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Las empresas y los derechos humanos

Un empresario podría decir, con toda razón, que su empresa respeta los derechos humanos porque en ella se cumplen con todas las obligaciones laborales derivadas del ordenamiento jurídico colombiano, sin embargo puede ocurrir, y con mayor frecuencia de la que se cree, que en la operación de una empresa se puedan afectar derechos humanos sin que esto haya ocurrido con intencionalidad.

Semana.Com
17 de enero de 2019

Hace unos meses José Manuel Acevedo publicó en la edición impresa de esta casa editorial una columna en la que llamó la atención acerca de la necesidad de superar esa mirada hostil que ciertos sectores de la sociedad colombiana tienen respecto de las empresas. Comparto con él su preocupación y creo que una buena manera, entre otras, de contribuir a modificar ese clima social adverso es dándole un mayor alcance, aplicación y difusión al Plan Nacional de Acción en Empresa y Derechos Humanos que lidera el gobierno nacional desde el año 2015.

Dicho plan fue el desarrollo nacional de los principios rectores de las Naciones Unidas en Empresa y Derechos Humanos cuyo propósito central es comprometer a las empresas con el respeto a los derechos humanos. Un empresario podría decir, con toda razón, que su empresa respeta los derechos humanos porque en ella se cumplen con todas las obligaciones laborales derivadas del ordenamiento jurídico colombiano y que en general sus actividades respetan la Constitución y la ley, sin embargo puede ocurrir, y con mayor frecuencia de la que se cree, que en la operación de una empresa se puedan afectar derechos humanos sin que esto haya ocurrido con intencionalidad. Por ejemplo: una actividad industrial cuyo ruido no permite que los niños que asisten a una institución educativa cercana puedan escuchar sus clases adecuadamente con lo cual se esta generando una limitación al derecho a la educación. Claramente el empresario de la industria que citamos en nuestro ejemplo no tiene la intención de afectar el derecho a la educación de los niños, a lo mejor ni siquiera sabe que muy cerca de donde funciona su empresa existe una institución educativa. Los principios rectores de Naciones Unidas en Empresa y Derechos Humanos y el Plan de Acción colombiano en esta materia incorporan el concepto de la debida diligencia como una figura que le permitiría a las empresas hacer una evaluación previa acerca de los potenciales riesgos que tendrían sus operaciones de afectar derechos humanos de tal manera que se tomen las precauciones necesarias y que a su vez, en caso de afectaciones, puedan existir mecanismos expeditos de remediación.

Las empresas son un actor cada vez más relevante en la sociedad, por lo tanto su compromiso con el respeto a los derechos humanos es fundamental y trasciende, como aquí se explicó, el cumplimiento de las obligaciones laborales con sus empleados, el acatamiento de las normas legales que rigen su operación y las políticas de responsabilidad empresarial. Los principios rectores no son aún un tratado vinculante, son una declaración que exhorta a los Estados del sistema de las Naciones Unidas a desarrollar unas políticas públicas para estimular a las empresas a desarrollar mecanismos de debida diligencia que les permita identificar eventuales afectaciones de derechos humanos en el marco de sus actividades y asegurarse, una vez identificadas, que no ocurran. Por su parte, en lo que concierne al Estado, los principios rectores y el Plan Nacional de Acción de Colombia reafirman la obligación de proteger y garantizar los derechos humanos de sus ciudadanos y en ese sentido corresponde a las Instituciones velar porque la actividad empresarial sea respetuosa de estos derechos.

A pesar de que el plan de acción colombiano, que es una política pública, fue construido con la participación de muchas empresas, requiere una mayor difusión que permita que muchos más empresarios lo conozcan y comprendan no solo sus obligaciones frente a los derechos humanos sino también las bondades comerciales que de su aplicación se pueden derivar en los mercados internacionales principalmente. En efecto, en varios países del mundo se ha empezado a incluir como un criterio de apertura de mercados el nivel de compromiso de las empresas con los derechos humanos. De hecho, existen restricciones comerciales, especialmente en Europa, para aquellas empresas cuyas actividades se han visto comprometidas con la violación de derechos humanos. Sin duda, el compromiso de las Empresas con los derechos humanos tiene un efecto reputacional que las favorece en muchos mercados y que para el caso Colombiano, un país de desarrollo medio que se encuentra en el proceso de construcción de una paz estable y duradera, es también una manera de enviar a la sociedad un mensaje claro de su apuesta por el bienestar general.

Colombia fue el primer país no Europeo en adoptar un plan de acción en empresa y derechos humanos, el reto ahora es desarrollarlo y lograr la vinculación al mismo de muchos más empresarios. El gobierno y el sector empresarial tienen la palabra…

*Director del Instituto de Economía, Empresa y Derechos Humanos
Facultad de Economía – Universidad Externado de Colombia

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