Movilidad en Cartagena - Semáforo a la altura del Castillo San Felipe en la Avenida Pedro de Heredia
Movilidad en Cartagena - Semáforo a la altura del Castillo San Felipe en la Avenida Pedro de Heredia | Foto: Ruby Villarreal

NACIÓN

Ojo: así rota el pico y placa en Cartagena este viernes 28 de julio

Las personas que sean sorprendidas infringiendo las restricciones tendrán la obligación de pagar una multa de 523.000 pesos.

Redacción Semana
27 de julio de 2023

Desde el 4 de julio fue puesta en marcha la nueva rotación del pico y placa en Cartagena.

La medida aplica en cumplimiento de los decretos distritales que regulan la movilidad en la ciudad: Decreto 0304 del 24 de febrero de 2023, para vehículos particulares; Decreto 0306 del 24 de abril de 2023, para motocicletas, y el Decreto 1196 del 26 de agosto de 2022, para los taxis.

La nueva rotación para particulares y motocicletas va desde este martes 4 de julio hasta el 29 de septiembre de 2023.

Movilidad en Cartagena, hora pico a la altura de Ronda Real
Movilidad en Cartagena, hora pico a la altura de Ronda Real | Foto: Archivo Particular - Cortesía
Rotación viernes 28 de julio
Carros particulares

De acuerdo con esta normativa, la medida para carros particulares aplica desde las 7:00 a. m. hasta las 8:00 p. m., de lunes a viernes, con excepción de los días festivos y fines de semana.

  • Viernes 28 de julio: 3 y 4
Motos

Para las motocicletas, la restricción va desde las 5:00 a. m., hasta las 11:00 p. m., de lunes a viernes, a excepción de los fines de semana y festivos.

  • Viernes 28 de julio: 3 y 4

El acto administrativo contempla algunas medidas restrictivas de circulación para los vehículos tipo motocicleta de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas de pedaleo asistido en el Distrito de Cartagena.

Para este tipo de vehículos también aplica el ‘día sin moto’, el cual se da el segundo y último lunes de cada mes, con sus respectivas excepciones. El próximo será el lunes 31.

Movilidad en Cartagena - Intersección en la avenida Pedro de Heredia a la altura de los Cuatro vientos
Movilidad en Cartagena - Intersección en la avenida Pedro de Heredia a la altura de los Cuatro vientos | Foto: Ruby Villarreal
Taxis

Desde el lunes 5 de junio, la rotación cambió para este tipo de vehículos de servicio público.

  • Viernes 28 de julio: 5 y 6

Según lo establecido, durante la restricción solo podrán circular los taxis que se encuentren en labores de mantenimiento, los cuales deberán desmontar la silla trasera y portar un aviso en el vidrio frontal: ‘Vehículo en mantenimiento por pico y placa’.

Las personas que sean sorprendidas infringiendo las restricciones tendrán la obligación de pagar una multa de 523.000 pesos. Así mismo, el vehículo podría ser inmovilizado por las autoridades.

Movilidad en Cartagena - Centro Histórico a la altura de la curva en el Centro de Convenciones
Movilidad en Cartagena - Centro Histórico a la altura de la curva en el Centro de Convenciones | Foto: Ruby Villarreal

Hay que recordar a la ciudadanía que el alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, estableció medidas de movilidad y seguridad vial en los barrios San Diego, La Matuna y Getsemaní, en el Centro Histórico.

Las medidas aplican desde el 28 de junio hasta el día 7 de agosto de 2023, y se restringe la circulación de vehículos motorizados en las vías de los barrios antes mencionados, en el horario comprendido entre las 4:00 p. m. y las 4:00 a. m. del día siguiente.

Excepciones de la restricción
Restricción de entrada al Centro de Cartagena a la altura de la India Catalina.
Restricción de entrada al Centro de Cartagena a la altura de la India Catalina. | Foto: Cortesía DATT
  • Vehículos adscritos a empresas de transporte de valores.
  • Vehículos que transporten personas con discapacidad permanente cuya condición motora, sensorial o mental limiten su movilidad, siempre y cuando cumplan con las normas establecidas para la conducción de vehículos.
  • Vehículos al servicio de empresas de lavandería en operaciones de entrega o recolección.
  • Vehículos de autoridades de tránsito.
  • Vehículos automotores de residentes o propietarios de predios que tengan en el mismo parqueadero o garaje fuera de vía. La circulación solo podrá realizarse para entrar o salir de dicho parqueadero o garaje.