Judicial
Aterrador: el testimonio de Yamile Roncancio que condenó al fraile Andrés Hernán Muñoz a 16 años de cárcel por violación
SEMANA conoció la sentencia que dejó condenado a un fraile por abuso sexual en Villa de Leyva. El religioso, con antecedentes de consumo de alcohol y violencia de género, permanece en libertad.
“Yo sé que a ti te gusta”, es la frase que recuerda Yamile Roncancio de la mañana del 15 de diciembre de 2014, cuando fue víctima de abuso sexual por parte de un fraile dominico, en la misma casa parroquial del municipio de Villa de Leyva, Boyacá. La sentencia reveló cómo un grupo de religiosos arrancaron una fiesta en un bar y terminaron en la parroquia.
La historia de abuso quedó consignada en una sentencia de 88 páginas que conoció SEMANA y que se convierte en el relato de una brutal violación en las habitaciones de una casa parroquial. El responsable: Andrés Hernán Muñoz, religioso y abogado, con quien había tenido una relación hasta poco antes de los brutales hechos y que permanece en libertad.
Yamile, la víctima, fue invitada por unos religiosos a una celebración el domingo 14 de diciembre. Se encontraron en un bar de salsa junto a la casa cural de Villa de Leyva. Compartieron algunos tragos. Eran conocidos, existía confianza.
El anfitrión, otro fraile, pidió un espacio para ofrecer una misa. Cuando regresó, se embriagó, y Yamile junto a quien se convirtió en su agresor lo llevaron hasta la casa cural, lo acostaron y pasaron a otra habitación tras encontrar cerrado el cuarto que estaba dispuesto para ella.
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La habitación del fraile Andrés Hernán era amplia. La víctima recordó algunos espacios. “Había una cama doble o semidoble, un librero, un cuadro de la Virgen, un baño, una ventana que daba hacia el costado de la plaza y una mesa”, reseña la sentencia contra el fraile.
La madrugada del lunes 15 de diciembre no pasó nada. Los dos, víctima y fraile, se quedaron dormidos. Fue hasta entrada la mañana cuando arrancó la aterradora experiencia con la reaparición del embriagado fraile que horas antes dejaron dormido. El fraile llegó con una botella en la mano y con la firme intención de continuar la fiesta.
No pasó mucho tiempo y el licor devolvió al amanecido fraile a su habitación. Nuevamente estaban solos y con la puerta cerrada. Según el relato de la víctima, Andrés Hernán se sentó sobre su pecho, le atrapó los brazos, se sacó el pene y lo usó para golpearle la cara. Los casi 90 kilos del fraile reducían la respiración de la víctima, quien no pudo evitar que le metiera el pene en su boca y le susurrara al oído: “Yo sé que a ti te gusta”.
En ese mismo estado de indefensión, de acuerdo con la sentencia, el fraile estiró su brazo y le bajó el pantalón. Luego le metió la mano e introdujo sus dedos en el ano y la vagina. En su memoria persiste el momento en que el hombre se bajó el pantalón y la penetró.
Fue allí cuando Yamile logró liberar sus manos y rasguñó la espalda del fraile. Una evidencia que quedó en sus uñas, las mismas que fueron analizadas por Medicina Legal como el elemento de prueba, que se sumó al dictamen forense con la evidencia del abuso sexual.
“Diferentes lesiones del cuello, dentadas invertidas, mordeduras, escoriaciones lineales oblicuas, equimosis en mano derecha, equimosis escapular, dos escoriaciones, desgarros e impacto de uña… las fisuras anales y desgarro tienen correlación con lo dicho por la víctima”, advierte el dictamen medicolegal.
El ataque se detuvo gracias a una llamada al celular del fraile. El hombre se levantó a contestar y la víctima aprovechó para desprenderse de su atacante. Le gritó, le advirtió que lo iba a denunciar, luego corrió en busca de ayuda. Se encontró con el otro fraile y le contó lo ocurrido, mientras exigía que le abrieran la puerta.
La sentencia reseña hechos de violencia anteriores al abuso sexual. En una oportunidad, Andrés, el fraile, “le muerde la pierna izquierda muy fuerte, generando una inflamación persistente; al otro día, ella se fue para su casa, en ese momento estaba en Tinjacá, recibió atención médica en el hospital de Villa de Leyva”, advierte la sentencia.
Durante más de nueve años, Yamile Roncancio, hoy líder contra los feminicidios, esperó por una respuesta de la justicia. Ella misma recaudó pruebas contra su agresor, su cuerpo fue la evidencia de un abuso que confirmó Medicina Legal dos días después y que, en una primera etapa, no fue suficiente para la Fiscalía.
Seis meses antes de la agresión, la víctima había acabado una tormentosa relación con el fraile Andrés Hernán Muñoz, el ahora condenado. El consumo de alcohol, la violencia y los malos tratos la convirtieron en víctima. El hombre combinaba una vida religiosa con una excesiva agresividad en la intimidad.
Yamile, que por su profesión de abogada tenía claro el procedimiento, no perdió tiempo y lo denunció ese mismo lunes. Ahí comenzó otro suplicio, el jurídico, el que revictimiza a las mujeres. La remitieron a otra oficina en la Fiscalía, le hicieron los exámenes forenses y repitió, en detalle, su tragedia.
Con la denuncia y las evidencias, el panorama judicial era claro. Incluso, el agresor la buscó para “solucionar el problema”; le dijo: “Si quieres, denúnciame, pero hablemos”. Aun con toda la evidencia, una fiscal de Tunja, Boyacá, no consideró suficiente el material probatorio.
Casi cinco años después del ataque, el fraile fue imputado, pero la fiscal no pidió una medida de aseguramiento. Fue necesario que la propia víctima impulsara su caso, buscó apoyó legal y logró que la actual administración de la Fiscalía le diera prioridad a su proceso. Cambiaron el fiscal y la justicia mostró otra cara.
El Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Tunja, casi una década después, condenó al fraile a 16 años de cárcel, tras advertir que sería responsable del delito de acceso carnal violento. El fallo fue contundente y hace notar cómo la víctima fue sometida a actos crueles y degradantes por quien profesaba un fervor religioso.
“Para el despacho es claro, como también lo entendió el mismo defensor, que no se trató de actos sexuales, sino que hubo un acceso carnal, vía anal, con los dedos del procesado, que era normal en la relación que ellos habían tenido porque dada su condición religiosa, no le interesaba un embarazo y, por eso, sus relaciones sexuales eran vía anal o bucal”, señala el fallo. Pero a pesar de la evidencia y contundencia del fallo, no se libró una orden de captura. El juez advirtió que el fraile ha cumplido con las citaciones judiciales y no ha dado muestras o intenciones de fugarse, por tanto, y hasta que no quede firme la decisión, podrá seguir en libertad.
La víctima, por supuesto, no encuentra reparación. La decisión del juzgado fue apelada por la defensa del fraile y pasará otro espacio de tiempo mientras se confirma o absuelven en el Tribunal Superior de Tunja.