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Las parteras del Valle del Cauca y el Chocó manifestaron haber sido abandonadas durante la pandemia del covid-19. | Foto: Jaime Acuña Lezama

VALLE DEL CAUCA

Parteras del Valle y del Chocó celebran decisión de la Corte que reconoce su saber ancestral

La Corte Constitucional dijo que el Ministerio de Salud vulneró los derechos de las parteras y le ordenó al Congreso legislar sobre el tema.

3 de junio de 2022

La importante labor de las parteras del Valle del Cauca y el Chocó estuvo fuera de la lupa institucional durante muchos años. Sin embargo, la reciente decisión Corte Constitucional, a favor de una tutela presentada por parteras de estos departamentos, reconoce y valora su saber ancestral, así como cambia lo que estaba establecido.

Carmen Lerma, partera que reside en Cali y ha atendido más de 80 nacimientos, celebró la decisión del alto tribunal. Señaló que su labor no es como hacen los médicos, que reciben los niños y al día siguiente se van para la casa. En sus palabras, “nosotras como parteras hacemos el debido acompañamiento por un mes y medio, que es la dieta, entonces ahí se crea un lazo de amistad y familiaridad muy grande”.

“Estuvimos abandonadas como parteras en el marco de la covid-19. Este proceso continúa. Les decimos a todas nuestras parteras, parteros y comunidad en general que seguimos cogidos de la mano. Como dice mi mamá: ‘La cultura de un pueblo nadie la va a acabar’”, planteó la Asociación de Parteras Unidas del Pacífico (Asoparupa) en sus redes sociales. Al tiempo, agradeció el apoyo de la Asociación de la Red Interétnica de Parteras y Parteros del Chocó (Asoredipar Chocó).

Entre tanto, el secretario de Asuntos Étnicos del Valle del Cauca, Rigoberto Lasso Balanta, destacó que el gobierno departamental ve con buenos ojos la determinación de la Corte Constitucional. “Hemos venido desarrollando un trabajo importante respecto a la práctica ancestral de la partería, con el proyecto de ‘Fortalecimiento de medidas de bioseguridad de la partería tradicional afrocolombiana’ que permitió cualificar a 50 parteras y brindarles una capacitación y orientación para la conservación de esta práctica”, agregó.

La tutela presentada por Asoparupa y Asoredipar Chocó alegaba una vulneración de los derechos fundamentales y la no discriminación, a la protección de la diversidad étnica y cultural de la nación, al trabajo, al mínimo vital y a la salud.

“Mediante el Decreto 538 del 12 de abril de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social estableció en su artículo 11 un reconocimiento económico temporal al talento humano en salud que ejerce las actividades estipuladas en esa disposición, respecto de la atención al virus de covid-19. Según las actoras, y por disposición de este decreto, las parteras no tienen derecho a percibir el reconocimiento económico aludido (...). Para las accionantes, la exclusión de las parteras de la norma que establece este beneficio las priva de una fuente de ingresos”, expone la tutela.

Tras estudiar las demandas de las parteras, la Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional indicó que es un “deber constitucional y legal integrar la partería, como forma de medicina ancestral, al Sistema General de Seguridad Social en Salud”.

En ese sentido, reconoció que el Ministerio de Salud vulneró los derechos de las parteras al excluirlas de los incentivos económicos y no priorizarlas en el plan de vacunación nacional contra la covid-19.

El fallo de la Corte Constitucional le da seis meses al Ministerio de Salud para que “efectúe el pago del reconocimiento económico temporal consagrado en el Decreto Legislativo 538 de 2020 a las parteras y parteros adscritos a las agremiaciones accionantes”.

El Ministerio de Salud también tendrá seis meses para que adelante una campaña de información entre las personas pertenecientes a las agremiaciones accionantes y, en general, en las comunidades donde ejercen su trabajo, acerca de la vacuna contra la covid-19. Dichas campañas deberán ser respetuosas con sus creencias y cosmovisión, explicó el alto tribunal.

La Corte Constitucional también exhortó al Congreso de la República para que legisle sobre este tema.