Opinión
De la protesta al terror
Al igual que en Colombia, la protesta en Francia nace por una serie de carencias estructurales de los sectores más empobrecidos del país, que en palabras de los propios ciudadanos “han sido abandonados por el estado”.
Hace unas semanas, las tierras francesas ardieron una vez más, con violencia y cinismo popular ocasionado por la muerte de un joven de 17 años a manos de un oficial de policía. Este suceso desintegró a una sociedad ya fracturada y enferma, llevándolos a un estallido social que terminó en terrorismo urbano, muerte e incendios, cimentados erróneamente bajo la idea de la justicia y la no discriminación. Esto nos lleva a preguntarnos sobre los límites que deben imponerse ante la protesta social y los problemas que presenta la figura del delito político ante una manifestación violenta.
Al igual que en Colombia, la protesta en Francia nace por una serie de carencias estructurales de los sectores más empobrecidos del país, que en palabras de los propios ciudadanos “han sido abandonados por el estado”. En efecto esa es la realidad, la política de inmigración flexible impuesta por distintos países europeos han generado un exceso de población migrante que ha terminado en la violación de derechos fundamentales de estas comunidades por la negligencia estatal. Esto a su vez ha inducido a la población a una cólera que puede ser moldeada por grupos terroristas para causar caos en las ciudades, como ocurrió en nuestro país en el año 2021, en el que tanto grupos criminales como políticos rastreros aprovecharon la rabia del pueblo para ganar las elecciones presidenciales.
Tanto en la Constitución Colombiana en su artículo 24 y en el ordenamiento jurídico francés, en La Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, clasifican a la manifestación social como un derecho fundamental que representa uno de los pilares del estado democrático. Sin embargo y a pesar de que la lucha por la igualdad social sea una justificación noble para realizar una manifestación, queda claro que una vez lanzada la primera piedra hacia un ser humano o algún bien público, la protección que le da la constitución a la protesta se acaba totalmente. Nuestro ordenamiento jurídico protege este derecho siempre y cuando se realice con respeto. Ejemplos de dicha afirmación lo encontramos en las últimas manifestaciones organizadas por la derecha colombiana en contra del gobierno de Gustavo Petro, en las que ni el Esmad tuvo que salir a supervisar la manifestación.
Ahora bien, el ordenamiento jurídico colombiano, a mi parecer, comete errores y contradicciones cuando se analiza la protesta social que en los últimos años se ha tornado en un caldo de violencia. Este error se manifiesta en la existencia del delito político en nuestro ordenamiento, el cual, a pesar de presentar penas, los delincuentes tienen la oportunidad de ser indultados mediante negociaciones con el gobierno, lo cual en parte contradice la esencia del derecho fundamental a la protesta. Ejemplo de esto se encuentra en la propuesta del presidente Petro, de indultar y pagarle a los jóvenes de la Primera Línea y de los grupos insurgentes, como un fin para acabar con la violencia. En ese sentido, mediante esta figura todos los delitos que se cometan disfrazados como “políticos” tienen la posibilidad de salir impunes por medio de negociaciones, debido a su carácter moral que no los clasifica como criminales comunes.
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En el caso francés, la barrera de la protesta social fue destruida con creces, los terroristas que incendiaron el país lo hicieron con una intención antipatriótica y criminal, disfrazada de indignación en contra del lamentable asesinato extrajudicial del menor de edad. Como ser humano uno entiende el dolor, ira e impotencia de los amigos y la comunidad del niño fallecido, sin embargo, como seres racionales tenemos la responsabilidad de comportarnos de manera lógica y coherente ante la cólera, dejando que las autoridades juzguen al asesino o realizando una protesta pacífica para homenajear al muchacho y reclamar por los derechos que el estado francés le ha vulnerado a la población migrante y obrera. Asimismo, el estado tiene que tener el carácter y la fortaleza de no permitir y castigar la destrucción y saqueo de alrededor de 1.000 negocios, 400 bancos, patrimonio histórico y decenas de vehículos del transporte público que equivalieron a la pérdida de 650 millones de euros como una justificación del estallido social.
Para concluir, es desalentador y contraproducente que la protesta social se haya convertido en un sinónimo de terrorismo urbano que es aceptado por el estado como un delito político, llevándolo a la impunidad y al bienestar, como lo ha estado planteando el presidente Petro. Considero que el ordenamiento jurídico colombiano y francés deben establecer los límites de la manifestación tomando todo acto de daño a la integridad de los demás ciudadanos y los bienes públicos como un delito común y no político, para que así el imperio de la ley y la decencia humana se recuperen en el marco de una protesta social.
Referencias:
- Infobae (2023) “Las protestas en Francia por la muerte de Nahel ocasionaron daños por más de 700 millones de dólares”
- Alvarez D.(S.F) ¿ Que es el delito político?
- Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito Colombia (S.F) “Guía para Colombia sobre el régimen jurídico contra el terrorismo y su financiación”