10. Supresión de personerías

<b>Jaime Castro* comenta:</b>

1 de marzo de 2003

Lo mismo que el punto 9 puede decirse de la supresión automática de 50 personerías (las de las ciudades que tengan mas de 100.000 habitantes) y opcional de las otras 1.050 porque la Procuraduría y la Defensoría decidirán en cualquier momento en qué municipios puede haber personería y en cuáles no. Como las ciudades conservan la obligación de cumplir funciones cada día mas importantes (proteger a los desplazados y a las víctimas de las violaciones de los derechos humanos), seguramente incurrirán en gastos comparables a los que les causaban las personerías suprimidas. Saldrá lo comido por lo servido .



Centralizar y privatizar el ejercicio del control fiscal y las funciones que corresponden al ministerio público es inconveniente. Del punto de vista político porque atenta contra la autonomía territorial y la descentralización. Del punto de vista administrativo, fiscal y operativo, porque intentamos pasar del eslogan al programa y del programa a la Constitución sin realizar los estudios que aseguren el éxito de las propuestas. Nadie sabe cómo funcionará el nuevo sistema ni cuáles serán sus costos. Mininterior estima que la Contraloría y la Procuraduría "tienen grandes posibilidades de aumentar el ámbito de sus funciones sin esfuerzos fiscales adicionales". Por ello, el Gobierno no ha "previsto, en principio, el aumento de los presupuestos" de esas entidades. Minhacienda, por el contrario, sostiene que "el legislador, una vez aprobado el referendo" podrá imponer a las entidades territoriales la obligación de contribuir con recursos suyos a la financiación de la Contraloría General. ¿A quien creerle? Lo único cierto son los costos políticos y sociales. Lo demás, es improvisación.

*ex alcalde de Bogotá