CORTE

La Corte Suprema y el caso Arias

Si la corte concede la segunda instancia al exministro Arias, puede restituir la confianza sobre su imparcialidad y quitarse el sambenito del sesgo antiuribista. ¿Lo hará?

José Manuel Acevedo M., José Manuel Acevedo M.
6 de enero de 2019

Hace unas semanas sondeé la opinión de cuatro ácidos opinadores contra el expresidente Álvaro Uribe y el exministro Andrés Felipe Arias por el caso de Agro Ingreso Seguro. De los cuatro, solo uno cree que la Corte Suprema de Justicia obró con todas las de la ley y que este proceso estuvo rodeado de plenas garantías. Los otros tres sienten que, aunque Arias se merecía el carcelazo, los 17 años que le clavaron resultaron a todas luces desproporcionados.

Lo mismo consideraba el magistrado de la Corte Eugenio Fernández Carlier, que en su salvamento de voto frente a la decisión que tomó la mayoría de la Sala Penal, advertía una incongruencia entre la acusación hecha por la Fiscalía y la sanción exagerada que dicha sala le impuso a Arias.

Le recomendamos:  Todos perdieron

Más tarde, el profesor Moisés Wasserman –de quien nadie podría sospechar una vecindad ideológica con el uribismo– escribía en el periódico El Tiempo: “No sé si en la justicia usan todavía la vieja regla de Occam, que postula que entre dos hipótesis alternativas debe uno acoger la que dependa de menos premisas no comprobadas. A mi parecer, en este caso, la hipótesis de culpabilidad requiere más supuestos que la de inocencia”.

Si la corte concede la segunda instancia al exministro Arias, puede restituir la confianza sobre su imparcialidad y quitarse el sambenito del sesgo antiuribista. ¿Lo hará?

Ahora es el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas el que asegura que el Estado colombiano ha debido garantizarle, por lo menos, la doble instancia al exministro Arias en su proceso judicial, algo que no ocurrió porque hasta antes del primero de enero de 2018 veníamos poniéndoles conejo a los tratados internacionales suscritos por Colombia, que consideran la doble instancia para todos los ciudadanos como uno de los derechos más importantes en toda democracia.

Sin embargo, las cosas han cambiado desde esa fecha en que entró en vigencia el acto legislativo aprobado por el Congreso. La decisión del comité de la ONU fue aceptada de buena fe por Colombia y el balón está en la cancha de la corte, que debe decidir si acata o no lo resuelto por dicho comité.

Puede ver: El efecto bumerán de la protesta

Si la corte le concede la segunda instancia al exministro Arias, puede restituir la confianza sobre su imparcialidad y quitarse el sambenito del sesgo antiuribista. De lo contrario, habrá tomado una determinación que quebranta la lógica con la que ha operado en las últimas décadas y dejará en el ambiente la sensación de ensañamiento más allá de las consideraciones jurídicas. Concedérsela, además, no implica que lo vayan a declarar inocente o que le disminuyan su pena (¡como debería de suceder!), sino que haciéndolo se proveería este caso de una garantía elemental que nunca tuvo.

Alguien dirá que la corte no está obligada a acoger los criterios de la ONU, pero en recurrentes sentencias este alto tribunal se ha apoyado en los pronunciamientos de ese comité de derechos humanos para justificar sus decisiones. Sería raro que ahora lo desconociera. Por otra parte, ya no tiene la disculpa de no contar con órganos que permitan implementar la doble instancia para Arias, pues la corte ya cuenta con una sala de instrucción y de primera instancia, y la Sala de Casación Penal se ha convertido en la segunda instancia para los aforados. De hecho, sería una buena oportunidad para que los nuevos miembros de la corte intervengan y le den al exministro esta garantía.

Le puede interesar: ¿Cómo se renueva la política?

Finalmente, están los que dicen que concederle la doble instancia a Arias desataría inmediatamente una cascada de casos similares que desbordarían la capacidad de la justicia penal y que su caso ya hizo tránsito a cosa juzgada. Desconocen dichas personas que los pronunciamientos del comité de la ONU solo tienen efectos particulares y que los demás aforados que tuvieron una única instancia tendrían que acudir uno por uno a dicho estamento para lograr una decisión a su favor. De otra parte, el argumento de que este caso se cerró viola el principio de favorabilidad en materia penal, que incluso opera cuando ya existe una condena.

Por todo ello, la corte tiene una buena oportunidad para sacudirse. Lo demás suena a magistrados haciendo política y me niego a creer que ese sea el ánimo que mueve a la mayoría de los togados. Con Arias, la Justicia colombiana debe reivindicarse. 

Noticias Destacadas

Fernando Ruiz Gómez  Columna Semana

Un año difícil

Fernando Ruiz
Salud Hernández

El Petro modelo 2025

Salud Hernández-Mora