Nación
Listas las primeras facturas del impuesto predial en Manizales, a finales de enero empezará distribución
Desde este lunes 23 de enero se habilitarán las oficinas móviles de la Secretaría de Hacienda.
Hasta el 28 de febrero se extendió el plazo para acceder al 15 por ciento de descuento por pago anticipado en el impuesto Predial de la ciudad de Manizales, según lo manifestado por la secretaria de Hacienda, Claudia Patricia Echeverry Bedoya, quien indicó que ya fue habilitado un lote de 94.400 facturas.
Explicó que el objetivo es promover la cultura de pago entre los habitantes de Manizales, quienes podrán reclamar los recibos de forma presencial en la Unidad de Rentas de la Alcaldía o en la página web donde es indispensable ingresar el número de cobro, la ficha o la matrícula inmobiliaria. Anunció además que la próxima semana se habilitará un nuevo lote con 30.000 facturas.
Acerca de la distribución puerta a puerta, precisó que en los últimos días de enero llegará a las direcciones de domicilios y locales comerciales que están registradas en el sistema de la administración, aunque se puede reclamar en la Unidad de Rentas en la sede de la Alcaldía de Manizales de lunes a jueves, con horario de 7:30 a 11:30 a.m. y de 1:30 a 4:30 p.m. mientras que para los viernes se maneja jornada continua de 7:30 de la mañana a 3:00 de la tarde.
Igualmente, anunció que desde este lunes 23 de enero se habilitarán las oficinas móviles de la Secretaría de Hacienda que estarán ubicadas en los centros comerciales Sancancio, Cable Plaza, Parque Caldas y Mallplaza; las cuales laborarán continuamente entre las 9:00 de la mañana y las 6:00 de la tarde, recepcionando el pago solo con tarjetas débito y crédito.
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“Son varias las opciones que tenemos para acceder a la factura, como ingresar al portal www.impuestos.manizales.gov.co e iniciar sesión al digitar la cédula de ciudadanía del contribuyente, tanto en el espacio del usuario como en el de la contraseña” precisó.
Recordó que para aquellos ciudadanos que paguen después del 28 de febrero, se tendrá un 8 por ciento de descuento que se aplicará entre el 1 de marzo y el 28 de abril; mientras que para las personas que tengan obligaciones tributarias de vigencias anteriores y quieran acceder a los beneficios se hará necesario presentar el acuerdo de pago alcanzado con la Unidad de Recursos Tributarios de la Alcaldía de Manizales.
“Es importante aclarar que para los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio en la vigencia 2022 se tendrá el descuento por pronto pago del 15 por ciento hasta el 31 de enero, ya que el único que se prolongó hasta el 28 de febrero fue el del impuesto Predial por algunos inconvenientes que se tuvieron con la facturación” manifestó.
En Colombia el pago del Impuesto Predial Unificado debe ser realizado por toda persona que sea propietaria de bienes inmuebles que estén en los municipios o distritos; ya sean lotes, casas, apartamentos, predios financieros, edificios, parqueaderos, bodegas, propiedades rurales que sean destinadas para actividades agrícolas, fábricas y depósitos.
También existen algunos predios que están exentos del pago de este impuesto o por los cuales se cancela un porcentaje, como aquellos que resultaron afectados por catástrofes naturales o actos terroristas; así como los que son propiedad de personas que son víctimas de secuestro o desaparición forzada. Se aplica además para los edificios que sean declarados como monumentos nacionales o inmuebles de interés cultural.
Aquellos que tienen el carácter de excluidos, y, por lo tanto, sus propietarios no están obligados a declarar ni pagar el impuesto, son los salones comunales, las casas o apartamentos que pertenecen a los estratos 1 y 2 que tengan un avalúo catastral por debajo de los 16 salarios mínimos, tumbas y bóvedas funerarias, templos, capillas, casas curales, monasterios, conventos y casas episcopales que hagan parte de la Iglesia Católica. También las casas pastorales y seminarios que sean de comunidades o cultos diferentes al catolicismo que cuenten con la respectiva documentación legal y cuenten con el reconocimiento del Estado.
En esta exención también están las instalaciones militares y de la Policía Nacional, las que son utilizadas por la Rama Judicial o entidades como la Defensa Civil, Cuerpos de Bomberos y Cruz Roja, entre otros, además de los parques naturales o públicos que pertenecen a las entidades estatales.