NACIÓN

“No bloquear selectivamente ciudadanos en Twitter”: la petición de la Corporación Cívica de Caldas al alcalde de Manizales

Acceso a la información y libertad de expresión le solicitan también a Carlos Mario Marín.

12 de agosto de 2022
El alcalde Carlos Mario Marín en la COP26 que se llevó a cabo en Glasgow, Escocia.
El alcalde de Manizales, Carlos Mario Marín. | Foto: Cortesía Alcaldía de Manizales

Buscando fortalecer el debate de interés público, la Corporación Cívica de Caldas (CCC) le solicitó a Carlos Mario Marín, alcalde de Manizales, no bloquear selectivamente los a ciudadanos en su cuenta de Twitter @Alcalde_Verde. Esta entidad lo toma como un atentado contra la libre expresión y el buen acceso a la información.

La Corcivicaldas se basa en la sentencia T-244 del 2018, la cual sería la razón jurídica de peso para que el mandatario permita el acceso a la información, a la réplica y a la libertad de expresión: “Está vulnerando al bloquear a ciertos ciudadanos, veedores, analistas y un concejal en su cuenta de Twitter” se aseguró en el comunicado oficial, por parte de la entidad mencionada.

Esto es lo que le solicita la Corporación Cívica de Caldas al alcalde de Manizales:

  • Este es un caso que representa una pugna de derechos: en cuanto a los ciudadanos, está en discusión sus derechos a la libertad de expresión y acceso a la información; y en cuanto al alcalde, su derecho al buen nombre y a la honra, ambos mediados por la información frente a la condición de servidor público, que en la actualidad ejerce el mandatario.
  • Sobre la libre expresión, los ciudadanos tienen derecho a expresar su opinión, la cual es subjetiva, y el mandatario podrá realizar las réplicas que considere, si no está de acuerdo. Si se trata de información que brindan los ciudadanos, al entenderse esta como objetiva, el mandatario podrá solicitar una rectificación. En los dos casos, en defensa de su derecho a la honra y al buen nombre.
  • Carlos Mario Marín cumple un rol político, que él mismo escogió cuando decidió ser candidato para así llegar al cargo que hoy ostenta, o sea, es una persona expuesta públicamente que está sometida a un mayor escrutinio, de nuevo, por su propia elección. Así que el bloqueo es un exceso, si se tiene en cuenta su condición política.
  • No es la calidad del sujeto, sino la importancia de las actividades y actuaciones de una persona determinada: sus publicaciones en sus redes sociales pertenecen a la función pública y su actividad como mandatario, por lo que los ciudadanos, al hacer pública su opinión, no están atacando a la persona ni su esfera privada.
  • Si bien, dicha sentencia especifica que en las redes sociales no solo se expone la vida profesional o política, sino también la privada; pese a lo anterior, la opinión y la libertad de expresión gozarán de una protección mayor, y se impone la responsabilidad a los ciudadanos de cumplir con los principios de la veracidad (opinión) y la objetividad (información), el respeto a la honra y al buen nombre.
  • La libertad de expresión es fundamental en el ejercicio democrático, pues según la sentencia, a través de esta se fomenta la denuncia, la transparencia, la participación ciudadana, el debate de control de asuntos públicos y la responsabilidad sobre la gestión del mandatario.

Marín no se ha pronunciado sobre la solicitud remitida por la Corporación Cívica de Caldas, una organización no gubernamental, sin ánimo de lucro, líder en la defensa del interés colectivo.

SEMANA intentó en varias oportunidades comunicarse con el alcalde, pero no fue posible.