Nación
Por presuntas irregularidades en contrato de Corfecali, Personería formuló cargos a la jefa de comunicaciones de la Alcaldía de Cali
Luz Marina Cuéllar Salazar habría utilizado la modalidad de contratación directa.
La Personería Distrital de Santiago de Cali formuló pliego de cargos contra Luz Marina Cuéllar Salazar, jefa de Oficina de Comunicaciones de la Alcaldía de Cali, adscrita a la Secretaría de Gobierno.
El ente habría indicado que esto se da “por presunta conducta irregular en el Contrato Interadministrativo N.º 4112.060.26.1.342.2020, suscrito con la Corporación de Ferias, Eventos y Espectáculos de Cali (Corfecali)”, aseguró la Personería.
Agregó: “Lo anterior, al desconocer el principio de transparencia y el deber de selección objetiva, cuando utiliza la modalidad de contratación directa, específicamente la figura contenida en el Literal C) Numeral 4 del Artículo 2.º de la Ley 1150 de 2007, mediante la firma de un contrato interadministrativo para trasladar la facultad contractual a esta entidad que carecía de capacidad de ejecución e idoneidad”.
“Tanto así, que terminó subcontratando bajo su propio régimen especial las actividades pactadas por las entidades contratantes, lo que impidió la participación de pluralidad de oferentes en condiciones de asumir o satisfacer las necesidades requeridas por la Administración Distrital”, sostuvo la Personería.
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Por lo tanto, la falta fue calificada provisionalmente como gravísima a título de culpa gravísima.
Luego de haber notificado el pliego de cargos, el expediente se asignará a la personera delegada encargada del juzgamiento de los funcionarios públicos para que continúe con el proceso disciplinario.
Durante la etapa de juzgamiento, la investigada podrá presentar descargos y aportar y/o solicitar pruebas, si lo estima conveniente.
Cabe recordar que actualmente no es la única investigación en la que está involucrada Cuéllar. Hace unos meses, la Personería de Cali confirmó que formuló pliego de cargos a la funcionaria por presuntas irregularidades en procesos de contratación adelantados en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de covid-19.
Estas presuntas irregularidades fueron evidenciadas por el ente en informes propios y de la Contraloría.
“La falla fue calificada provisionalmente como grave a título de culpa gravísima”, dijo la Personería en un comunicado.
Asimismo, indicó que, tras haber notificado el pliego de cargos, el caso será asignado a una personera delegada, para que se encargue de juzgar a la funcionaria y continuar con el proceso disciplinario.
En su momento, la directora de la Oficina de Comunicaciones habló sobre la decisión de la Personería: “Estoy dispuesta a presentar los argumentos y pruebas que sean solicitados en el marco de este proceso de contratación. No hay una decisión tomada, es una formulación de pliego de cargos, así que llevaremos toda la documentación necesaria frente al caso”.
En esa misma línea se pronunció la directora del Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública de la Alcaldía de Cali, María del Pilar Cano.
“Este no es un proceso que se haya abierto hoy, pues venía siendo tramitado. Dentro del trámite ordinario que tiene un proceso disciplinario estamos en la etapa de formulación de cargos y, obviamente, la funcionaria está ejerciendo su derecho de defensa y contradicción. Aquí no hay ningún fallo sancionatorio, estamos en el trámite de una investigación disciplinaria”, afirmó.
Personería sancionó a exsubdirector de Espacio Público
En fallo de primera instancia, la Personería Distrital de Santiago de Cali sancionó con cinco meses de suspensión a Hugo Millán Orozco, en su condición de subdirector de Espacio Público y Ordenamiento Urbanístico Distrital.
Esta decisión se dio después de que el exfuncionario aprobó uso del suelo para el establecimiento comercial La Pérgola Clandestina, sin contar con el concepto ambiental que debía ser emitido por parte del Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (Dagma).
“Este es un requisito establecido por la norma urbanística vigente. Lo anterior, teniendo en cuenta que el citado uso del suelo estaba supeditado a la aprobación de un esquema de implantación y regularización (EIR) para la mitigación de impactos, sobre el cual la autoridad ambiental debía conceptuar favorablemente para permitir la actividad a desarrollar por parte del establecimiento comercial”, indicó la Personería Distrital de Cali por medio de un comunicado.
También agregó que en el caso que el disciplinado no se encuentre ejerciendo una función pública al momento de la ejecución del presente fallo, el término de la sanción se convertirá en salarios de acuerdo con el monto devengado para el momento de la comisión de la falta.
“En este caso serían aproximadamente cincuenta y cinco millones de pesos ($55.000.000), conforme lo establece el Parágrafo del Artículo 48 de la Ley 1952 de 2019, modificado por el Artículo 9 de la Ley 2094 de 2021″.
Contra la presente decisión de primera instancia procede el recurso de apelación.