MEDELLÍN
Trece motos fueron inmovilizadas por transitar en zonas peatonales de Medellín
La ciudadanía asegura que este es un problema recurrente en la zona.
La Secretaría de Movilidad de Medellín sancionó a 13 motociclistas que se movilizaban por el sector de la Universidad Nacional, los cuales incurrían en la infracción D.05: “Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados”.
Autoridades comunicaron que este operativo móvil se realizó atendiendo a los llamados de la ciudadanía que denunció esa problemática que se presenta de forma reiterativa en la zona. “Eso es pan nuestro de cada día, y lo peor es que si ven un peatón en la vía lo amenazan y le gritan, parecen delincuentes. Porque no acondicionan unos centros permanentes en las áreas críticas”, comentó Jorge Salazar en Twitter.
En total, agentes de Tránsito efectuaron 13 comparendos (multa de 781.200 pesos), con 13 inmovilizaciones. De acuerdo con la Secretaría de Movilidad, este Móvil Operativo se desplazará por la ciudad, atendiendo estos casos infringen las normas de tránsito y perturban la tranquilidad de los actores viales.
Además, en las calles de Medellín se han implementado puntos de control ambiental, mediante el Móvil GRAM, donde se adelantan pruebas de gases a fuentes móviles para ayudar a mejorar la calidad del aire y contribuir a la reducción de la huella de carbono en nuestra ciudad.
Durante esta semana, los agentes hicieron 768 pruebas, de las cuales 678 vehículos cumplían con los requisitos, mientras que 90 fueron rechazados; a 75 les hicieron comparendos y siete fueron inmovilizados.
🍃Nuestro Móvil GRAM realiza pruebas de gases a fuentes móviles para ayudar a mejorar la calidad del aire y contribuir a la reducción de la huella de carbono en nuestra ciudad.
— Secretaría de Movilidad de Medellín (@sttmed) May 11, 2022
Esta semana realizaron:
Pruebas: 768
Aprobadas: 678
Rechazadas: 90
Comparendos: 75
Inmovilizaciones: 7 pic.twitter.com/gaTeOsJzvI
Pico y placa
La medida del pico y placa en Medellín, y el resto de los municipios del Valle de Aburrá, se rige por dos dígitos diarios para carros y motocicletas, desde las 5:00 a. m. hasta las 8:00 p. m. La restricción se aplica con el fin de reducir los niveles de contaminación y descongestionar las vías del Área Metropolitana.
De acuerdo con la Secretaría de Movilidad de la ciudad, el incumplimiento de la normativa genera una multa de 15 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV) y la inmovilización del vehículo.
Hay que tener en cuenta que la circulación para los carros, camionetas, camperos, motocarros y cuatrimotos está condicionada al último número de la matrícula. Así las cosas, este jueves no podrán transitar por las calles de Medellín los automotores con placas terminadas en 0 y 7.
Mientras que la política para las motos, mototriciclos, tricimotos y ciclomotores de dos y cuatro tiempos se rige por el primer número de la placa. En efecto, este 12 de mayo se aplica la limitación de movilidad a los mismos dígitos: 0 y 7.
Además, entre las 6:00 a. m. y las 8:00 p. m. está activo el pico y placa para los taxis cuyas matrículas finalicen en 6.
Vías exentas
Dentro de la nueva normativa de pico y placa que opera en Medellín y los municipios del Valle de Aburrá, la Secretaría de Movilidad precisó cuáles son las vías que están exentas de la medida: el Sistema Vial del Río (Autopista Sur, avenida Regional y avenida Paralela), la avenida Las Palmas, avenida 33, desde el río hasta su conexión con Las Palmas; laterales de la quebrada La Iguana (entre carreras 63 y 80), calzada norte (sentido oriente-occidente) del Puente Horacio Toro, entre los lazos que permiten hacer el retorno al sur.
Restricción no aplicará en corregimientos
De igual manera, los siguientes tipos de vehículos están exentos de la medida: aquellos utilizados para atención de emergencias, o que presten atención médica personalizada y/o domiciliaria, que realicen labores relacionadas con el rescate de órganos y tejidos y el trasplante de los mismos.
Asimismo, los que están destinados al transporte de alimentos y/o elementos perecederos, debidamente acreditados y vinculados a la actividad comercial de carga; destinados a la prestación de servicios públicos; vehículos de propiedad de medios de comunicación; de seguridad nacional perteneciente a las Fuerzas Militares, Policía Nacional, Inpec y Fiscalía General de la Nación.