Nación
Últimos días para pagar el impuesto predial en Cali, así puede aplicar
El 30 de septiembre acaba el plazo para pagar el impuesto sin interés moratorio.
El plazo para pagar el impuesto predial sin descuentos y sin intereses en la ciudad de Cali (Valle del Cauca) está por agotarse. Hasta el próximo 30 de septiembre tienen los deudores para ponerse al día, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 4134.010.21.0281 del 2 de mayo de 2023.
Es importante recordar que la causación de intereses moratorios se realizará a partir de 1 de octubre sobre el valor total o saldo de la vigencia fiscal 2023, hasta la fecha en que se efectúe el pago respectivo. (Artículo 42 del Decreto Extraordinario 411.2.010.20.416 de 2021).
Según los resultados entregados por el Departamento Administrativo de Hacienda Distrital, durante el primer semestre de este año, 430.392 predios se pusieron al día logrando un recaudo de más de 549 mil millones de pesos, que equivalen al 88,8 por ciento de la meta para el 2023 por este concepto.
Se espera que 274.210 propietarios más acudan a pagar el IPU antes del vencimiento, sin descuentos y sin intereses.
“Dichas cifras demuestran la buena cultura tributaria que existe en la ciudad; estos recursos permiten apalancar proyectos y programas sociales, educativos y de infraestructura, entre otros; por ello hacemos el llamado a los contribuyentes que aún no se ponen al día para que lo hagan y sigamos transformando a Cali entre todos”, indicó Diego Fernando López Cardona, subdirector de Impuestos y Rentas.
Adicionalmente, recuerda que pueden realizar su pago a través de los canales virtuales habilitados en la página web de la Alcaldía www.cali.gov.co o mediante la app Impuestos Cali, lo cual facilitará el proceso y evitará aglomeraciones en las entidades financieras.
De otro lado, con la aplicación de la reforma tributaria que fue aprobada en el segundo semestre de 2022, ahora los colombianos estarán sujetos a los cambios de los pagos tributarios que trajo este proyecto que ahora es ley.
Es de recodar que el Gobierno nacional confirmó que el pago de los impuestos comenzará en abril hasta diciembre de 2023. Los plazos fueron definidos para la presentación de la declaración y pago en 2023 de los tributos aprobados en la reforma tributaria el año pasado por el Congreso de la República. Por su parte la DIAN expidió el decreto 0219 del 15 de febrero de este año.
El pago de la segunda cuota del impuesto al patrimonio está entre las obligaciones tributarias del mes de septiembre y el 9 de agosto de 2023 comienzan los vencimientos de los plazos para que las personas naturales que deban declarar renta por el AG 2022, presenten su respectiva declaración.
Expertos explican que en el caso de las personas naturales, las obligaciones se concentran en el cumplimiento del impuesto sobre la renta, la declaración de activos en el exterior y el pago de la segunda cuota del impuesto al patrimonio. Estos vencimientos se extienden entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de este año.
“Para personas con propiedades y vehículos en Bogotá la última fecha para el pago del impuesto predial sin descuento es el próximo 14 de julio y para vehículos, el 28 de julio de 2023″, señala Vivian Arciniegas, socia de Impuestos de BDO Colombia.
En cuanto a las personas residentes en Colombia que tengan uno o varios bienes ubicados en el exterior, la experta asegura que “la declaración de activos en el exterior es una declaración de carácter informativo respecto de los activos que se tengan fuera del territorio colombiano y no genera ninguna imposición tributaria”.
Según el calendario tributario establecido, los colombianos deben cumplir con la segunda cuota del impuesto al patrimonio, también conocido como gravamen a la riqueza, el cual se introdujo como un impuesto permanente en la última Reforma Tributaria Ley 2277, sancionada el 13 de diciembre de 2022.