Bolívar
Alcaldía de Cartagena acaba con el licor y la música en vivo en populares chivas rumberas: lo que debe saber sobre la medida
Las autoridades anunciaron estrictos controles en la ciudad. Hay prohibiciones en las zonas donde podrán transitar.
La alcaldía de Cartagena dio a conocer que mediante el decreto 0930, del 20 de junio, quedó prohibido el consumo de bebidas alcohólicas y la música en vivo dentro de las populares chivas rumberas que recorren diferentes vías de la capital de Bolívar.
Según la administración, lo que buscan con esta medida es devolverle la tranquilidad a cartageneros y visitantes que, cansados, venían siendo víctimas de ruido excesivo y desórdenes ocasionados por una nueva generación de chivas rumberas, alejadas del concepto tradicional de este medio de transporte, concebido en su momento con fines recreativos y de sano esparcimiento.
Por su parte, el alcalde mayor de Cartagena, Dumek Turbay Paz, dijo que, entre otros aspectos, se busca favorecer la convivencia en el espacio público y promover la seguridad en la actividad del sector y del sistema de transporte.
“Nos tomamos el tiempo necesario para entender la dinámica de este servicio turístico, reconocido en la ciudad como la tradicional chiva, pero que lamentablemente fue mutando hacia una distorsión del servicio que se prestaba: era una chiva que visitaba los sitios históricos, con más carga patrimonial y que hacía parte del recorrido para disfrutar de la hermosa y privilegiada ciudad que tenemos frente al tema histórico”, indicó Turbay.
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De igual manera, señaló que: “Lo que hemos hecho es que podamos resaltar la chiva tradicional, que hace recorridos en unas horas determinadas, y comenzar a darles unas restricciones importantes a un servicio, entre comillas, de chivas, que se convirtieron en discotecas ambulantes, donde hay alcohol, desmadre, perturbación a la tranquilidad y la convivencia en sectores residenciales donde la chiva tradicional nunca fue”, destacó el mandatario.
A través de un comunicado, la administración señaló que hay varios aspectos que tanto los propietarios de estos vehículos tienen que tener en cuenta como las personas que adquieren este servicio.
1. Recorridos: los vehículos que prestan servicio de transporte público o privado de turismo, a través de chivas turísticas o similares y buses escalonados tipo City SigthSeeing, solo podrán circular por las vías estipuladas en el decreto en horario diurno en los barrios Bocagrande, Laguito, Centro, Manga, Getsemaní, Pie del cerro, Cabrero, Marbella y Crespo.
No podrán ingresar al Barrio Castillogrande, ni a los barrios Laguito y Manga en horarios Nocturnos.
2. Horarios: la circulación de vehículos que prestan servicio de transporte público o privado de turismo tipo chivas en el horario comprendido entre las 8:00 a. m. a 5:00 p. m. y de 7:00 p. m. a 10:00 p. m. Los buses escalonados tipo “city sigthseeing” solo podrán circular entre las 7:00 a. m. a 5:00 p. m.
3. Prohibiciones:
- Uso de cornetas y dispositivos para producir ruido
- Uso de luces intermitentes o de alta intensidad
- Música en vivo al interior de los vehículos
- Exceder la capacidad de pasajeros estipulada en la licencia de tránsito o capacidad transportadora.
- Consumo de bebidas alcohólicas durante los recorridos.
5. Volumen: el nivel de volumen en equipos reproductores de sonido no podrá superar los máximos permisibles de la resolución 0627 de 2006.
Y es que a partir de este 20 de junio, las chivas rumberas solo podrán circular, únicamente, por los corredores descritos y horarios establecidos: diurno, de 8 de la mañana a 5:00 de la tarde; y en la noche, de 7:00 p.m. a 11:59 de la noche, y no podrán circular en horario nocturno por Castillogrande, Laguito, y en Manga solo por El Pastelillo.
Los buses escalonados pueden circular solo de 7:00 a. m. hasta las 5:00 p. m.