NACIÓN
Establecimiento nocturno en Cartagena recibió comparendo por incumplir la norma
Por medio de los operativos el Distrito verifica cumplimiento del decreto que regula horario de funcionamiento de establecimientos nocturnos.
El pasado jueves 20 de octubre, el Distrito de Cartagena puso en vigencia el Decreto 1460, el cual establece nuevos horarios para los bares, discotecas, hoteles y demás sitios de diversión en la ciudad reduciéndolos varias horas de domingo a jueves.
Debido a esto, la Alcaldía de Cartagena a través de la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana, realizó en la noche del domingo y madrugada del lunes un operativo en el Centro Histórico de Cartagena y en el corregimiento de La Boquilla, en conjunto con la Policía Nacional.
La operación tenía el objetivo de verificar que los establecimientos de comercio cumplan con el Decreto 1460 del 20 de octubre de 2022, que regula el horario de funcionamiento de los establecimientos que comercializan, expenden o se consumen bebidas alcohólicas y/o embriagantes en Cartagena.
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El recorrido se extendió hasta el corregimiento de La Boquilla, donde se realizó la verificación de documentos de un establecimiento de comercio. En este lugar, la Policía Metropolitana impuso un comparendo al administrador del local por no acatar las solicitudes de las autoridades encargadas del control.
Así mismo, la Policía requisó a las personas que se encontraron en el lugar y solicitó verificación de antecedentes.
“Vamos a continuar adelantando planes de control a lo largo de la ciudad, con el fin de verificar el cumplimiento de las normas establecidas en el Decreto 1460 del 20 de octubre de 2022. Estas medidas nos ayudarán a hacer de Cartagena un mejor destino que también beneficie a los establecimientos de diversión”, explicó Ana María González Forero, secretaria del Interior y Convivencia Ciudadana.
Decreto 1460 del 20 de octubre de 2022
Las medidas determinan que los nuevos horarios de los establecimientos son de domingo a lunes entre las 10:00 a. m. y las 12:00 de la noche. Asimismo, entre martes, miércoles y jueves será a partir de las 10:00 a. m. hasta la 1:00 a. m. En el caso de los viernes y sábado, desde las 10:00 a. m. hasta las 3:00 a. m. del día siguiente.
El decreto aplica para los siguientes comercios:
- Bares, gastrobares, discotecas, estaderos, cantinas, tabernas, billares, restaurantes y cualquier establecimiento con venta y consumo de bebidas alcohólicas.
- Centros o clubes sociales públicos o privados, cuando ofrezcan servicios o actividades de recreación, se expendan y/o consuman bebidas alcohólicas.
- Casas de alquiler para eventos, salones de recepciones y fiestas sociales, casinos, salones de juego localizados, con o sin venta y con consumo de bebidas alcohólicas de 8:00 a. m. 12:00 de la noche, domingo y lunes; de 8:00 a. m. a 1:00 a. m., martes, miércoles y jueves; y de 8:00 a. m. hasta las 3:00 a. m., los viernes y sábado.
- Negocios ubicados en las playas de 10:00 a. m. a 6:00 p. m. Esta medida aplica de lunes a lunes.
- Tiendas, salsamentarias estancias, licorerías, cigarrerías y similares, de 5:00 a. m. hasta las 12:00 de la noche.
- Supermercados y almacenes de cadena con venta y sin consumo de bebidas alcohólicas podrán funcionar las 24 horas del día, pero solo podrán expender bebidas alcohólicas desde las 6:00 a. m. hasta la 1:00 a. m. del día siguiente.
Según quedó establecido en la medida, cada tres meses las autoridades realizarán una evaluación del funcionamiento de las restricciones en la ciudad. Por otro lado, el gremio de comerciantes no recibió de forma positiva esta noticia, puesto que el anterior decreto les permitía trabajar hasta las 3:00 de la mañana.