Judicial
Amenaza a la Corte: el presidente Petro atacó al alto tribunal por tumbar cobro de impuestos a las regalías
Con la eliminación del artículo de la tributaria que prohibía la deducción de las regalías del impuesto de renta, Petro perdió una batalla jurídica y respondió atacando a la justicia. La tensión aumenta.
El gobierno del presidente Gustavo Petro ha visto caer, como si se tratara de una torre de naipes, varias de las leyes y decretos que, por razones jurídicas, no han pasado el examen de la Corte Constitucional. El poderoso bolígrafo de la Casa de Nariño no ha quebrado el rigor del alto tribunal y esto ya ha generado ataques contra la justicia, como ocurrió luego de que cayera uno de los artículos más polémicos de la reforma tributaria.
En su más reciente decisión, la Corte tumbó el artículo 19 de la reforma tributaria de 2022, que prohibía que las empresas minero-energéticas pudieran deducir en su impuesto de renta los pagos realizados por regalías. Con esta disposición se aspiraba a recaudar hasta 4 billones de pesos.
La Corte determinó que la normativa vulneraba los principios de justicia y equidad tributarias, previstos en la Constitución, porque grava un gasto como si fuera una utilidad, a pesar de que no incrementa el patrimonio del contribuyente. Los ponentes fueron los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Cristina Pardo Schlesinger.
La decisión tuvo un fuerte debate en la Corte; el magistrado Juan Carlos Cortés González salvó su voto y la magistrada Natalia Ángel Cabo se apartó parcialmente de la decisión. Reservaron aclaración de voto la magistrada Diana Fajardo Rivera y los magistrados Antonio José Lizarazo Ocampo, José Fernando Reyes Cuartas y Alejandro Linares Cantillo.
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La Sala Plena señaló que las regalías que se pagan por la explotación de recursos naturales no renovables “no corresponden a un gasto discrecional del contribuyente, sino a un pago obligatorio que tiene por fuente un deber previsto en el artículo 360 de la Constitución, sin el cual es imposible desarrollar la actividad económica de exploración y explotación de los recursos naturales no renovables”.
“En materia tributaria, por regla general, el legislador tiene la potestad de establecer, derogar, prohibir o limitar deducciones del impuesto sobre la renta. No obstante, esta facultad no es ilimitada”, añadió el alto tribunal, aclarando los límites al Congreso, que aprobó la reforma del Gobierno Petro.
Con esta decisión, la Corte les dio la razón a los expertos y representantes del sector que argumentaban que la medida era inconveniente, pues no solo implicaba una sobrecarga tributaria, sino que podía llevar a una salida de inversionistas que no verían ningún atractivo en el mercado. El primero en reaccionar fue el mismo presidente Gustavo Petro, quien en sus redes sociales expresó lo que ya se ve como un ataque en contra de la rama judicial por no fallar a su favor.
“Le toca al ministro de Hacienda, después de esta decisión que no puedo compartir, recortar el presupuesto de las tres ramas del poder público”, dijo el presidente Petro, quien además acusó a la Corte de “expropiar” a los colombianos y de actuar en perjuicio de la transición energética. A su juicio, el dinero que esperaba recaudar se iba a invertir en la lánguida transición que aún no despega.
“Cuando la Corte vuelve el derecho del pueblo, una deducción del impuesto de renta del particular, le regala impuestos a gente muy poderosa económicamente y produce una profunda injusticia social; vuelve inocuo el derecho del pueblo a su propiedad. Es una verdadera expropiación de un bien nacional que se convierte de facto en un bien particular, y no de cualquier particular: los más poderosos del mundo. Un verdadero retroceso hacia el fortalecimiento de la economía fósil, de la que la humanidad debe escapar para sobrevivir, y un debilitamiento del Estado para hacer la transición energética”, increpó el mandatario.
