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Álvaro Uribe Vélez | Foto: Álvaro Uribe Vélez

Nación

Atención: Álvaro Uribe quedó libre

La juez 30 de garantías decidió revocar la medida de detención que tuvo al expresidente más de dos meses en casa por cárcel. ¿Qué viene?

10 de octubre de 2020

La jueza Clara Ximena Salcedo le otorgó la libertad al expresidente Álvaro Uribe Vélez. La decisión acogió el argumento de la defensa del expresidente según el cual para la existencia de una medida de aseguramiento en el sistema de la ley 906 es necesario que previamente se haya realizado una audiencia de formulación de imputación, lo cual no ha sucedido hasta el momento.

En la audiencia, la funcionaria comenzó por desvirtuar el argumento del ex Fiscal General de la Nación Eduardo Montealegre según el cual lo que se estaba definiendo era la nulidad de lo actuado por la Corte Suprema de Justicia. Posteriormente afirmó que no acogía la posición del delegado de la Fiscalía, quien había cuestionado la indagatoria del expresidente.

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Teniendo en cuenta a esto, la jueza señaló que era necesario determinarse que para que se profiriera medida de aseguramiento es necesario que previamente exista una formulación de imputación. Por lo anterior procedió a evaluar si la indagatoria del expresidente era equiparable a tal acto. Luego de un extenso análisis, la jueza señaló que ambas figuras tienen múltiples diferencias dentro de las que destacó que la formulación de imputación es un acto de comunicación que es controlado por un juez constitucional como es el juez de control de garantías. Recordó que la sentencia C-303 de 2003 en la cual la Corte Constitucional reconoció que la formulación de imputación permite materializar una serie de garantías para la defensa frente a la contradicción sobre lo que se conoce.

En virtud de lo anterior, la Juez señaló que al no existir formulación de imputación ni ninguna figura equivalente no es posible que exista todavía una medida de aseguramiento. En este sentido, sería necesario que primero se presente una formulación de imputación para detener preventivamente a una persona, lo cual no se ha presentado en este caso, por cuanto el ex Presidente Uribe solo fue escuchado en indagatoria.

En consecuencia, la Juez consideró que el ex Presidente Álvaro Uribe debe quedar libre al no haberse formulado imputación en su contra.

La jueza aseguró que no se le puede pedir a la Fiscalía que presente un escrito de acusación, sin haberse surtido antes la imputación. “No es posible ni constitucionalmente admisible equiparar la indagatoria a la formulación de imputación”, aseguró la jueza. La jueza agregó que para respetar el principio acusatorio y respetar las garantías judiciales, el expresidente debe ser liberado y se debe surtir el proceso tal y como la ley 906 lo establece.

La audiencia entró en un receso para que las víctimas puedan decidir si presentan o no recurso de apelación.

Frente a la decisión, Uribe publicó un trino. “Gracias a Dios”