NACIÓN

Esta será la rotación del pico y placa en Cartagena en la última semana del año: habrá restricciones de movilidad

El viernes 30 de diciembre ya no será el Día sin Moto.

26 de diciembre de 2022
Movilidad Cartagena - Facilitadora de Tránsito en el Boquetillo de San Diego, Centro Histórico de Cartagena.
La restricción de vehículos en el Centro Histórico continúa hasta el 15 de enero. | Foto: Ruby Villarreal

Tal como se establece en el Decreto 0522 del 31 de marzo de 2022, a partir del pasado lunes, 3 de octubre, se mantiene la rotación del pico y placa para vehículos particulares y motos en la ciudad de Cartagena, mismo que tendrá vigencia hasta el 30 de diciembre de 2022.

Taxis

El pico y placa para taxis se encuentra establecido por el Departamento de Tránsito y Transporte, a través del Decreto 1196 del 26 de agosto de 2022, el cual se mantiene vigente en Cartagena.

  • Lunes 26 de diciembre: 3-4.
  • Martes 27 de diciembre: 5-6.
  • Miércoles 28 de diciembre: 7-8.
  • Jueves 29 de diciembre: 9-0.
  • Viernes 30 de diciembre: 1-2.

Según lo establecido, durante la restricción solo podrán circular los taxis que se encuentren en labores de mantenimiento, los cuales deberán desmontar la silla trasera y portar un aviso en el vidrio frontal: ‘Vehículo en mantenimiento por pico y placa’.

Carros particulares

De acuerdo con esta normativa, la medida para carros particulares aplica desde las 7:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche, de lunes a viernes, con excepción de los días festivos y fines de semana.

  • Lunes 26 de diciembre: 9-0.
  • Martes 27 de diciembre: 1-2.
  • Miércoles 28 de diciembre: 3-4.
  • Jueves 29 de diciembre: 5-6.
  • Viernes 30 de diciembre: 7-8.

Motos

Para las motocicletas, la restricción va desde las 5:00 de la mañana hasta las 11:00 de la noche, de lunes a viernes, a excepción de los fines de semana y festivos.

  • Lunes 26 de diciembre: 9-0.
  • Martes 27 de diciembre: 1-2.
  • Miércoles 28 de diciembre: 3-4.
  • Jueves 29 de diciembre: 5-6.
  • Viernes 30 de diciembre: 7-8.

Esta medida aplica para los vehículos tipo motocicletas de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas con pedaleo asistido con motor.

Para los motociclistas también aplican las medidas establecidas en el nuevo decreto 1579, los motociclistas deberán estar inscritos en el programa de caracterización y cumplir la restricción de parrillero en ocho barrios de la ciudad. De no ser así, oficiales de Tránsito podrán realizar multas a quienes no cumplan con la normativa.

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