OpiNión
En Afinia, Petro y Quintero tienen la palabra
Con base en la “confianza inversionista”, se decidió cargar a los usuarios 6,4 billones de pesos necesarios para la “prestación eficiente y sostenible del servicio”.
“El programa de gestión de Afinia se raja en control de pérdidas de energía”, afirmó el 22 de junio de 2022 la Superservicios. Afinia es la filial de EPM que reemplazó a Electricaribe para la prestación del servicio en Bolívar, Córdoba, Cesar, Sucre y 11 municipios del Magdalena.
“Es preocupante que Afinia persista en el incumplimiento de la meta de inversiones para reducir las pérdidas; de 155.000 millones de pesos que debía invertir en 2021, solo ejecutó 26.000”, agregó. Y coincidió con veedores que atribuyen gran peso al factor de pérdidas eléctricas en el abusivo precio de la electricidad en el Caribe colombiano.
“Afinia está golpeando demasiado a sus usuarios”, explica Jorge Vergara. Multiplicar el factor de pérdidas por los kilovatios vendidos le ha significado “recibir de sus clientes en los primeros 7 meses (…) aproximadamente $607.000 millones” (telatiroplena.com/17/8/22).
Notas periodísticas recalcan que “en diciembre de 2020 las pérdidas de energía de Afinia estaban en 27,2 % y aumentaron a 28,3 % en diciembre de 2021” (El Colombiano, 5/6/22). William Murra señala que “las pérdidas no han podido disminuir” (El Universal, 7/6/22). En carta a la ministra Vélez, Murra, Ugarriza y Pérez –otros dos veedores– afirmaron que “el componente de pérdidas de Afinia está 170,97 %” por encima del promedio nacional (V. Ciudadana C/gena, 22/8/22).
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Aunque el gerente de Afinia, Javier Lastra, da diferentes cifras sobre lo invertido, una en su informe oficial y otra en los medios, no ha sido suficiente. Las horas-año de duración promedio de las interrupciones percibidas por un usuario sumaron 89,2 y, según la Creg, deben ser 2, y las veces promedio de interrupción anual para un usuario fueron 72,1, cuando 9 es el máximo permitido. (Superservicios). Peor imposible.
Las tarifas de Afinia salen de resoluciones y decretos fundados en el artículo 318 del Plan de Desarrollo de Duque, que prescribió “un régimen transitorio especial… para las actividades de distribución y comercialización”, debido al estropicio que dejó Electricaribe. Con base en la “confianza inversionista”, se decidió cargar a los usuarios 6,4 billones de pesos necesarios para la “prestación eficiente y sostenible del servicio”.
Los decretos 1645 de 2019 y 1231 de 2020, y la resolución 40272 del Ministerio de Minas y Energía y las resoluciones 010, 188 y 007 de 2020 de la Creg armaron un coctel molotov con una tasa de ganancia de 11,36 por ciento para los distribuidores. Para evitar la explosión social, el pago se ha diferido a cinco años con la figura de “opción tarifaria”, jugadita que no palió la ira contra un servicio malo y caro.
Por tanto, surge una controversia: si el Plan de Desarrollo estipuló que el régimen especial reflejará “como mínimo, las inversiones realizadas, el cumplimiento de las metas de calidad y de reducción de pérdidas”, ¿lo merece Afinia, morosa en sus obligaciones? ¿El costo medio de inversión cobrado se compensa con las obras de mejoramiento? ¿Las pérdidas son negocio?
Hay además ríos sonoros que llevan piedras de corrupción y de debilidad ética en Afinia: 1) El enigmático nombramiento, en agosto de 2021, de Lastra, funcionario de vieja data, interventor de Electricaribe cesado en 2018, sancionado políticamente de por vida por el Consejo de Estado al violar el régimen de inhabilidades como concejal de Bogotá en 2009 y con padrino –aún desconocido–, como pasa con los nombramientos de Daniel Quintero (La Silla Vacía); 2) La denuncia de una reunión en Cartagena, el 29 de marzo de 2021, de cinco empresas que juntaron 1.500 millones de pesos para tomar control contractual e imponer “contratos integrales” de compañías “toderas” (El Colombiano, 5/06/22); 3) La conjetura sobre una oficina vecina a Afinia coordinadora de la “parte contractual fraudulenta” (El Colombiano, ídem) y que en mapa por Google Earth visualiza a AGM Desarrollos, la firma del contratista Gabriel Hilsaca, a 16 minutos o menos a pie (ver); 4) El secretismo sobre los contratos –publica la oferta sin el adjudicatario– infringiendo la ley por su condición de empresa pública y 5) El pésimo clima laboral por el despotismo de Lastra frente a derechos convencionales y fallos judiciales a favor de los trabajadores.
Edificio Afinia (1) by Semana on Scribd
Como agravante, sobrevino el alza en los factores de generación, distribución y comercialización. El primero por el Índice de Precios al Productor al que está atado, que de julio a julio fue 32,85 por ciento (Dane), y los otros por ineficiencia o por alto costo de uso de la red o en el recaudo o en la recuperación de pérdidas no técnicas.
En Afinia se incubaron graves complicaciones, atinentes a la Nación y a EPM, urgidas de solución para contener la rebeldía social de cinco millones de costeños que ya brotó en Montería y Arjona. Petro y Quintero tienen la palabra.