En 2013, el presidente electo, Gustavo Petro, fue destituido de su cargo como alcalde por la Procuraduría. Por eso señalan que su propuesta tiene un tufo de revancha.
Formulan cargos a exalcalde de Antioquia. | Foto: foto: guillermo torres-semana

Antioquia

Procuraduría formula cargos a un exalcalde de municipio de Antioquia por no haberle pagado a un contratista

Unas cuentas pendientes enredan en el ente de control al exmandatario de San Luis.

22 de diciembre de 2022

La Procuraduría General de la Nación informó este miércoles, 21 de diciembre, sobre la formulación de cargos a un exalcalde del departamento de Antioquia por el presunto incumplimiento de una orden judicial que le pidió pagar unas deudas pendientes.

Se trata del exmandatario local del municipio de San Luis José Maximino Castaño Castaño, quien tuvo las riendas de la administración entre los años 2016 y 2019. Un proceso de vieja data es la que hoy lo enreda en el ente de control disciplinario.

Al parecer, habría desatendido una sentencia emitida por el Tribunal Administrativo de Antioquia el pasado 4 de diciembre de 2013. En ese momento, se solicitó a la Alcaldía el reconocimiento de los salarios y prestaciones que una contratista dejó de percibir.

Sin embargo, con base en el material probatorio recopilado, solo la habría reintegrado al mismo cargo que venía desempeñando dentro de la administración sin cumplir con las obligaciones económicas que habían exigido los magistrados.

La Procuraduría denunció que el acuerdo de los pagos solo se habría logrado el 19 de noviembre de 2020 gracias al actual alcalde de San Luis. Es decir, casi siete años después de haberse dejado en firme el fallo y que Castaño Castaño habría esquivado.

Para el ente de control disciplinario, la decisión de no cancelar las deudas pudo representar un detrimento al erario como consecuencia de la cancelación de los intereses. También la indexación al que habría sometido a la administración municipal.

Así las cosas, se le reprocha a José Maximino por no ejecutar al pie de la letra la orden del Tribunal Administrativo de Antioquia durante el período constitucional que ostentó el cargo en el oriente del departamento, junto a los estragos que pudo haber causado en la cartera.

“En esta etapa procesal, la posible falta de Castaño Castaño fue calificada como grave a título de dolo”, indicó la Procuraduría General de la Nación en un comunicado dirigido a la opinión pública.

También se conoció que la formulación de cargos contra el exalcalde del municipio antioqueño de San Rafael, Adab de Jesús Marín Arcila, por la gestión que adelantó entre los años 2016 y 2019.

El ente de control disciplinario lo cuestiona por una supuesta suscripción irregular de contratos que alcanzó en ese período, cuyo objetivo era transportar a los estudiantes de instituciones educativas rurales y urbanas. También para la movilidad de personas en estado de vulnerabilidad que requerían atención médica en otros lugares.

El primer elemento que es motivo de reproche por parte de los investigadores es que habría omitido procesos de verificación en medio de los acuerdos. En particular, presuntamente, no puso atención efectiva sobre la condición administrativa de las empresas con las que alcanzó los contratos: Sotrapeñol y Sotrasanvicente.

“Así mismo, le cuestionó la posible celebración de dos bilaterales de prestación de servicios con estas firmas, a través de contratación directa, a pesar de que por su cuantía debían realizarse mediante selección abreviada”, se lee en un comunicado de prensa que firmó la Procuraduría General de la Nación para alertar sobre este caso.

Este escenario habría desencadenado una desatención de las modalidades y procedimientos que se utilizan en la contratación pública, y que están establecidos legalmente para adelantar los convenios de asociación. En consecuencia, las decisiones que habría tomado impidieron la participación plural de otros oferentes para escoger la oferta más favorable.

Las personas que están adelantando este proceso de verificación dieron cuenta que, supuestamente, el implicado pudo nadar en contra de las normas definidas por el legislativo. Una de las que llama la atención es el artículo 355 de la Constitución Política que deja en firme los requisitos para gestionar contrataciones públicas con organizaciones particulares.