Nación
Tres menores fueron aprehendidos por el asesinato de un estudiante de la Escuela Normal de Caldas en Manizales
Las autoridades siguen en una lucha frontal para evitar la comercialización de equipos celulares hurtados en el departamento.
Se empieza a esclarecer el homicidio del joven Harold Jhousep Cano Ocampo, un estudiante de 16 años que cursaba décimo grado en la Institución Educativa Escuela Normal Superior de Caldas, quien fue asesinado el pasado 9 de octubre a las 8:30 de la noche, al parecer cuando se resistió al hurto de su teléfono celular en el barrio El Nevado de la capital caldense.
La Policía Metropolitana y la Fiscalía General de la Nación reunieron el material probatorio suficiente para lograr la aprehensión de tres adolescentes de 16 años en Manizales, quienes serían los responsables de herir con arma cortopunzante a la víctima ese día cuando regresaba de la casa de su novia; después de lo cual falleció en el S.E.S. Hospital de Caldas cuando recibía atención médica. Actualmente los menores están a disposición de la autoridad judicial competente para responder por los presuntos delitos de hurto y homicidio agravado.
Esta misma semana los compañeros de Harold Jhousep habían realizado una marcha silenciosa desde su colegio hasta la Catedral Basílica Metropolitana, Nuestra Señora del Rosario de Manizales, en la que con algunos carteles exigían el respeto por la vida y también que se hiciera justicia por este caso.
Precisamente las autoridades siguen en una lucha frontal para evitar la comercialización de equipos celulares hurtados en la ciudad, con los operativos adelantados en el Centro Histórico, donde fueron visitados varios locales comerciales para verificar la legalidad de los teléfonos y accesorios que están a la venta en estos locales especializados.
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Durante la inspección en 6 establecimientos se logró la incautación de 21 teléfonos celulares, que tienen un avalúo aproximado de 27.750.000 pesos, debido a que no contaban con la documentación legal para acreditar su procedencia como las facturas de compra e importación.
También fue capturado un hombre de 44 años conocido como Luis, a quien se le encontró un equipo que había sido hurtado de un vehículo en el centro de Manizales el pasado 11 de octubre. En ese lugar también fue detenido un sujeto de 22 años identificado como Cristian, quien era solicitado por el Juzgado Primero Penal Municipal por el delito de hurto calificado y agravado.
En la capital caldense hasta la fecha ha sido posible la incautación de 183 equipos celulares y la recuperación de otros 74 que tenían el registro de robados; mientras que se ha procedido con la captura de 109 personas que son acusadas por el hurto de estos aparatos.Se recuerda a los compradores que deben adquirir los equipos en lugares autorizados por el Ministerio de las TIC y verificar que el IMEI de la factura y la caja sea el mismo que aparece en la pantalla del celular; igualmente comprobar en la página web www.imei.colombia.com.co que ese código no aparezca con reportes por hurto.
Los equipos están avaluados en 36.500.000 pesos y su hallazgo significó el cierre de algunos establecimientos por la comercialización de terminales robados. Hasta la fecha en los 25 municipios que son de su jurisdicción, la Policía de Caldas ha decomisado 1.285 teléfonos celulares y la recuperación de 81; lo que representa un 9 por ciento más con referencia al mismo periodo del año 2021.
Constantemente las autoridades realizan campañas para sensibilizar a la ciudadanía acerca de lo que implica comprar celulares robados; pues además de fomentar las actuaciones de la delincuencia, se incurre en el delito de receptación que está contemplado en el artículo 447 del Código Penal: “El que sin haber tomado parte en la ejecución de la conducta punible adquiera, posea, convierta o transfiera bienes muebles o inmuebles, que tengan su origen mediato o inmediato en un delito, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, incurrirá en prisión de cuatro (4) a doce (12) años y multa de seis punto sesenta y seis (6.66) a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor”.