OPINIÓN

Las irregularidades del Fondo Nacional del Ahorro

Una investigación llevada a cabo por la Fundación Paz & Reconciliación (PARES), liderada por Sebastián Mora y quien escribe esta columna, y corroborada por varios funcionarios del Fondo Nacional del Ahorro (FNA) permite afirmar que la nueva dirección del Fondo presenta tres grandes irregularidades, que podrían terminar con la privatización de este. Literalmente lo están llevando a la quiebra para luego venderlo.

Ariel Ávila, Ariel Ávila
7 de noviembre de 2019

La actual presidenta del FNA, María Cristina Londoño Juan, direccionaría presuntamente este plan. Londoño Juan llegó al cargo en diciembre de 2018, nombrada por el Ministro de Vivienda y es esposa de Santiago Perdomo, quien fue presidente de Colpatria de 1994 hasta finales del 2017. Como hecho particular, fue una de las pocas funcionarias que contó con la compañía del expresidente Uribe en su posesión, como lo evidencia la siguiente foto, seguramente porque presidió FINDETER durante el primer período presidencial de este.

El FNA es, desde 1998, una empresa industrial y comercial del Estado, adscrita al Ministerio de Vivienda. Se encarga de administrar las cesantías de funcionarios públicos y de cualquier particular que desee afiliarse a este.

Permite a los ciudadanos incapaces de conseguir grandes sumas de dinero para la cuota inicial de una vivienda, la oportunidad de acceder a créditos flexibles con tasas de interés más bajas que el mercado bancario privado. Es decir, una oportunidad para todas las personas de estratos 1, 2 y 3 de conseguir casa propia.  

Los tres elementos señalados como irregularidades son: 1) La disminución de incentivos para la entrada de los ciudadanos al FNA, en comparación con la banca privada. 2) El contrato de reestructuración del FNA con la empresa PLEXUS. 3) La actitud deliberada por ignorar el papel principal de la tercerización laboral dentro del FNA, a través de empresas de servicios temporales que no cumplen con los requisitos legales para hacerlo.

  1. La oferta del FNA para 2018 consistía en tres productos principalmente: Crédito Leasing, el cual prestaba para una vivienda el 90, 95 o 100 % del valor del inmueble; crédito hipotecario que financiaba entre el 80 y el 90 %; y por último crédito estudiantil, que cubría el 100 % de una matrícula universitaria. Estos servicios se encontraban regulados mediante el acuerdo 2222 de 2018, como lo evidencian las siguientes fotografías del acuerdo mencionado y de una carta de aprobación de préstamo por parte del FNA a un usuario regido por este acuerdo. 

No obstante, la disminución de incentivos para que cualquier persona entre al FNA se materializó mediante el acuerdo 2242 de 2019, el cual bajó los porcentajes de préstamos de Leasing a un máximo de 80 %, el hipotecario al 70 % y eliminó por completo el crédito educativo, esto puede ser revisado en el siguiente link, adjunto en las páginas 23 y 24 de ese link.

 

Recuperado de: https://www.fna.gov.co/sobre-el-fna/normatividad/Vivienda%20Acuerdos/Acuerdo%202242%20%20de%20%202019%20Reglamento%20de%20Credito%20y%20Leasing%20Habitacional.pdf

 Lo anterior obliga a que las persona tengan que conseguir entre un 20 y un 30 % del valor de su vivienda para poder acceder al apoyo del FNA, que para el caso de una vivienda VIS de 80 millones de pesos, significa alrededor de 16 millones de pesos o 36 millones de pesos para vivienda NO VIS. 

Adicionalmente, mediante las resoluciones 056 del 29 de marzo de 2019, 071 de 22 de abril de 2019 y 074 del 7 de mayo de 2019, bajo la administración de Londoño Juan, se presentó un alza de tasas de interés a los créditos, ubicándolas a niveles de la banca privada. Incluso las tasas de ciertos bancos, como Bancolombia para el 2019 son más bajas que las nuevas tasas del FNA. Surge entonces la pregunta ¿Esta estrategia de reducción de beneficios en créditos de acceso a vivienda propia, así como el alza de tasas de interés cercanas a los de bancos privados, no generará una desbandada de afiliados? Quieren que los afiliados se vayan al banco privado y así lograr la quiebra del FNA y luego lo venderán. 

  1. El segundo punto de la estrategia para privatizar el FNA se desprende del proceso de reestructuración que está llevando a cabo la empresa PLEXUS CONSULTANTS LLC mediante el contrato 70 de 2019 (CONTRATO 70 de 2019) por un valor de $1.666.000.000 millones de pesos con el objeto de “asesoría y acompañamiento en el rediseño, revisión y depuración de procesos operativos; y dimensionamiento de la estructura organizacional y operativa del FNA, con la respectiva implementación y materialización”. 