Desde la otra orilla, la decisión fue celebrada por la Asociación Colombiana de Minería, que señaló que constituye una sentencia trascendental para la continuidad del sector minero en el país. “Con esta determinación se elimina una restricción inequitativa que desborda la capacidad contributiva de una industria que, antes de la reforma, ya contaba con la mayor tasa efectiva de tributación del país. De esta manera, el alto tribunal protege principios constitucionales como la primacía del interés general, la igualdad, la justicia y la equidad”, señaló Juan Camilo Nariño, presidente del gremio.
La decisión no es de poca monta. No solo significa que el país deje de recibir 4 billones de pesos, sino que hubiera sido contraria, podría implicar la insostenibilidad de este sector económico. Varios sectores señalaron que, sin importar la decisión, lo importante es respetar y rodear a la Corte y a la justicia.
Luis Fernando Mejía, director de Fedesarrollo, planteó: “Hace un año advertimos que se debía mantener la deducibilidad de las regalías para el pago del impuesto de renta, porque no son un ingreso para el productor, sino una contraprestación al Estado por la explotación de un recurso natural no renovable”.
Agregó: “Generaría un impacto negativo en la producción del sector que, además de tener efectos en los agregados macroeconómicos, también tendría incidencia en la economía local a través, principalmente, de la reducción en la producción de petróleo y la consecuente disminución de las regalías”.
Más moderada y basada en argumentos fue la reacción del exministro de Hacienda José Antonio Ocampo, quien cargó con el trámite de la tributaria: “No comparto la decisión de la Corte Constitucional de permitir la deducibilidad de las regalías en el impuesto de renta. Las regalías no son un costo de producción, sino la participación del Estado en las utilidades que se generan al explotar un recurso natural. Es decir, son equivalentes a un dividendo, que no es deducible como costo en el impuesto de renta”.
La Corte Constitucional se ha convertido en una suerte de muro de contención para las propuestas y decisiones del Gobierno que, mediante leyes o decretos, pretende de un plumazo poner en marcha decisiones sin ningún tipo de control, como contempla la ley. Y cuando sus razones no son acogidas, la reacción es un ataque directo.
Así sucedió con la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica en La Guajira, por medio de la cual el presidente Petro quedaba facultado para expedir decretos, contratar, asignar presupuestos y tomar todo tipo de decisiones directas sobre la región, saltándose, en este caso, los trámites en el Congreso.
Fue precisamente esa la razón por la que la Corte tumbó la declaratoria de emergencia y nueve de los 11 decretos que ya habían sido expedidos amparados por esta figura excepcional. Para la Corte, por su naturaleza y objetivos, tanto la declaratoria de emergencia como los decretos que se desprendieron de esta debían tramitarse en el Congreso.
La Corte advirtió que el presidente estaba abusando de la figura excepcional de declaratoria de emergencia para resolver asuntos que pudo haber incluido en el presupuesto nacional o en el Plan Nacional de Desarrollo.
Pero esta no ha sido la única derrota del Gobierno Petro ante las altas cortes. El Consejo de Estado anuló la elección de cuatro congresistas del Pacto Histórico, alfiles del mandatario. En los casos de Roy Barreras, César Pachón y Alexánder López se encontró que habían incurrido en doble militancia; en el caso de Luz María Múnera, el Pacto perdió la curul en la Cámara bajo el argumento de que se presentaron irregularidades en el escrutinio de los votos en Antioquia.
A estas decisiones adversas para el Gobierno se suma la reciente anulación de ese alto tribunal de la designación de Marisol Rojas Izquierdo, exasesora de comunicaciones de la campaña Petro Presidente, como cónsul de Colombia en Londres, por considerar que había otra funcionaria en carrera diplomática y consular que debía ocupar el cargo.
En las altas Cortes aún se encuentran en estudio varias decisiones que podrían sumarse a la lista. La tensión y los ataques del presidente Petro a la justicia cuestionando sus decisiones son evidentes, pero debe respetar y acatar la decisión.