CÚCUTA

Se cae el nombramiento del rector de la Universidad Francisco de Paula Santander, en Cúcuta

El principal argumento es que el rector supera los 70 años y ya no puede ejercer ese cargo.

18 de junio de 2022
Héctor Parra llevaba siete años como rector de esta universidad
Héctor Parra llevaba siete años como rector de l Universidad Francisco de Paula Santander. | Foto: Tomada de Twitter: @ufpscucuta - Montaje SEMANA

En las últimas horas de este viernes 17 de junio se conoció la decisión de nulidad del cargo como rector de la Universidad Francisco de Paula Santander (UFPS), de Cúcuta, a Héctor Miguel Parra López, luego de haber sido demandando por algunos impedimentos, como lo es haber superado la edad para ejercer como máxima autoridad del campus universitario.

De acuerdo con la segunda instancia de la Sección Quinta del Consejo de Estado, se ordenó declarar nulo la elección de Parra, establecida en el Acuerdo N.° 028 del 25 de junio de 2021, donde debía ejercer hasta el año 2025.

Parra, quien ejercía por séptima vez como rector de la UFPS, había sido demando por la Veeduría Ciudadana Procuraduría Ciudadana UFPS (Procura UFPS) porque, al parecer, se encontraba inhabilitado para aspirar otra vez a un período en la rectoría de ese centro educativo, por ser mayor de 70 años, estar retirado del servicio público y gozar de la condición de pensionado.

Sin embargo, el pasado mes de abril, el Tribunal Administrativo de Norte de Santander había dejado en firme la elección del funcionario, tras considerar que este sí acreditaba el cumplimiento de los requisitos legales para el ejercicio del mismo, entre ellos el que respecta a la edad de retiro forzoso.

Por su parte, Jorge Heriberto Moreno Granados, demandante y quien solicitó revocar la elección de Héctor Parra de su cargo, dijo: “En segunda instancia me dieron la razón como demandante, en que el Consejo Superior Universitario no podía designarlo como rector, pero ellos hicieron caso omiso y los argumentos son los límites de temporalidad establecidos en el Decreto 1083, que dice que los jubilados podían ocupar como rectores solo hasta cumplir 70 años de edad, pero él, el 12 de marzo del 2021, cumplió los 70 años y debía retirarse porque ya estaba impedido. Además, en este mismo decreto dice que no se puede reintegrar al empleo público a los pensionados por vejez, y que sean mayores de 70 años

Aunque para algunos consejeros la decisión de la nulidad debía ser próspera, porque “en el expediente está demostrado que el señor Héctor Miguel Parra López, para el 25 de junio de 2021, disponía de la calidad de pensionado, contando además con 70 años, 4 meses y 13 días, por lo que a través de su designación como rector, el Consejo Superior de la UFPS reintegró a un jubilado –estatus que ostentaba desde marzo de 2016– que tenía más de 70 años, transgrediendo de esta manera las prescripciones jurídicas contempladas en el artículo 2.2.11.1.5 del Decreto No. 1083 de 2015″.

Una parte del fallo dice: “Se tiene que, en contravía de la normatividad adoptada por la UFPS, como manifestación del principio de autonomía universitaria, el señor Héctor Miguel Parra López, catedrático de la Universidad para el primer semestre de 2021, fue elegido rector de la institución, período 2021-2025, a pesar de que el parágrafo del artículo 1.º del Acuerdo No. 133 de 2007 prohibía y prohíbe que los catedráticos desempeñaran empleos académicos o administrativos en su interior”.

Así las cosas, el demandante fue enfático al manifestar que tras este fallo y acatando los parámetros establecidos dentro de los testamentos de la universidad, se deberá elegir a un nuevo rector de esa ‘alma mater’.