Lo primero que llama la atención es que según información de funcionarios del FNA desde el 2014 ya se venía implementando un proceso de reestructuración para el fondo. Específicamente, mediante el contrato 283 de 2014 (CONTRATO 283 de 2014) con la empresa De la Calle Londoño & Posada Abogados Ltda-DL&P por 447.760.000 millones de pesos y luego con la empresa Garrigues mediante el contrato 126 DE 2017 (CONTRATO 126 de 2017) por 83 millones de pesos y dos adiciones al mismo. La política de reestructuración resultante de estos dos contratos quedó a solo una firma en presidencia para su implementación.

No obstante, el actual gobierno y la actual dirección del fondo no tuvieron en cuenta estos insumos y desarrollaron el contrato con Plexus, que tiene particularmente, un objeto contractual similar a los desarrollados por De la Calle Londoño & Posada Abogados y por Garrigues, en específico en los temas de contratación y la planta de personal. Pagaron por lo mismo, lo cual es abiertamente ilegal. 

Para ganar este contrato Plexus presentó dos certificaciones de experiencia en procesos de reestructuración de entidades financieras. La primera un contrato con el Banco Colpatria y la más reciente con el Banco AV Villas, perteneciente al GRUPO AVAL, como se evidencia en este derecho de petición que envió a este banco.

Sobre el contrato con Plexus hay que resaltar dos cosas: La primera, que las pólizas del contrato empezaron a aplicarse desde 13 de agosto de 2019, lo que significa que el contrato no podía iniciarse antes por no cumplir con la totalidad de requisitos legales. Aun sabiendo esto, desde la oficina de comunicaciones de presidencia del FNA y con el visto bueno de la presidenta, se envió un correo institucional a todos los funcionarios anunciando la implementación del contrato desde el 17 de julio de 2019. 

El segundo hecho importante sobre este contrato son las hipótesis que corren dentro del FNA sobre la razón de este nuevo proceso de reestructuración. Según distintos funcionarios, se está desechando el enfoque de fortalecimiento público del FNA, para terminar, asimilándolo a la estructura organizacional de las entidades financieras del Grupo AVAL, a las cuales Plexus asesoró y que en dado caso facilitaría la venta del fondo a un privado, por sus pobres resultados ante los desincentivos nombrados en el primer punto.

Dicho lo anterior, es claro que se desechó todo el trabajo realizado por los contratos 283 de 2014 y 126 de 2017. Sumado a esto el valor del contrato con Plexus es más del doble de costoso. Además, con la restructuración pretenden hacer renunciar a los funcionarios del FNA, a la convención colectiva con el sindicato de trabajadores (SINDEFONAHORRO).

  1. El tercer y último punto de las irregularidades encontradas tiene que ver con la planta de personal del FNA, aproximadamente 1.400 funcionarios del fondo son contratados a través de empresas de servicios temporales, es decir tercerizados. Esta modalidad de contratación ha sido utilizada por el FNA desde hace doce años aproximadamente y de manera ininterrumpida. 

Desde el 2015 la empresa de servicios temporales S&A Servicios y Asesorías S.A.S ha ganado las licitaciones para prestar este servicio al fondo. Los contratos para estos servicios solo pueden ser adjudicados por SEIS meses, prorrogables por otros SEIS meses. De esta manera, para el 2019 con la llegada de la presidencia de Londoño Juan se tenía que iniciar un nuevo proceso licitatorio, el cual tuvo el apoyo de la Universidad Nacional en su formulación. 

Dentro de las reglas de participación del proceso de licitación se agregó una condición por sugerencia de la Universidad Nacional, consistente en la inexistencia de sanciones en firme por parte del Ministerio de Trabajo, dentro de los cuatro años anteriores a la fecha de cierre del proceso, como se evidencia en el anexo de las reglas de participación definitivas del proceso de licitación en el numeral 3.1.3.3 (REGLAS DE PARTICIPACIÓN)

Mediante el informe de habilitación el 22 de febrero de 2019 (INFORME DE HABILITACIÓN) el FNA publicó que S&A Servicios y Asesorías S.A.S era la única empresa habilitada, de tres empresas que se presentaron para desarrollar el contrato de servicios temporales, como se evidencia en la página 5 del documento donde se evalúan requisitos de carácter jurídico, financiero y técnico.

Contrario a esta información, Pares, tuvo acceso a un documento que comprobaría que existen dos sanciones por parte del Ministerio del Trabajo contra la empresa S&A Servicios y Asesorías S.A.S. La primera en 2016 y la segunda en 2017. Lo que significa que no cumplía con el numeral 3.1.3.3 de las reglas para participar del proceso licitatorio. 

El documento de certificación de sanciones del Ministerio del Trabajo se expidió con fecha del 4 de marzo de 2019 con firma de la funcionaria Diana Esperanza Diaz Barragán, funcionaría que, al parecer, ingresó al Mintrabajo iniciando 2019. Según su hoja de vida en el SIGEP trabajó hasta diciembre de 2018 como analista de riesgo en la Unidad Nacional de Protección.

