentado muchísimos errores en la tasación de la condena por parte de la justicia ordinaria, advirtiendo que ella solamente había conseguido los explosivos que fueron, posteriormente, instalados en un vehículo que estalló sobre la carrera Séptima con calle 67.
“Las pruebas del proceso penal demuestran que la detonación del carro bomba solo causó lesiones físicas y psicológicas a ‘ocho’ personas, además de cuantiosos daños materiales”, manifestó el abogado defensor quien manifestaba que en este caso se debía implementar el beneficio de la amnistía. Este argumento no fue de buen recibo por parte de la JEP, teniendo en cuenta los documentos oficiales.
La Sala de Amnistías e Indultos de la JEP remitió el expediente al caso 10 que hace referencia a los crímenes cometidos por las redes urbanas de la guerrilla de las Farc. En esta instancia, alias Yolis podrá presentar sus respectivos argumentos frente a su participación en este acto terrorista que dejó 40 personas gravemente heridas y daños en varios locales que estaban ubicados en las cercanías de la emisora.
“Si la compareciente tuvo o no una participación determinante en el hecho delictivo ―dado el rol que demostradamente cumplió― es un asunto que sin duda tendrá que ser valorado por la Sala al momento de establecer si puede ser considerada o no una ‘máxima responsable’, pero que no tiene incidencia en esta instancia procesal”, ratifica la JEP al rechazar la petición de amnistía o indulto.
En el intenso análisis de la decisión, la Sala concluyó que, pese a que el atentado se presentó “a tempranas horas de la mañana”, minutos antes de las 5:000 a. m. , y “puede ser indicativo que los responsables del hecho buscaron respetar el principio de precaución, lo cierto es que estuvo dirigido de forma exclusiva e intencional contra bienes de carácter civil”.
Es decir, el grupo guerrillero planeó y ejecutó la explosión de un vehículo, aumentando la afectación y el daño: “Dado el carácter indiscriminado que tuvo en este caso y la capacidad para causar terror entre la población civil”.
Desde que fue detenida, en el 2010, alias Yolis se declaró inocente en estos hechos asegurando que su única labor fue la obtención de los explosivos. Posición que no fue compartida por la justicia que en el 2012 la condenó a 28 años de prisión por los delitos de tentativa de homicidio agravado y terrorismo en calidad de coautora. De acuerdo con la investigación de un fiscal antiterrorismo esas personas consiguieron y suministraron partes o elementos de los explosivos utilizados para consumar el atentado.
Por estos hechos terroristas fueron condenados cinco integrantes de las Farc que participaron tanto en la planeación del atentado como en la instalación del vehículo con explosivos.