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Alarmante: exrector de colegio en Turbaco, Bolívar, es destituido por acoso sexual a estudiantes
El docente presidió la Institución Educativa de Cañaveral, ubicada en el municipio bolivarense.
Varias denuncias y escabrosos relatos de estudiantes finalmente reclamaron justicia en Turbaco, Bolívar, luego que el docente Sixto Rodríguez Guerra fuera acusado de haber acosado jóvenes, aprovechándose así del puesto que tuvo de rector en la Institución Educativa de Cañaveral para llevar a cabo actos deplorables.
La Procuraduría General de la Nación anunció las consecuencias disciplinarias que tendrá que afrontar el exorientador por lo perpetuado durante años. En un fallo en segunda instancia, el ente supervisor confirmó la destitución e inhabilitación por 10 años para el sujeto.
De esta manera, la decisión se tomó luego que la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento confirmara que el docente asedió tanto física como verbalmente y en contra de su voluntad a varias menores del colegio. Además, se denunció que este comportamiento fue reiterativo y se extendió inclusive al lugar de vivienda de una de ellas.
Con lo anterior, el profesor ya sobrepasó todo límite de moralidad pública, hechos que hicieran que se encendieran aún más las alarmas de las autoridades y por los que finalmente terminó siendo sancionado por la Regional de Bolívar del organismo de control.
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Ya con el espacio personal de las jóvenes vulnerado, otros patrones de acoso fueron denunciados por el Ministerio Público en el caso. La investigación confirmó que se aprovechó de “su rol jerárquico en el colegio y la condición de superioridad que le daba la misma; de igual manera, coligió que situaciones como el llamado de las alumnas a su despacho se constituyeron en un proceder reiterativo y sistemático”.
Tras perseguir a las alumnas, ir en contra de su voluntad y actuar de manera incisiva con conductas con claro contenido sexual, la Procuraduría definió la falta como gravísima cometida a título de dolo, sentenciando así al señalado.
De esta manera, se aguarda la decisión penal en contra de Rodríguez para conocerse las sanciones de ese nivel a las que deberá responder.
Continúa el rifirrafe por la instalación del peaje de Turbaco, Bolívar; piden tumbarlo definitivamente porque sería ilegal
Por otra parte, también en Turbaco, continúa la polémica por el peaje que se encuentra en la vía que conecta al municipio con la ciudad de Cartagena, y que a su vez comunica a la capital de Bolívar con el interior del país.
Tras el anuncio de su traslado por parte del ministro de Transporte, Guillermo Reyes, las opiniones siguen divididas. Por un lado, están quienes consideran una victoria el desmonte del peaje en la zona y por otro están quienes aseguran que no debió existir inicialmente.
Ahora la polémica se concentra en el fallo C-149 de 2010 emitido por la Corte Constitucional. Para el abogado Héctor Pérez Fernández, principal opositor del peaje, el alto tribunal declaró como inexequible el artículo 79 del Plan Nacional de Desarrollo 2006 – 2010, el cual, aparentemente, deja por sentado que se podían adelantar macroproyectos en todo el país sin tener en cuenta a las autoridades locales. En palabras más sencillas, Pérez Fernández alega que el peaje de Turbaco se instaló sin tener en cuenta a la Alcaldía y al Concejo de Turbaco, basado en dicha sentencia. Pero como supuestamente la Corte Constitucional la declaró inexequible, la sentencia no sería legítima y, por lo tanto, ese punto de cobro sería ilegal.
Sin embargo, para la Cámara Colombiana de Infraestructura (CCI) las declaraciones del abogado son erróneas.
“Frente a los alcances de la decisión de la Corte Constitucional mencionada, es importante precisar que el artículo 313 de la Constitución Política no les atribuye a los Concejos Municipales la competencia de autorizar la celebración de contratos de concesión de vías nacionales o la instalación de peajes sobre las mismas. Tampoco hay ninguna norma legal que otorgue esa competencia a los Concejos Municipales”, explicaron desde la CCI.
“La sentencia de la Corte, no dice que el Concejo Municipal deba autorizar la celebración de contratos de concesión de vías nacionales o la instalación de peajes sobre las mismas. En esa decisión, sencillamente, el alto tribunal declaró inexequible una norma que, excluyendo absolutamente a las entidades territoriales, le concedió al Gobierno nacional la competencia para planear y ejecutar macroproyectos en un ámbito que sí es exclusivo del interés propio de los municipios: la ordenación del suelo para la construcción de vivienda de interés social en sus jurisdicciones”, agregó la asociación gremial.