Investigación

Así aplicará el decreto que pondrá a temblar a las empresas corruptas

El director de la Agencia de Defensa del Estado anunció que inició el trámite con Cancillería para importar las sentencias que permitan vetar a Odebrecht por 20 años en Colombia. “Las personas jurídicas podrán quedar inhabilitadas cuando sus directivos sean culpables de corrupción”, Camilo Gómez

2 de noviembre de 2020
| Foto: Esteban vega la-rotta-semana

SEMANA: El Gobierno anunció que radicó un proyecto anticorrupción, ¿en qué consiste el cambio normativo sobre personas jurídicas?

Camilo Gómez: El proyecto lo trabajó la Vicepresidenta con un grupo grande, el presidente del Consejo De Estado, Secretaría de Transparencia. Desde luego, lo que busca el proyecto es fortalecer los mecanismos para que las personas jurídicas puedan ser sancionadas cuando sus directivos o representantes legales cometan actos de corrupción en beneficio de estas compañías.

La Ley penal colombiana está dirigida a personas naturales, pero desde luego si la persona actúa a nombre o en representación de una sociedad debe haber sanciones para estas. Ahora bien, el Gobierno expidió el decreto 1358 de este año que reglamenta la Ley de Soborno Trasnacional en la cual se le ponen dientes para empezar a actuar mientras se tramita la Ley.

La lucha contra la corrupción tiene que tener consecuencias contra quienes la toleran, la promueven y se benefician, no solo es despedir al representante legal o al socio o administrador.

Camilo Gómez, director de la Agencia que defiende al Estado

SEMANA: ¿Cómo entrará a regir el decreto?

C.G.: La agencia pedaleó desde hace más de un año la expedición de la norma, y ahora cuenta con dientes para que las personas jurídicas respondan. La lucha contra la corrupción tiene que tener consecuencias contra quienes la toleran, la promueven y se benefician, no solo es despedir al representante legal o al socio o administrador.

En el marco de este reciente decreto, la Agencia está diseñando todo el procedimiento para que vía canales diplomáticos se soliciten las sentencias de otros casos en el mundo que son famosos y se conocen, cuyas empresas actoras tienen intereses, proyectos y contratos con el Estado colombiano.

En cuanto a las sentencias proferidas en Colombia, tendremos que hacer una coordinación con Cámaras de Comercio y Rama Judicial en lo penal para inhabilitar a aquellos contratistas cuyo administrador, representante legal o socio cometa un acto de corrupción. Para ello, estamos buscando acceder a las sentencias proferidas desde la primera instancia.

SEMANA: A pesar de fallos judiciales y de condenas a los representantes de Odebrecht en Brasil, la firma brasileña no está inhabilitada en Colombia...

C.G.: En el transcurso del trámite para esa inhabilidad contra Odebrecht y contra otras personas jurídicas contratistas del Estado, encontramos que hacía falta una reglamentación a la Ley de Soborno Trasnacional. Era un aspecto procedimental pero alguien tenía que encargarse de importar la sentencia en forma correcta de acuerdo al Código General del Proceso.

El caso Odebretch puso a temblar a toda América Latina y tiene un capítulo colombiano.

En el caso puntual de Odebrecht, la Agencia ya comenzó el trámite para que vía Cancillería se soliciten las sentencias contra los directivos de la brasileña; una vez agotado esto se procederá a registrar la inhabilidad. Lo mismo para las empresas nacionales, hay que recopilar estas decisiones judiciales para hacer que la inhabilidad que opere en virtud de la Ley.

SEMANA: La decisión en la que el Tribunal de Bogotá dejó en firme la condena contra José Elías Melo, dice que Episol era una compañía de papel y que Corficolombiana la encargada de reembolsar la coima. ¿Esto qué consecuencias trae?

C.G.: Esta sentencia será una de las que analizaremos. Desde luego hay que ver con mucho cuidado la extensión de la responsabilidad, ver si la compañía que se menciona está inscrita en bolsa, pues este tipo de firmas quedaron excluidas para proceder con este tipo de inhabilidad. Estamos en ese procedimiento, no solo para este caso sino en otros en donde los representantes legales de las empresas han sido condenados por corrupción.

La Agencia tendrá que proteger el patrimonio público que se ve afectado con actos corruptos de una compañía, por los gerentes y representantes legales. Si la compañía se benefició de actos de corrupción hay que ver hasta dónde se le extiende la inhabilidad en aplicación a la Ley de Soborno Trasnacional. Esto implica que las empresas tendrán que aplicar políticas serias para evitar la ilegalidad.