Coincidencialmente, dos días después, el 11 de marzo de 2019 el mismo Mintrabajo vuelve a presentar un documento de certificación de sanciones en el cual SE ELIMINARON las sanciones expuestas en el primer documento. El nuevo documento es firmado por la misma funcionaria, Diana Esperanza Diaz Barragán. ¿Qué proceso surtieron en dos días para que las sanciones de la empresa en el Ministerio del Trabajo, desaparecieran y así habilitar a S&A en el proceso?

Ahora, hasta el momento el FNA no tenía por qué conocer de esta irregularidad en el certificado del Ministerio del Trabajo, ya que este proceso es totalmente ajeno a la entidad. 

Desafortunadamente, el FNA debía de tener conocimiento de la sanción porque en esta se sancionó a S&A Servicios y Asesorías S.A.S y también al FNA por “contratar los suministros de personal, con distintas empresas temporales en una continuidad de tiempo, requiriendo los servicios por más del tiempo permitido para los trabajadores en misión…”(Resolución 4262 de 2017, Ministerio del Trabajo). Esta sanción se acogió tanto al FNA como a la empresa contratista de servicios temporales, como se evidencia en las siguientes fotos de la resolución. 

EL FNA fue sancionado por un valor de 607.141.091 millones de pesos, mientras que S&A Servicios y Asesorías S.A.S fue multada con 359.268.179 millones de pesos.

Cabe resaltar que el valor del contrato 12 de 2019, fue de 46.000.000.000 millones de pesos (CONTRATO 12 de 2019), otorgados a una empresa que no cumplía con los requisitos habilitantes para participar de la licitación.

Es importante evidenciar que este contrato cumplió seis meses de duración el 21 de septiembre, prorrogado hasta el 11 de noviembre de 2019, en vez de prorrogarse por seis meses hasta marzo de 2020, cuando se entregará a su vez el plan de reestructuración del FNA trabajado por PLEXUS. 

Esta decisión terminará generando un detrimento dentro del FNA, ya que los aproximadamente 1.400 trabajadores contratados a través de la empresa de servicios temporales tienen sus cesantías en el FNA, al terminar la prórroga del contrato en noviembre el FNA debe liquidar las cesantías de estos usuarios, aún cuando vuelvan a ser contratados por la temporal que ganó la nueva licitación. 

Lo anterior significa que el FNA dejará de percibir 2.400 millones de pesos en rendimiento, ya que no contará con las cesantías generadas de nueve meses correspondientes al período entre marzo y diciembre de este año, sino solo las de un mes aproximadamente desde noviembre a diciembre de este año.

Y como si esto no fuera suficiente, para la nueva licitación de contratación de empleados del FNA mediante empresas de servicios temporales, fue eliminada la regla de inhabilidad de empresas sancionadas por el Ministerio del Trabajo, regla que debió inhabilitar a S&A Servicios y Asesorías S.A.S en primer lugar. (AGREGAR REGLAS DE PARTICIPACIÓN NUEVA LICITACIÓN)

Finalmente, todas estas irregularidades han generado una desbandada de despidos y renuncias de funcionarios del FNA, que estaban al tanto de las mismas y no compartían su puesta en marcha. Como lo fueron la renuncia de la secretaria general María Paula Jaramillo, poco antes de publicar la licitación de la empresa de servicios temporales. Las renuncias de las últimas dos directoras del área de gestión humana Johana Ramírez a inicio de año y Fabiola Rodríguez en septiembre, también la renuncia de Johana Gallo asesora antifraude y corrupción del FNA, o la salida de Oscar Antorverza Técnico del área de calidad y planeación, quien estuvo por unos días encargado de la división de gestión humana en el mes de septiembre, además de los despidos y renuncias presentadas en el último mes.

Como conclusión estas tres irregularidades demuestran una clara disminución de incentivos a los colombianos para entrar el FNA igualando su oferta a la banca privada, lo que a su vez puede generar una salida masiva de ciudadanos hacia otras ofertas. 

Segundo, demuestra que la presidenta del FNA ha claramente ayudado con sus decisiones a generar esta disminución de incentivos, traducido en un desfinanciamiento del fondo. Asimismo, ha permitido un gasto innecesario de dinero en contratos nuevos de reestructuración, sin tener en cuenta los aplicados anteriormente. Contrato que lleva la empresa PLEXUS y que parece quiere igualar la estructura del FNA a la de la banca privada. 

Por último, ha pasado claramente por encima de restricciones legales para las contrataciones de personal en el fondo. Por ejemplo, haber mantenido como vicepresidente de riesgos a Jorge Eduardo Peña Rodríguez, quien ha perdido dos veces el examen de AMV (Autoregulador del Mercado de Valores) poniendo en riesgo la permanencia del FNA en el mercado de valores y divisas colombianos. 

Dentro de esta clara irresponsabilidad administrativa se encuentra también la irregularidad del Ministerio del Trabajo que habilita empresas en un término de dos días.  La presidenta del FNA tiene muchas preguntas que resolver.



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