OpiNión
¿Eva exprés?
¿Por qué el tapen-tapen del Dapre? ¿Es orden de Mauricio Lizcano o de sus superiores? ¿Carecía de visa de residente, cédula de extranjería o dos años en Colombia?
Esta columna versa sobre el esfuerzo del ciudadano Hernán Augusto Tena Cortés, hijo de español y colombiana, licenciado en educación con estudios de posgrado, quien ejerce periodismo ciudadano con el portal Diario La Nube, por conocer la legalidad en los trámites de la naturalización de Eva Ferrer Galcerán, nombrada el 23 de septiembre de 2022 en la Consejería Presidencial para la Niñez y la Adolescencia del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre).
Dice Tena que su interés inicial era conocer cómo una española, en breve tiempo y estadía, logró una posición en la alta jerarquía del Estado, mientras él tenía dificultosos tropiezos para homologar sus títulos a fin de cursar estudios de derecho en España, con doble nacionalidad y habitación en la Unión Europea, pues vive en Irlanda hace años. Desconocía quizás aspectos bilaterales de favorecimiento como el que tuvo Eva.
Ofició al Dapre (1/10/22) al conocer que Eva se posesionó en el cargo con la cédula de ciudadanía colombiana n.º 2.000.011.562, fruto del proceso de nacionalización bajo Resolución 6675 del 31 de agosto de 2022, del Ministerio de Relaciones Exteriores. Preguntó cómo se habían homologado los títulos profesionales de Eva para ser nombrada, que acreditan Licenciatura en Ciencias Políticas y Administración Pública de la Universidad Española de Educación a Distancia (Uned); dos posgrados en comunicación, estrategia política y relaciones públicas de las universidades Autónoma de Barcelona y en la costosa ESIC Business and Marketing School y uno similar en 1992 en un college en Florida, así como especializaciones en diseño gráfico. La respuesta fue sorpresiva porque el Dapre dijo que solo había dos exigencias: tener más de 25 años y ciudadanía colombiana y que los cumplió, en particular este último al presentar la contraseña de la cédula.
Las inquietudes de Tena entonces se volvieron denuncia al revisar el artículo 96 de la Constitución, que determina que los extranjeros que soliciten carta de naturalización deberán hacerlo de acuerdo con la Ley 43 de 1993, que establece los siguientes requisitos: visado de residente, que para los españoles de nacimiento obliga a estar domiciliados por dos años; solicitud escrita, con la cédula de extranjería y datos de residencia, inclusive confidenciales; acreditación laboral o empresarial de la que devenga sus ingresos y, una relevante, “acreditar conocimientos de la Constitución Política de Colombia, historia patria y geografía de Colombia”.
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Dadas las cercanas fechas de nacionalización y nombramiento, con tres semanas de diferencia, y la posesión irregular con contraseña, a Hernán Tena le parecieron muy generales las respuestas del Dapre y las reiteró. Volvió a recibir respuesta en forma escueta y entonces interpuso una tutela ante el Juzgado 29 Civil Municipal de Bogotá, que ordenó entregarle la información y en particular la correspondiente al punto 3 del cuestionario: “Copia del proceso de nacionalización de la ciudadana Eva Ferrer”, que, “según información suministrada por ustedes, se presume que no cumplió con los requisitos”. El Dapre respondió con las mismas generalidades, convertidas ya en ocultamiento, frente a lo cual Tena impugnó por evidente falta y ahí va.
¿Por qué el tapen-tapen del Dapre? ¿Es orden de Mauricio Lizcano o de sus superiores? ¿Carecía de visa de residente, cédula de extranjería o dos años en Colombia? ¿No puede respaldar cómo se sostuvo en ese tiempo? ¿Con qué estatus asesoró la campaña presidencial y la extensa gira internacional de Verónica Alcocer? ¿Se oculta que su formación profesional es extraña a la problemática de esa consejería, que debería acabarse cuando ya hay otra de juventud en cabeza de Gabriela Posso? ¿O es distinto adolescencia a juventud? Si los requisitos para el cargo son tan básicos, ¿por qué se seleccionó a Eva, conocida por la familia Petro Alcocer hace años en Barcelona, entre los 28,5 millones de compatriotas que también los cumplen? ¿Hubo nacionalización exprés? Son tantas las eventuales anomalías para el silencio oficial que no se sabe a cuál de todas obedece.
Valdría que el canciller Leyva o la vice Laura Gil, quien como extranjera naturalizada padeció el proceso, dieran a conocer los resultados del examen de conocimientos de historia, constitución y geografía de Colombia. Verbigracia, ¿explicó las diferencias entre la Constitución de Núñez y la del 91? ¿Supo en qué fecha fue creada la República de Colombia? ¿Respondió que Tomás Cipriano de Mosquera es quien ha sido más veces presidente de Colombia? ¿Para el buen ejercicio de su cargo, expuso sobre los órganos de control? ¿Supo cuál es el pico más alto de este montañoso país?
Doctor Lizcano, doctor Leyva: ¡contéstenle a Hernán Tena!